viernes, 26 de diciembre de 2008

Radio y televisión, ¿por cuánto tiempo?

La iniciativa de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRyTV) presentada por los senadores Mejía, Beltrones y otros, tocó puntos fundamentales de las concesiones para radio y televisión abierta como es el plazo de las concesiones. La iniciativa se ostenta como la solución a la situación crítica que viven cientos de concesionarios de estaciones de radio cuyas concesiones han vencido y están pendientes de prórroga. La iniciativa dice que cumple con lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de radiodifusión. Veamos si lo logra.

La ley establecía que las concesiones para radio o televisión se otorgarían hasta por 30 años, antes de las reformas de 2006. Éstas a su vez señalaron que el término de una concesión sería de 20 años, es decir, un plazo fijo. Esto llevó a la Corte a declarar su inconstitucionalidad, porque al ser un plazo fijo eliminaba la posibilidad de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes diera una concesión por menor tiempo, si así lo demandara el interés público. En las sesiones de los ministros sobre el tema también se discutió si el plazo de 20 años estaba o no justificado. Esta parte del debate quedó plasmada dentro de la sentencia, en los votos que formuló el Ministro Góngora Pimentel.

“…la concesión del espectro radioeléctrico para el servicio de radiodifusión por un plazo de 20 años constituye una restricción excesiva al derecho de acceso a los medios de comunicación, en razón de que el referido plazo no es indispensable para satisfacer el fin perseguido por la norma… el sistema de otorgamiento de concesiones, en la medida en que tiene por objeto conferir el derecho exclusivo a la explotación de una determinada banda de frecuencias a un grupo de personas, implica una restricción al derecho fundamental de acceso a los medios de comunicación que, para ser constitucional, requiere satisfacer un juicio de proporcionalidad estricto” (Min. Góngora).

La iniciativa pretende justificar el plazo de hasta por 20 años, porque así está en la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT). ¿Satisface el juicio de proporcionalidad? No. Actualmente la finalidad de las concesiones de frecuencias de la LFT no está vinculada directamente con el acceso a los medios de comunicación, como en el caso de las frecuencias para radio y televisión. Éstas sí tienen una relación directa e indisoluble con el derecho de acceso a los medios de comunicación. La iniciativa mezcla la convergencia tecnológica con la diversa finalidad que persiguen la radiodifusión y los demás servicios de telecomunicaciones. Antes se justificaban concesiones de plazos largos porque la inversión y el cambio tecnológico llevaban muchos años en ocurrir, hoy no es así.

El Min. Góngora fundamentó sus votos en la naturaleza del derecho fundamental de acceso a los medios de comunicación y en la opinión consultiva 5/85 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por lo que cualquier restricción o, en este caso, el plazo de una concesión, “debe ser proporcionada al interés que la justifica y ajustarse estrechamente al logro de ese legítimo objetivo”. La experiencia internacional tampoco sirvió para respaldar el plazo de hasta 20 años, porque en Estados Unidos de América el plazo de una licencia de radiodifusión es hasta por 8 años, en Canadá de hasta 7, en España de hasta 10, en Japón de 5 años, mientras que en Paraguay, Colombia y Francia pueden ser de hasta 10 años.

La iniciativa ni siquiera toma en cuenta esta experiencia internacional y se limita a decir que el plazo de hasta 20 años es constitucional, ¿pero es conveniente ese plazo máximo para México? ¿Por qué en vez de 20 años, el legislador no consideró un plazo de 30 años o uno de 10? En síntesis, la iniciativa incurre en el mismo error que la mayoría de las iniciativas: la falta de una debida justificación del por qué de sus propuestas legislativas. Este tipo de iniciativas de reformas parciales a la LFRyTV confirman una vez más la necesidad reformas integrales que difícilmente veremos en un plazo próximo.

¿Qué parte no entendieron? [Refrendos de Radio y Televisión - Iniciativa Beltrones y Mejía]

“… el refrendo de las concesiones [de radio o televisión abierta], salvo en el caso de renuncia, no estará sujeto al procedimiento de licitación, lo que resulta inconstitucional pues implica un privilegio para los concesionarios, que no tendrán que licitar para renovar el beneficio del título de concesión, relevándoseles de competir en igualdad de circunstancias con los demás interesados, sin que exista razón objetiva y razonable que lo justifique, lo que se traduce en contravención a la garantía de igualdad prevista en el artículo 1o. de la Carta Magna y, asimismo, a los principios fundamentales consagrados en los numerales 25, 26, 27, 28 y 134 de la misma” (Suprema Corte de Justicia de la Nación).

Los autores de la iniciativa de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión que presentaron los senadores Mejía, Beltrones y otros, seguramente olvidaron leer en la sentencia de la Corte el párrafo anterior. Como también omitieron referir a que la Corte señaló que: “… si el artículo 16 impugnado, no somete a los concesionarios al procedimiento de licitación para obtener el refrendo de los títulos respectivos, ni precisa criterios y reglas que normen el actuar de la autoridad al respecto, no se genera certidumbre a los concesionarios ni se acotan las atribuciones de la autoridad, violándose así las garantías de legalidad y seguridad jurídica”.

 ¿Ausencia de procedimiento? La iniciativa dice que la Corte no se pronunció sobre cuál debiera ser el procedimiento para refrendar concesiones. Sin embargo, la Corte sí lo dijo y la Ley lo establece: licitación pública. La inactividad y la parálisis en el refrendo de concesiones no se debe a lo resuelto por la Corte, ni a la ausencia de disposiciones legales, sino a la falta de voluntad política y/o a la ineficiencia. ¿Por qué no se han realizado las licitaciones? En vez de buscar el remedio legislativo como manera de darle la vuelta a la sentencia de la Corte, el Ejecutivo Federal podría resolver la actual problemática licitando. Un recurso natural limitado como lo son las frecuencias para transmitir radio y televisión, se vuelve más escaso por la falta de licitaciones.
 Mecanismo no automático, así lo refiere la iniciativa, porque sujetaría al concesionario a: (1) que estén en cumplimiento de sus obligaciones, (2) lo solicite en un plazo determinado, (3) acepte las nuevas condiciones que establezca la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y (4) pague –probablemente- una contraprestación. Si bien no sería un refrendo “automático”, sí genera incertidumbre en los concesionarios y está dando un amplio margen de discrecionalidad a la Cofetel y a la SCT. ¿Qué nuevas condiciones deberá aceptar el concesionario? El límite puede ser la imaginación de los servidores públicos en turno. Esto contraría lo que también dijo la Corte: “el no sometimiento de los concesionarios al procedimiento de licitación a fin de obtener el refrendo de sus títulos, se traduce en el otorgamiento a la autoridad de un amplio margen de discrecionalidad para decidir al respecto, ya que la ley no prevé criterios o reglas que deba aplicar para decidir al respecto, lo que permite la actuación arbitraria de aquélla y deja en estado de indefensión a los interesados en el refrendo de sus concesiones, en contravención a las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en el artículo 16 constitucional”. La referencia a que la Ley Federal de Telecomunicaciones de 1995 está así, no es consuelo, ni justificación. El México de 1995 no es el mismo que el de hoy. En los últimos 13 años México debiera haber avanzado en dar mayor certeza a los particulares. Esto de ninguna manera lo refleja la iniciativa.
 Comparativo con otras leyes. La iniciativa justifica la ausencia de licitación comparando con otras materias como telecomunicaciones, minería, aguas nacionales, pesca, puertos, aeropuertos, ferrocarriles, caminos y puentes. Sin embargo, los medios de comunicación -a diferencia de esos sectores- “son un instrumento para hacer efectivos los derechos fundamentales de los gobernados… por lo que el Estado … debe garantizar la igualdad de oportunidades para su acceso y propiciar un pluralismo que asegure a la sociedad el respeto del derecho a la información y la libre manifestación de la ideas” (Corte).

Quedan otros aspectos que analizar sobre el plazo y la contraprestación que se analizarán en la próxima colaboración. La iniciativa presenta una argumentación inteligente, pero que omite referir a lo que no conviene a su finalidad que es la prórroga de concesiones de radio y televisión con discrecionalidad plena de la SCT. ¿Estaremos regresando al pasado o se estará preparando el camino para ello?

domingo, 7 de diciembre de 2008

Desinformación y ocultamiento [Espectro y frecuencias en México]

[Este artículo fue publicado en la revista Transparencia y Corrupción de noviembre de 2008]



Si usted es propietario de un terreno extenso que está fraccionado para que cada lote se arriende, ¿le interesaría saber a quiénes les está rentando cada terreno? ¿Qué pasaría si no supiera quiénes están ocupando predios de su propiedad? ¿A quién le cobraría la renta? Si después los quisiera vender, ¿les diría a los interesados que los terrenos pueden estar invadidos y que habrá que desalojarlos antes de ocuparse? Ahora que si el interés como propietario es poder aprovechar el terreno al máximo teniendo muchos inquilinos, ¿anunciaría la disponibilidad de terrenos al público o se reservaría la información sólo para los cuates?

Aunque pareciera ajeno a nuestra vida cotidiana, desde que amanecemos estamos utilizando servicios que emplean espectro radioeléctrico. Éste es el medio de transmisión para la televisión y la radio abierta, el celular, el acceso inalámbrico a Internet, las comunicaciones de seguridad pública, la comunicación vía satélite, etcétera. La decisión de quién utiliza las frecuencias del espectro radioeléctrico es vital y, dependiendo del servicio, puede influir en nuestra vida democrática por la presencia o ausencia de pluralismo informativo y de concentraciones de bienes nacionales en ciertos grupos corporativos. El tema del espectro ha sido tradicionalmente relegado en México por las administraciones como si se tratase sólo de algo técnico y no de un asunto de prioridad nacional donde el Estado debe ejercer su rectoría.

El espectro es ese gran terreno y los lotes en los que está fraccionado son las frecuencias. El gobierno federal, como responsable del uso eficiente de ese bien nacional, debe tener toda la información de quién puede ocupar cada lote (frecuencias), en qué lugar (cobertura geográfica) y cuánto debe pagar (contraprestación). Debe también saber qué lotes están disponibles y poner a disposición del público esa información. Después de todo, el espectro es un bien de todos los mexicanos y el gobierno es simplemente el administrador.

El deber ser y la realidad en México suelen ser muy distintos, ¿por qué habría de ser diferente el espectro? El abismo entre lo que debe ser y lo que es, es producto histórico de la negligencia y la opacidad en beneficio de algunos y en perjuicio de la mayoría. Veamos.

 A semejanza de la corte del rey Arturo donde sólo unos cuantos eran privilegiados para acceder a la información y conocer los asuntos de Estado, antaño el gobierno y los aliados al sistema sabían qué frecuencias estaban libres y en dónde, lo que les permitía negociar para recibir concesiones para estaciones de radio o televisión. En un Estado que se jacta de democrático y donde además la ley exige a la autoridad publicar la información relativa a los usuarios de cada segmento por región, ¿por qué nada ha cambiado? ¿Será que nuestra democracia fue sólo una cirugía cosmética del régimen anterior? ¿Por qué la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Telecomunicaciones no revelan dicha información? Los beneficiarios son los grupos de poder establecidos que, ante la ausencia de información pública sobre la disponibilidad de espectro, impiden que puedan surgir competidores y subsistir, así como evitan que se reduzca la concentración.

 El gobierno federal se dedicó a repartir concesiones y permisos para uso de frecuencias (lotes), sin elaborar una base de datos que le dijera quién era su inquilino, en qué lote estaba, por cuánto tiempo era el contrato de arrendamiento y cuánto le debía pagar de renta. Por tanto, es imposible administrar eficientemente el terreno sin la información adecuada y mucho menos hacer una planeación para la evolución tecnológica, para las necesidades de radiocomunicación para servicios de seguridad pública, nacional y de inteligencia, por ejemplo. Asimismo, cada vez que lanza una licitación para nuevos arrendamientos de frecuencias, se evidencia que algunas porciones del lote están ocupadas legalmente por personas con permisos o concesiones, algunos de ellos de vigencia indefinida.

La administración de las frecuencias del espectro demanda atención y acción urgente si es que se pretende dejar atrás el Estado del compadrazgo y fortalecer el de las instituciones. No es una tarea fácil, pero si el camino está en 20,000 kilómetros se tiene que empezar con el primer paso.

Cofeco vs. Telcel [Dominancia]

Telcel ha sido declarado preliminarmente dominante en el mercado del servicio de telefonía móvil a nivel nacional, después de que su competidor Telefónica Movistar solicitara a la Comisión Federal de Competencia analizar la situación del mercado. La conclusión de dominancia de Telcel reflejó una profunda división en el Pleno de la Cofeco con 3 votos a favor y 2 en contra. El dictamen de Cofeco presenta, con esmerado cuidado, cuál es la situación del servicio de telefonía móvil en México, cómo y por quiénes están formados los grupos de interés económico de Telcel, Telefónica, Iusacell y Nextel. Es un excelente documento descriptivo y explicativo, pero al llegar a las conclusiones, falla en argumentar debidamente por qué Telcel efectivamente es dominante. Este dictamen descubre también otros temas de interés que veremos a continuación.

Mercado relevante es el servicio de telefonía móvil que incluye voz y datos (p. ej., SMS, acceso a Internet) para comunicar por medio de frecuencias a usuarios que no tienen una ubicación específica. Además, del servicio celular y de acceso inalámbrico, Cofeco incluyó el trunking digital que presta Nextel. De esta manera, los agentes del mercado son Telcel, Grupo Telefónica, Grupo Iusacell, Maxcom y Servicios de Acceso Inalámbricos. Telcel es el líder del mercado “tanto en términos de suscriptores como de ingresos. La elevada concentración que se observa en el mercado puede presentar riesgos a la competencia” (Cofeco).

La Cofeco concluyó que:

 Telcel “tiene los incentivos y la capacidad de fijar precios, sin que sus competidores puedan contrarrestar dicho poder. Ello se refleja en tarifas OFF-NET superiores a sus tarifas ON-NET y en la evolución de sus utilidades”. Pero Cofeco olvida que en el numeral 146 había referido que Movistar hace exactamente lo mismo, es decir, cobra a sus usuarios una tarifa reducida cuando llaman a otros usuarios Movistar y una tarifa elevada cuando se comunican con usuarios de sus competidores. Entonces, ¿por qué Telcel y Movistar son diferentes si realizan la misma práctica? No lo refiere Cofeco.

 Telcel tiene utilidades altas respecto a sus competidores, debido a “un fuerte crecimiento de suscriptores y tarifas a la baja … su margen de operación se incrementó … lo que sugiere la presencia de importantes economías de escala y alcance …”. Si lo anterior es indicio de la dominancia de Telcel, ¿buscar tener una empresa eficiente es prueba de ser dominante?

 “Telcel ha capturado la mayor parte de las adiciones netas de suscriptores de los últimos cinco años, a pesar de que sus tarifas no siempre han sido las más bajas, lo que indica que otros atributos del servicio, como su cobertura y la red de distribución, pueden ser también importantes para los consumidores… Telcel es el líder en cobertura del servicio…”. Mientras la Profeco estaría feliz por la cobertura y el servicio a cliente de Telcel, para Cofeco esto evidencia el poder sustancial de Telcel en el mercado.

Si este dictamen fuera definitivo, ¿pasaría la prueba de los tribunales? Me temo que no, por falta de justificación debida. Los elementos para declarar a Telcel dominante pueden estar en el dictamen, no obstante, una deficiente argumentación debilita su posición en juicio.

Temas vinculados. (1) Para las próximas licitaciones de frecuencias, esta resolución de Cofeco puede ser un preludio de las limitaciones a Telcel para la adquisición de frecuencias. (2) Cofeco pone a la luz lo que podría ser negligencia de la Comisión Federal de Telecomunicaciones y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cuando señala que “SAI [Servicios de Acceso Inalámbricos] aún no comienza operaciones y Maxcom tiene un historial casi nulo, puesto que comenzó a ofrecer sus servicios en abril de 2008”. La ley señala que los concesionarios deben iniciar operaciones dentro de los 180 días a partir del otorgamiento de su concesión, de lo contrario procede revocar ésta. SAI recibió su concesión en 1998 y Maxcom en 1996, ¿por qué esas concesiones no han sido revocadas?

Revolución en Internet [Comparativo Internet vs. Medios Tradicionales]

“Somos elementos de un gran movimiento social que tiene que concluir por el engrandecimiento de nuestra patria. Somos instrumentos del destino para la reivindicación de los sagrados derechos del pueblo. No peleamos por derrocar a un asesino miserable, sino contra la tiranía misma” (Los de abajo de Mariano Azuela).

La libertad de expresión difícilmente ha encontrado un medio potenciador tan significativo como el Internet. Éste provee un espacio para la libertad de expresión, ampliando los medios para la participación en la vida democrática. Los medios masivos de comunicación (p. ej., radio y televisión abierta) y los medios impresos contrastan fuertemente en varios aspectos con el Internet. Veamos.

1. Control. Los medios masivos de comunicación como la radio y la televisión, tienen un control centralizado ejercido conjunta o separadamente por sus propietarios y los gobiernos. La radio y la televisión abierta, por ejemplo, precisan que los gobiernos concedan a las empresas radiodifusoras el derecho de usar frecuencias del espectro radioeléctrico para difundir su programación, independientemente de que los contenidos transmitidos también están sujetos a regulación especial. Por el contrario, para tener una página de Internet, desplegar contenido en ésta o hacer uso del Internet, no se requiere de autorización gubernamental, salvo en ciertos regímenes generalmente autoritarios.
2. Propiedad de los medios. Ésta reside en grupos empresariales o de organizaciones con incidencia política, mientras que nadie es dueño de Internet.
3. Producción de contenidos. Los contenidos los producen directamente o indirectamente los dueños de los medios. Éstos –junto con sus editores y directivos-, deciden además qué contenido saldrá a la luz pública y cuál no es relevante o no encontró espacio para publicarse. En Internet cualquier persona puede producir su contenido en la forma de texto, video y/o audio. Los grupos minoritarios en el mejor de los casos ocupan una posición verdaderamente marginal en los medios masivos de comunicación, mientras que el Internet les abre las puertas a todos por igual.
4. Audiencias. La radio y la televisión se considera que son en general pasivas, aun cuando existen investigaciones que reflejan una participación más activa cuando las audiencias reinterpretan el significado de los mensajes. Las posibilidades de los ciudadanos de a pie de ejercer su libertad de expresión a través de la radio, la televisión o medios impresos es limitada. El Internet por el contrario abre sus puertas para que cualquiera presente información o su opinión. En regímenes donde el gobierno clausura a medios impresos como fue el caso de Indonesia con Suharto, el Internet se transforma en la plaza pública en la que los comunicadores proveen información y, a su vez, los cibernautas pueden imprimirla y distribuirla entre la población muy a pesar de las dictaduras.

Todos los beneficios del Internet pueden coartarse en un país que no provee igualdad de oportunidad. ¿Podrían soñar todos los mexicanos con beneficiarse de las tecnologías de la información y comunicaciones si 1 de cada 6 mexicanos vive en extrema pobreza? ¿Cómo aprovecharán los ciudadanos del Internet como instrumento de trabajo si carecen de empleo? ¿De qué servirá el Internet, en qué apoyará a la libertad de expresión y al régimen democrático si la educación es un artículo de lujo? El Internet no es un antídoto contra los regímenes que negligentemente ignoran que todos tenemos derecho a acceder a Internet o que buscan coartar sus beneficios. El Internet es un medio que ayuda, pero no suple a la sociedad para construir democracia, igualdad y justicia social.

¿Colisión y sacrificio? [Larga distancia y áreas de servicio local]

En el último encuentro entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Telecomunicaciones el interés público no sobrevivió. Se frenó nuevamente la consolidación de Áreas de Servicio Local a pesar de que esa medida “representa un beneficio económico importante para decenas de comunidades que hoy tienen desembolsos adicionales por cargos de larga distancia al comunicarse con vecinos próximos” (Cofetel).

¿Qué es la consolidación de Áreas de Servicio Local (ASL)? Las ciudades y localidades tienen una clave de larga distancia (p. ej., 951 para Oaxaca, 999 para Mérida). Con el crecimiento poblacional, algunas localidades que antes estaban alejadas, ahora están juntas física o económicamente. A esto hay que añadirle que la larga distancia tiende a desaparecer, porque el costo de una llamada utilizando redes IP ya no es sensible a la distancia como en las redes tradicionales. Eso permite que las empresas telefónicas estén ofertando paquetes que incluyen un número de llamadas que pueden indistintamente ser locales o de larga distancia. Pero mientras la larga distancia no desaparezca, la Cofetel tiene que revisar las ASL para determinar cuáles deben juntarse a fin de que 2 o más poblaciones sean una sola. Esto haría que sus habitantes se comuniquen entre sí como llamada local, en vez de pagar por larga distancia.

¿Cómo se consolidan? Cofetel en 2006 estableció lineamientos para la consolidación de ASL. A partir de éstos, Cofetel ha impuesto calendarios para que se junten ASL lo cual ha suscitado varios litigios. A fines de septiembre, Cofetel anunció el nuevo calendario para “disminuir los destinos de larga distancia nacional en beneficio de millones de mexicanos de diversas regiones del país”. A partir del 1 de noviembre muchos mexicanos se habrían beneficiado de esto, pero no ocurrió.

¿Por qué no sucedió? La SCT concedió a Telmex la suspensión de lo resuelto por Cofetel, pero dejando indicios de negligencia. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que cuando se presenta un recurso de revisión y se solicita la suspensión, la autoridad tiene 5 días para resolver ésta. En caso contrario, se entiende que la suspensión fue otorgada. Por ley, no debe concederse la suspensión si se perjudica al interés social, entonces, ¿por qué la SCT otorgó la suspensión? Todo parece indicar que se le fue el tiempo. Si no fue así y pretendía darle la suspensión a Telmex, ¿por qué no se la otorgó en el plazo de los 5 días para evitar suspicacias?

¿Qué pasa realmente? No hay información pública suficiente y los comunicados de las autoridades son contradictorios. La SCT en su comunicado 232 refiere que Cofetel cuando le envió el expediente nunca se pronunció sobre la suspensión en un recurso de desacuerdo de interconexión entre Telmex, Alestra y otras. La Cofetel en otro comunicado le avienta la bolita a la SCT diciendo que remitió en tiempo y forma a la SCT la resolución en contra del nuevo calendario de implementación de ASL. Además, agrega que alertó a la SCT que debería “desechar dicho recurso por su notoria improcedencia”. Pero, ¿están SCT y Cofetel hablando de las mismas resoluciones? Porque SCT menciona un desacuerdo de interconexión, mientras que Cofetel lo hace de un calendario. ¿Dónde quedó bolita?

¿Quién se amparará? Sacrificar el interés público de consolidar las ASL por una negligencia administrativa es muy grave y debe dar lugar a responsabilidad de servidores públicos. Pero tampoco debe obviarse que esto es también producto de un deficiente diseño institucional donde la “autonomía” de la Cofetel se pone a prueba con cada recurso de revisión que resuelve la Subsecretaría de Comunicaciones (en ausencia del Secretario como el superior jerárquico). Sólo queda que las comunidades afectadas por la suspensión o sus autoridades promuevan amparo para evitar que se siga perjuicio al interés social. ¿Quién resarcirá a esas comunidades de los perjuicios económicos que están padeciendo por la falta de eliminación de ASL?

¿TV para Telmex?

El enemigo a vencer parece ser Telmex. Existe un clamor generalizado de la industria de telecomunicaciones que exige se le impida prestar televisión de paga. Cada actor tiene sus razones propias: unos por preocupaciones fundadas de que la entrada a Telmex a prestar el triple play (voz, datos y video) puede representar el principio del fin, por la ausencia de instituciones que garanticen la competencia; otros porque su situación de monopolio regional de televisión pudiera terminar. Pero, ¿debe permitírsele a Telmex prestar televisión de paga? En caso afirmativo, ¿puede dar ese servicio? ¿Cómo y cuándo? Para comprender la situación actual y especular sobre la situación futura, es preciso saber sus orígenes y evolución.

Telmex en su concesión desde 1990 tiene la condición 1.9 que señala: “La distribución de señales de televisión consiste en un servicio de telecomunicación que se realiza en un sentido a varios puntos de recepción simultáneamente. Telmex, previa autorización de la Secretaría, podrá distribuir señales de televisión a través de su red a empresas autorizadas para prestar servicios de televisión al público, en los términos de las leyes aplicables. Telmex no podrá explotar, directa o indirectamente ninguna concesión de servicios de televisión al público en el país.” En 1990, no existía la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) y cada concesionario era único para prestar su servicio en su zona. Las concesiones se otorgaban para evitar que se entrometieran en los servicios y áreas de otras empresas. La concesión de Telmex no fue la excepción. Telmex puede distribuir televisión, pero no ofrecerla directamente al usuario final.

El tiempo pasó y la tecnología evolucionó, haciendo posible que una red construida originalmente para proveer un servicio (p. ej., televisión por cable) pudiera prestar otros servicios (p. ej., acceso a Internet, telefonía). Esto es a lo que se le llama la convergencia. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes en vez de modificar su práctica administrativa de otorgar concesiones por servicios, consideró mejor expedir un Acuerdo de Convergencia en octubre de 2006. En éste, sin mencionar expresamente a Telmex, le impuso obligaciones adicionales para que cumpla antes de permitirle prestar televisión al usuario final y, por tanto, modificarle su condición 1.9. ¿Son legales estas nuevas obligaciones? O ¿será un tipo de ley privativa contraria a la Constitución?

Nadie sabe a ciencia cierta si Telmex ya cumplió o no con esas obligaciones. Aún si lo hubiera hecho, conforme al Acuerdo de Convergencia, todavía la Cofetel, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la SCT deben determinar si debe pagar una contraprestación que –por cierto-, sería inconstitucional al no estar establecida en ley.

¿Pueden las autoridad pretender que Telmex se quede con los brazos cruzados en tanto deciden si le autorizan o no modificar su concesión? Telmex ha solicitado una “licencia para poder operar televisión satelital” (El Semanario, 31.10.2008). También, Telmex desde hace algunos meses ha estado aparentemente negociando con MVS Multivisión y Echostar Dish. La Cofetel pretende frenar esta alianza. Los competidores de Telmex buscarán al máximo dilatar su entrada al video. Pero, ¿la posición de los competidores de Telmex es la adecuada para las autoridades?

El retraso de la autorización para que Telmex preste o no video, ¿está beneficiando a la sociedad? Eso parece no importar. En México, país de monopolios y privilegios, lo relevante no es el combate a éstos sin discriminación, sino que la Comisión Federal de Competencia sólo persiga los monopolios de los otros. Si México optó por la competencia, que busque hacerla realidad fortaleciendo a sus instituciones y sancionando a aquellos que incumplan con el marco legal. Telmex legítimamente puede buscar prestar televisión y la SCT debiera autorizarlo. La discusión no debe ser si Telmex puede o no prestar televisión, sino de qué manera y sujeto a qué condiciones asimétricas lo realizará.

¿Es tiempo de licitaciones?

“Los que se destinan al gobierno del Estado, tengan muy presentes estas dos máximas de Platón: la primera, que han de mirar de tal manera por el bien de los ciudadanos, que refieran a este fin todas sus acciones, olvidándose de sus propias conveniencias; la segunda, que su cuidado y vigilancia se extienda a todo el cuerpo de la República; no sea que por mostrarse celosos con una parte desamparen las demás” (Marco Tulio Cicerón).

Sin duda son tiempos difíciles los que estamos viviendo y nunca está por demás recordar a los clásicos. Por fin se reconoce que la situación económica del país es complicada. ¡Ni qué decir de los mexicanos en extrema pobreza que eran 1 de cada 6 mexicanos! Quizá hoy esa cifra se haya incrementado. Ante los nubarrones, ¿qué hacer? ¿Frenamos todo e hibernamos mientras pase lo que tenga que pasar? O, ¿el gobierno actuará en bien de los ciudadanos y sin miras a la elección del 2009?

Las telecomunicaciones son uno de los motores de la economía y una de las mayores fuentes de ingresos fiscales para el erario. Cuando se empezó a asomar la primera punta del iceberg de la crisis financiera, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó el programa de licitación de frecuencias lo cual tuvo buena recepción en el sector. Sin embargo, esa punta ha crecido de manera descomunal y ahora la pregunta es, ¿se suspenderán las licitaciones de frecuencias para concesiones de telecomunicaciones? De la Comisión Federal de Telecomunicaciones se han escuchado voces divergentes, unas refieren que se aplazarán las licitaciones, otras que en este año serán. Si es este año, la duda es ¿serán en Navidad o en el festejo de fin de año?

Independientemente de si son en Navidad del 2008, en el 2009 o en el 2010, existe gran incertidumbre en licitaciones. Veamos algunos aspectos.

1. La subasta pública había sido el mecanismo utilizado para otorgar concesiones para frecuencias de servicios de telecomunicaciones (distintos de radio y televisión abierta) desde la Ley Federal de Telecomunicaciones de 1995. La Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2007 -refiriéndose a las licitaciones para estaciones de radio y televisión abierta-, declaró inconstitucional el mecanismo de la subasta pública. ¿Esto será aplicable a otros servicios? ¿Cuál será el criterio de Cofetel para determinar al ganador de la licitación? ¿Hará una lotería? ¿Su decisión se basará en compromisos de cobertura?
2. La contraprestación que pagarán los licitantes ganadores, ¿cómo se va a determinar? Recuérdese que los pagos que hacen las empresas por utilizar frecuencias que son bienes de dominio de los mexicanos, han estado sujetos a muchas impugnaciones de las propias empresas beneficiarias que en algunos casos han evadido el pago o utilizado frecuencias casi gratuitamente. Además, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha probado –sin éxito- varios esquemas para lograr una recaudación equitativa. El Congreso de la Unión tampoco da muestras –a decir de Cicerón- de que sus acciones estén destinadas a mirar por el bien de los ciudadanos. Por si fuera poco, prestigiados economistas han señalado que en momentos de crisis, no conviene realizar las licitaciones porque la recaudación de ingresos por éstas será sumamente reducido.
3. Los plazos de diversas concesiones de radio y televisión abierta, de televisión de paga y muchos otros servicios, han fenecido. En estricto sentido puede considerarse que si ya venció el plazo de su concesión y siguen operando, lo hacen fuera de la ley. Pero, ¿es culpa de estos concesionarios? No. La SCT, la Cofetel y la Secretaría de Gobernación no han dado señales de cómo, cuándo y dónde se realizarán esas renovaciones, en caso de que se piensen prorrogar dichas concesiones.

En medio de la crisis y además con mensajes contradictorios de las autoridades, se está agregando leña a la hoguera e incrementando la incertidumbre. “Las cosas de la voluntad nunca son simples, lo que es simple es la indecisión, la incertidumbre, la irresolución” (José Saramago).

lunes, 20 de octubre de 2008

Invitación a la presentación de "DERECHO DE LAS TELECOMUNICACIONES"


El jueves 23 de octubre a las 19 horas se presentará el libro de mi autoría Derecho de las Telecomunicaciones en el Centro Cultural Tenanitla sito en Amargura 4, San Ángel, en México, D.F. Esta obra fue publicada en coedición de Miguel Ángel Porrúa y la Cámara de Diputados. Derecho de las Telecomunicaciones busca difundir conocimiento en la materia presentando los principios técnicos, económicos y jurídicos más relevantes de las telecomunicaciones en la experiencia internacional y nacional, incluyendo las interpretaciones del Poder Judicial Federal. El libro será presentado por el diputado federal José Alfonso Suárez del Real, el comisionado Rafael del Villar de la Comisión Federal de Telecomunicaciones y el comisionado Flores Bernés de la Comisión Federal de Competencia.

Televisión móvil, ¿es el futuro?

La convergencia tecnológica y los nuevos servicios de telecomunicaciones -hasta hace algunos años impensables-, son la llama que está avivando el fuego en una especie de euforia por la televisión móvil. Se estima que ésta tendrá en un par de años alrededor de 700 millones usuarios en el mundo con su derrama económica tanto para los fabricantes de equipos y operadores de telecomunicaciones como para los productores de contenidos. Pero, ¿qué es esto de la TV móvil que parece prometer la bonanza a todos, en una suerte de etapa final de la revolución electrónica?

La TV móvil es el servicio inalámbrico de transmisión de contenido televisivo, que –a diferencia de la TV tradicional-, está caracterizada por la movilidad e interactividad. Además, la TV móvil puede difundirse del operador que transmite contenidos a un suscriptor (unicast o Video on Demand), a varios suscriptores (multicast) o a todos los usuarios (broadcast). Los equipos para recibir TV móvil van desde teléfonos celulares y PDAs hasta laptops y televisores en los automóviles.

Las redes de telecomunicaciones que pueden prestar TV móvil son las celulares (p. ej., red 3G) o las de radiodifusión. Y como todo en la vida, cada una tiene sus ventajas y sus desventajas. Si se utiliza la red de celular 3G se aprovecha la infraestructura existente, pero la TV móvil acapararía gran parte de la capacidad de la red (banda ancha) lo que implicaría menor calidad de servicio (p. ej., de voz) o menor velocidad (p. ej., acceso a Internet). Además, pocos celulares están equipados con el hardware y software que permitirían recibir la señal de TV. Las redes de radiodifusión tendrían la ventaja que se instalaría una red dedicada para la TV móvil, sin embargo, esto precisa fuertes inversiones de capital.

Dejando atrás los inconvenientes técnicos, existen muchas cuestiones legales y regulatorias que surgen para la TV móvil. ¿Es un servicio de radiodifusión como la TV abierta? ¿Es un servicio más parecido a la TV de paga? En México, ¿cómo lo va a definir la Comisión Federal de Telecomunicaciones y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes? Si se equipara a radiodifusión, entonces no existirá inversión extranjera. Si se reputa como TV de paga, ¿tendrá ingerencia la Secretaría de Gobernación en cuanto a publicidad y contenidos? ¿Cuál será la postura de la Comisión Federal de Competencia en cuanto a posibles integraciones verticales de productores de contenido y prestadores del servicio de TV móvil? ¿Se liberará espectro de la banda de 700 MHz (canales 52 a 69) para la TV móvil?

Estas preguntas sin respuesta en México, han sido abordadas en la Unión Europea en la que se considera que cuando un servicio de televisión (p. ej., bajo demanda) tiene la intención de recibirse por el público en general y compite por la misma audiencia, entonces el usuario europeo tiene una expectativa de protección similar a la TV abierta. Por tanto, se requiere tener regulación -menor que para la TV abierta-, que promueva la producción europea y la diversidad cultural, entre otros.

Mi pronóstico es que la TV móvil será una necesidad para unos cuantos y un lujo inaccesible para la mayoría. Lo cierto es que en un intento por encontrar el nuevo servicio tipo killer application, la TV móvil será un tema de discusión obligado.

Maestros, ¿sustituibles?

Nada podrá sustituir a maestros buenos y comprometidos. Con profundo cariño y gratitud recuerdo a los míos. Pero cuando los maestros por problemas con las autoridades les niegan a los niños y adolescentes el derecho a la educación, ¿se podrán sustituir?

Maestros de Morelos dijeron que “están dispuestos a reanudar el diálogo con las autoridades, pero sin aceptar imposiciones pues los acuerdos se deben tomar sin afectar a ninguna de las partes involucradas” (El Universal). ¿Han pensado en que la parte más importante y la razón de ser misma de los maestros son los estudiantes? Esa parte que cada día que pasa está afectada por los maestros renuentes a exigir su derecho a manifestarse al tiempo de cumplir con su deber superior de impartir clases. Los afectados no son ni la Secretaría de Educación Pública, ni el Gobierno Federal, ni el estado de Morelos sólo, sino todos aquellos a los que a diario se les priva del más esencial derecho para formarse como personas autónomas, que construyan un país democrático.

“La educación primaria es esencial. Desarrolla algunas de las capacidades más básicas para el desarrollo humano. Y crea una base de conocimientos de aritmética y de alfabetismo que permite a las personas ser más innovadoras y creativas … Incrementar la cantidad de educación no es suficiente, porque es el bajo nivel de las escuelas secundarias que lleva a los países a tener tasas de terminación bajas en muchos países” (Human Development Report 2001, ONU). ¿Quién ayudará a México en educación de calidad y no sujeta a las vicisitudes políticas? ¡Las tecnologías de la información y comunicaciones son un instrumento perfecto!

Las telecomunicaciones, los equipos de cómputo y el Internet con contenidos adecuados, pueden suplir la ausencia temporal de maestros y también apoyar a éstos en elevar el nivel educativo. Anunció la Secretaria Vázquez Mota que utilizarían la televisión y el Internet en las aulas para evitar que los estudiantes pierdan el ciclo escolar. Quizá una tragedia como el paro escolar de Morelos, se convierta en una oportunidad para que el gobierno federal y los estatales aprovechen las tecnologías en la enseñanza. En otros países cuyas economías son débiles y que han vivido por años en inestabilidad social, sí ocupan las tecnologías de la información y comunicaciones para la educación con excelentes resultados. Incluso está el “ICT-in-Education Toolkit” accesible públicamente en www.ictinedtoolkit.org para ayudar al diseño de políticas públicas en educación.

Sin embargo, al anunciar el Presidente Felipe Calderón el programa para impulsar el crecimiento y el empleo, ninguna palabra sobre telecomunicaciones. Se modernizarán las carreteras, se construirá una refinería, etcétera. Pero, ¿por qué negarnos a aprender de la experiencia comparada en donde las políticas de inversión gubernamental apuntan a la construcción de autopistas de la información? De hacerlo, se beneficiarían no sólo la economía y el empleo, sino también la educación, la salud y la democracia. ¿Habrá algún día una política de banda ancha y acceso universal a Internet para los mexicanos? O quizá México quiera continuar con políticas del siglo pasado. Lo lamentable -al igual que el paro de maestros-, es que el tiempo pasa y veremos a otros países crecer gracias a las telecomunicaciones mientras México espera a cambiar de mentalidad.

Cajón de sastre. Se ha creado la Fundación para la Libertad de Expresión para promover y defender la libertad de expresión, el derecho de réplica y el derecho a la información, así como para asistir jurídicamente cuando hayan sido violentados o estén en riesgo de serlo. La Fundación se presentará el 16 de octubre próximo en el Palacio de Minería y en dicho evento también se realizará el lanzamiento de la revista Transparencia y Corrupción. Transparencia y Corrupción mensualmente revelará hechos de interés general sobre el ejercicio del poder público con datos duros, con el compromiso de consolidar el periodismo de hechos y no de dichos.

¿Por qué el temor de los empresarios?

Las acciones colectivas habían estado durmiendo en México aun cuando son esenciales para el respeto a derechos fundamentales, el acceso a la justicia, la mejora de las relaciones consumidor-proveedor y la protección de intereses difusos como el medio ambiente. El Senado -con el apoyo de miembros del Poder Judicial Federal, de la academia y de la sociedad civil-, desde 2007 ha trabajado intensamente para hacer realidad las acciones colectivas a través de reformas constitucionales y legales. Existen dos iniciativas, una del senador Murillo Karam y otra del senador Juan Guerra. Pero ¿por qué tanta resistencia del sector empresarial y de la administración pública federal? ¿Será que una sociedad civil organizada es de temerse?

Las acciones colectivas facultan a los consumidores a asociarse para hacer valer sus derechos, sin importar si el monto individual es reducido. La ausencia de acciones colectivas equivale a negar el acceso a la justicia. Veamos los puntos críticos de las propuestas de reforma.

1. Pago para acceder a la justicia. El sector empresarial propone –contrario a nuestra Constitución- que para poder iniciar una acción colectiva se dé una garantía “para responder por gastos y costas que se generen en juicio”. Digamos que la justicia se reservará para los que puedan dar una garantía suficiente, los demás que se aguanten sin justicia, ¿pues no estamos acostumbrados a eso? Lo que llama la atención es la oposición a que los particulares podamos organizarnos y defender nuestros derechos de manera colectiva, ¿por qué poner requisitos que no existen en otros tipos de juicios?
2. Obligatoriedad de conciliación previa a juicio. Seguramente el sector empresarial ya se dio cuenta de lo ineficaces y tardados que son los procedimientos de conciliación y arbitraje tanto en la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor como en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Por eso ha de ser que ahora proponen que antes de ir a juicio en una acción colectiva, la sociedad civil tenga que pasar –perder su tiempo- con un mecanismo alternativo de resolución de controversias.
3. Consumidores organizados. Aunque nuestra Constitución protege el derecho de asociación y obliga a propiciar la organización de consumidores para la defensa de sus intereses, la oposición del empresariado en un documento que aparece como observaciones del CCE (Consejo Coordinador Empresarial) señala que “El CCE sugiere que las asociaciones civiles estén legitimadas para promover únicamente pretensiones de orden declarativo (hacer, no hacer o dejar de hacer) y sin fines económicos”. ¡Qué maravilla! Sociedad civil unida para defender sus intereses… bueno, siempre que no se incluyan derechos económicos o que no se esté defendiendo su patrimonio. ¿Aceptarían los empresarios realizar un juicio contra uno de sus proveedores para el sólo efecto de que el juzgador les dijera que tienen la razón sin recibir el pago que se les adeuda?
4. Número de consumidores. El acceso a la justicia con acciones colectivas se quiere limitar a si son 50 o más consumidores. En esencia, si son muchos, entonces sí se respetará su derecho de acceder a la justicia, si son pocos, no tienen este derecho.

Las observaciones que aparecen como de la Administración Pública Federal, quien ha participado a través de la Profeco, Condusef y Procuraduría Fiscal Federal, son sorprendentes. ¿A quién defiende? Después de reconocer que es un mecanismo eficaz y equitativo, su texto más bien parece representar los intereses del sector privado y no el interés público. ¿Resistirán los legisladores las presiones del empresariado y, de quien pudiera ser su aliado, el Poder Ejecutivo Federal?

México está ante una oportunidad única de fortalecer a la sociedad civil y garantizarle el acceso a la justicia. Dejemos atrás las prácticas del antiguo régimen que anulaban la organización social. Todos –empresarios, profesionistas y trabajadores-, somos ciudadanos y consumidores.

martes, 30 de septiembre de 2008

Deficiencias del Acuerdo de Radio AM

México generalmente destaca por ser “el único” en el mundo en muchos temas y el Acuerdo relativo a estaciones de radio AM no fue la excepción. La propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes reconoció que no se conoce que en otros países hayan emitido acuerdos similares para radiodifusión. Es más, ni siquiera pudo referir a algún otro documento o fuentes de información consultados para la elaboración o justificación del Acuerdo de AM en su manifestación de impacto regulatorio. Pero dejando atrás esas “pequeñeces”, veamos algunas de las deficiencias del Acuerdo.

1. Contraprestación. La Constitución señala que toda contribución debe estar establecida en ley, si no, es inconstitucional. El Acuerdo AM le otorga facultades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para determinar una contraprestación por el cambio de frecuencia de radio AM a una para FM. ¿No es eso una contribución? ¿Será este camino similar al de Unefon en el que la Cofetel y la SCT de 1998 le impusieron “intereses”? Recordemos que este caso Unefon puede costarnos a los mexicanos alrededor de 3,653 millones de pesos. ¿Cuánto nos costaría el Acuerdo AM si los que cambien frecuencias ganan sus amparos por ser inconstitucional esta contraprestación?
2. Acta de defunción. Es incongruente el Acuerdo. Primero reconoce que la radio AM logra “coberturas amplias del territorio, con pocas limitaciones por la orografía del territorio, lo que permite … llegar a comunidades alejadas de los centros urbanos”. Después -en breve- dice que las poblaciones que se queden sin servicio por el cambio de las estaciones AM a FM, se esperen a que existan nuevos radiodifusores. Con esto el Acuerdo no sólo está firmando el acta de defunción de la radio AM (hecho inédito en el mundo), sino que también está garantizando que habrán poblaciones alejadas [quizá éstas no le interesan a la SCT] sin servicio de radio. ¿No que la radio tiene una función social? O será que en este país de desigualdades, ¡qué importa una más avalada por el Ejecutivo Federal! Ya que se queden sin servicio esas comunidades alejadas y se desocupen las frecuencias de AM, ¿qué hará el Presidente Calderón con las frecuencias de AM? Si se busca hacer un uso eficiente del espectro y que la radiodifusión cumpla su papel en la vida democrática, difícilmente este Acuerdo lo logrará.
3. Regresión. La discrecionalidad para el cambio de las frecuencias fue plasmado en el Acuerdo como si estuviéramos en el México de 1960. Aunque el solicitante del cambio cumpla con todo, la Secretaría de Gobernación puede no dar opinión favorable. ¿Con base en qué criterios? No se sabe. ¿No es esto lo que se buscaba erradicar en un México democrático? Si hoy un concesionario tiene una frecuencia, ¿por qué se requiere la participación de Gobernación? No está por demás dar un consejo a los concesionarios de AM: pórtense bien con el gobierno o les podrán negar su cambio a FM.
4. Suprema Corte. El Acuerdo hizo una referencia selectiva de la sentencia de la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Televisa. Así, mencionó lo ya sabido, que las frecuencias son bienes de dominio público. Pero, ¿por qué no mencionó que al hablar de refrendos la Corte dijo que “al no someterse a licitación a los concesionarios … no se asegura la economía, eficiencia, eficacia y honradez en la administración del espectro radioeléctrico, ni se aseguran al Estado las mejores condiciones disponibles”?
5. Licitación a conveniencia. El Acuerdo –sin considerar la ley-, decide cuándo sí se licitará. Si la licitación es un camino en algunos casos, ¿por qué evitar licitar en los demás casos? Esto abona a la idea que el Acuerdo responde a los tiempos políticos y el pretexto es la “digitalización de la radio”.

Lo que empieza mal, termina mal. ¿Cómo terminará el Acuerdo AM? ¿Qué repercusiones tendrá para el país? La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión y sus miembros parecen estar conformes con el Acuerdo, pero ¿cuál es la opinión de las poblaciones que se quedarían sin radio?

lunes, 22 de septiembre de 2008

¿Hacia leyes secretas? (Radio AM y Acuerdo Secretarial)

¿Estará nuestro país encaminándose a las leyes secretas como aquellas de la dictadura del General Videla de Argentina? Esperemos que no, pero el Acuerdo relativo a estaciones de radio AM del Secretario Luis Téllez del pasado 15 de septiembre, preocupa profundamente por la manera en que fue expedido. Ello, independientemente de todos los cuestionamientos legales de fondo que existen.

Cuando México decidió transitar hacia la democracia y cuando optó por un sistema de libre mercado, se tuvieron que cambiar las típicas prácticas de los regímenes autoritarios. Una de ellas era la de sacar sorpresivamente regulación, porque esto, por una parte, elimina la posibilidad de que la ciudadanía se exprese y, por otra, genera incertidumbre en el mercado que nunca sabe si a la mañana siguiente amanecerá con un acuerdo secretarial. México estableció el proceso de mejora regulatoria que obliga a realizar una consulta pública a toda autoridad que pretenda expedir una disposición de carácter general como el Acuerdo AM (Ley Federal de Procedimiento Administrativo). Además, debe darse publicidad a los anteproyectos de este tipo de acuerdos con 20 días hábiles de anticipación a que se expidan (Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental).

¿Por qué el Acuerdo AM nunca siguió el proceso de ley y salió de la noche a la mañana? La Secretaría de Comunicaciones y Transportes sí presentó el Acuerdo AM a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) el 11 de septiembre solicitando que no fuera publicado el anteproyecto, ni tampoco su manifestación de impacto regulatorio “ya que su difusión podría comprometer los efectos que se pretenden lograr con el instrumento normativo, en el sentido de generar un entorno adverso para su oportuna aplicación y en los hechos, podría generarse un entorno de presión de diversa índole para detener su publicación al considerar erróneamente que los derechos de los concesionarios se afectarían, aunado a que se evitaría obtener la eficacia en su aplicación”. Así lo dijo el Director General Adjunto Normativo, Gerardo Sánchez Henkel, y la Oficial Mayor, María Fernanda Casanueva.

¿Era justificación suficiente la de la SCT para restringir el derecho a la información consagrado en la Constitución? La ley prevé como excepción a la publicidad previa, cuando la Cofemer determine que dicha publicidad “pudiera comprometer los efectos que se pretendan lograr con la disposición”. Con lo argumentado por la SCT, ¿se demostró que podría darse ello? El actuar de las autoridades siempre está sujeto a situaciones adversas y a presiones diversas, ¿cuál es la diferencia entre el actuar cotidiano y el Acuerdo AM? Al día siguiente de la solicitud de la SCT, la Cofemer en un acto insólito de rapidez, autorizó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo AM.

¿Existía una situación extraordinaria para justificar la opacidad y la celeridad con que se expidió el Acuerdo AM? ¿No dice el dicho no hagas cosas buenas que parezcan malas? ¿Era ésta una situación de emergencia? Recordemos que el Senador Manlio Fabio Beltrones había presentado hace meses una iniciativa con los mismos efectos de este Acuerdo AM. ¿Existió algún estallido social? ¿Hubieron manifestaciones o bloqueos al Congreso de la Unión por esa iniciativa? ¿Fueron amenazados los legisladores por el atrevimiento de ser transparentes y presentar la iniciativa públicamente? No.

Las críticas al Acuerdo de AM han estado más enfocadas a por qué se “colgó la medalla” él (Ejecutivo Federal) y no yo (Congreso de la Unión). Pero existen dos problemas mayores de fondo. El primero es el procedimiento fast track sin transparencia que en nada contribuye a tener confianza en las instituciones. El segundo es si lo apropiado es otorgar frecuencias FM a las estaciones de AM, en vez de licitar conforme a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Nadie resta importancia a las estaciones AM, pero ¿es éste el camino? El Acuerdo de AM nació torcido, ¿logrará enderezarse?

Telecom y discapacidad, ¿algo que hacer?

¡Cómo me gustaría hablar sólo de las oportunidades y del futuro equitativo que nos espera gracias a la evolución de las tecnologías de la información y comunicaciones! Sin embargo, los retos para eliminar diferencias de oportunidades entre nuestra población para lograr igualdad y justicia siempre estarán presentes. Toda rosa tiene espinas. Los avances tecnológicos y las promesas de un futuro mejor, no deben nublar nuestra vista.

Si no se toman en consideración las necesidades de toda la población, incluyendo la de personas de edad avanzada, de las con discapacidad, de población indígena que requieren contenido en su propia lengua, entonces la tecnología se volverá en nuestra contra y fragmentará aún más a la sociedad. Esto es incluso más grave en México con una población profundamente estratificada, con fuertes diferencias económicas (1 de cada 6 mexicanos (sobre)vive en extrema pobreza), con muchas oportunidades para pocos y con escasas para la mayoría.

Pero hoy veamos qué soluciones tecnológicas tenemos a la mano.

- Padezco esclerosis y ya no puedo ocupar el mouse, ni la computadora. Solución: las aplicaciones “eye-aware” permiten que con mis ojos mueva el cursor de la computadora, me desplace en su pantalla y haga clicks para seguir navegando por Internet.
- Soy sorda, pero como ciudadana mexicana e igual que los mexicanos oyentes, tengo derecho a saber lo que están discutiendo en la Cámara de Diputados cuando asisto a una sesión. Solución: utilizar sistemas de subtitulaje en tiempo real o intérprete de lengua de señas.
- Perdí la vista y quiero seguir estudiando. Solución: emplear un lector de pantalla que es un software que traduce a voz, el texto que aparece en la computadora. Con eso, puedo saber lo que hay en Internet, leer libros y escribir mis trabajos de la escuela.
- Tengo una discapacidad mental y no puedo expresarme con el lenguaje de los demás. Pero sí reconozco dibujos y con éstos les puedo decir a los que me rodean lo que necesito y cómo me siento. Mi familia tiene que trabajar y no pueden estar todo el día cuidándome. Solución: con un software con dibujos (íconos), puedo oprimir lo que quiero expresar y automáticamente le manda un mensaje de correo electrónico a mi familia, quienes me pueden cuidar sin dejar su trabajo.
- Tengo Alzheimer y cada vez más, me pierdo en la ciudad. Mi familia y yo estamos preocupados. Solución: utilizar los celulares para que cuando me pierda, mi familia me pueda localizar con el sistema GPS.
- Con la edad ya casi no escucho cuando me llaman por teléfono. Quiero seguir hablando con mis familiares y amigos. Solución: usar teléfonos de texto en el cual puedo escribir lo que quiero decir, y eso se traduce a voz con un software para que mi hijo me escuche lo que tengo que decirle. Él habla y, con el servicio de retransmisión, puedo leer todo lo que me dice. [Disponible en muchos países como Colombia y España, en tanto que en México estamos en espera de que algún día se implemente].

La sociedad nunca terminará de evolucionar. La tecnología crea más servicios y equipos de telecomunicaciones, nuevos medios de comunicación, mejor calidad en los servicios, reducción de precios, etc., todo en beneficio de la humanidad, pero ¿por qué en México no hay cambios a favor de la población con discapacidad? ¿Por qué en países con economías menos fuertes que México sí lo tienen? ¿Por qué regiones sin estabilidad política sí hacen accesibles las telecomunicaciones a personas con discapacidad?

¿Qué requerimos? Acción del gobierno, de la sociedad y del sector privado. Hoy día la constante es la ausencia de políticas públicas específicas de la Secretaría de Salud, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, falta de acción del Congreso de la Unión y del Poder Judicial Federal. Existen iniciativas aisladas de la sociedad civil. Se requiere que los interesados dejemos de ser cada uno voz que grita en el desierto y unir esfuerzos, se precisa compromiso y liderazgo. ¿Quién se suma?

domingo, 14 de septiembre de 2008

Cofetel, no más pretextos

Nadie duda que el sector de las telecomunicaciones es fundamental para cualquier país y que las autoridades son responsables de imprimir dinamismo o de la lentitud en su desarrollo. Desde su creación la Comisión Federal de Telecomunicaciones ha vivido y sobrevivido a pesar de los diversos enfrentamientos –unas veces declarados, otras disfrazados- desde la Subsecretaría de Comunicaciones y otras instancias. En vez de haberle otorgado desde sus inicios facultades plenas a Cofetel para actuar como regulador de telecomunicaciones, se le vio con recelo y se creó una especie de órgano especializado, pero cuyas acciones deben revisarse por la Subsecretaría. La “práctica de supervisión ministerial ha ensombrecido generalmente el rol de los reguladores” en México (OCDE).

Por si fuera poco, las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones de 2006 se encargaron de grabar en piedra las debilidades de la Cofetel como el sólo poder opinar que alguien debe ser sancionado, pero sin poder sancionar, que un solicitante puede recibir una concesión, pero sin que su opinión sea determinante porque el interesado tiene que ser evaluado nuevamente en la Subsecretaría, etc. La OCDE ha señalado que el que Cofetel no pueda sancionar “debilita al regulador de una manera que sus significativos recursos humanos y técnicos no pueden compensar”.

Esas reformas dieron lugar a un litigio que finalizó con la toma de protesta de Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous como comisionados de la Cofetel, en sustitución de los anteriores comisionados Gerardo González Abarca y Eduardo Ruiz Vega. A la incertidumbre de este litigio, el Presidente de Cofetel, Héctor Osuna, atribuyó el retraso en resolver temas cruciales para las telecomunicaciones como el plan de interconexión y las licitaciones de espectro. Dicen que después de la tormenta, siempre viene la calma, la interrogante que queda es ¿ya pasó la tormenta?

Rafael del Villar dejó la Subsecretaría de Comunicaciones después de una intensa labor buscando el interés público. Sus actos no buscaban quedar bien con los grupos de poder, sino con nuestro país en cumplimiento de la ley. Sin duda, Del Villar ahora como comisionado continuará contribuyendo para que algún día exista un mercado de competencia efectiva. Y como la transparencia y la disponibilidad de información es clave para ello, sería bueno que Cofetel por vez primera realice una consulta pública de las bases de licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico.

Gonzalo Martínez regresa a Cofetel, esta vez como Comisionado, lo que debe fortalecer las resoluciones del Pleno con su experiencia de muchos años en telecomunicaciones y en el sector público. Confío en que esta nueva integración del Pleno de Cofetel rendirá muchos frutos y podrá sentar la base para el fortalecimiento del regulador de telecomunicaciones.

Purificación Carpinteyro fue nombrada Subsecretaria de Comunicaciones. La primera mujer que ocupa ese puesto despierta esperanza en muchos y suspicacia en otros. Mujer polémica, a la que aún sus detractores le reconocen gran capacidad, tiene grandes retos. Quizá ella pueda dejar atrás la tradicional disputa por el “poder” entre la Cofetel y la Subsecretaría. Los pendientes no son pocos ni menores. La ausencia de una política de banda ancha está relegando a México frente a muchos países, los efectos perniciosos de esto no los veremos sino dentro de muchos años. Es como una enfermedad asintomática, como no nos duele, no nos cuidamos y cuando ya le prestamos atención puede ser demasiado tarde.

In memoriam. Don Gilberto Rincón Gallardo fue un luchador incansable, persona congruente y de solvencia moral intachable. Don Gilberto fue el impulsor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a nivel mundial y en México, él y su equipo han colaborado para que las telecomunicaciones sean accesibles a personas con discapacidad. Su ejemplo nos deja con la responsabilidad de seguir luchando contra la discriminación y la igualdad de oportunidades para todos.

lunes, 1 de septiembre de 2008

Más sobre seguridad y tecnología [Seguridad y Tecnología 2/2]

La tecnología no deja de proporcionarnos nuevos medios de comunicación y de instrumentos para una mejor persecución de los delitos. Sin embargo, la tecnología no es una solución mágica y por sí sola no cambiará la situación de inseguridad, ni la corrupción, ni la impunidad. El Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad señaló que se debe regular el “acceso a la información sobre la ubicación física de los móviles en tiempo real, en los casos en que sean aparatos y números telefónicos involucrados en actividades delictivas”. Esto es fundamental para la ubicación de víctimas de secuestro. Pero, no perdamos de vista que si existe corrupción dentro de las fuerzas de seguridad e impunidad en la aplicación de las leyes, de nada servirá esta medida o servirá al propio crimen.

Técnicamente pueden existir diversas soluciones para la ubicación de los equipos móviles tales como celulares. La Comisión Federal de Telecomunicaciones anunció que se podría incorporar en todos los teléfonos un sistema GPS (Global Positioning System) para identificar desde dónde se realizan las llamadas. El servicio de GPS, a través de satélites, puede determinar la ubicación del equipo que tenga este dispositivo o de la persona que se lo haya puesto debajo de su piel. ¿Quién pagará por los servicios satelitales? ¿El usuario, los concesionarios o el Erario? Otra alternativa es que con las radiobases existentes de telefonía móvil se pueda determinar –sin tanta exactitud como con el GPS- la localización del equipo que está realizando llamadas móviles. Esta opción es factible sin instalar dispositivo alguno a los teléfonos.

Pero las opciones tecnológicas no cambian a las personas, no reducen la corrupción, ni la impunidad. En nuestro país, desafortunadamente, existen los impuestos formales y los informales. Los impuestos formales son los que están establecidos en las leyes. En el supuesto de no pagar los impuestos formales, la persona se enfrentará con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o con las haciendas estatales, existiendo además tribunales establecidos para defenderse. Los impuestos informales son los que cobran grupos por dar “protección” en diferentes ciudades de la República. Para los impuestos informales, no existe más que pagarlos, arriesgarse a que el grupo cumpla su amenaza o contratar seguridad personal. ¿Servirá denunciar al grupo a las autoridades si quizá están coludidos?

Una persona fue secuestrada, se pagó su rescate, se le liberó y el grupo exigió el pago mensual del impuesto informal por “protección”. Esta persona se colocó un dispositivo bajo su piel GPS para que si lo volvían a secuestrar, pudieran localizarlo. Durante varios meses pagó la “protección” hasta que se preguntó, ¿por qué tengo que pagar los impuestos informales al grupo, si pago los impuestos formales y el Estado debe proporcionarme seguridad? Dejó de pagar y el grupo lo secuestró nuevamente. Su familia a través del sistema GPS supo dónde se encontraba y avisó a la procuraduría. La policía “se preparó para el operativo”, y en cuanto llegaron al lugar estaba recién desocupado. Al día siguiente apareció el cuerpo de la víctima.

¿De qué sirvió la tecnología GPS? ¿Para que la policía le avisara al grupo “ya vamos para allá”? O ¿la familia debió hacerse justicia por sí misma y armar su propio operativo? ¿Qué va a pasar cuando los ciudadanos desesperados por la corrupción e ineficacia de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de Justicia o de sus homólogos estatales, prefiramos la justicia por propia mano? ¿Cómo nos juzgará el Poder Judicial Federal si el Estado nos niega la protección y la justicia mínima, y tenemos que tomar acciones en defensa propia? O ¿se nos puede pedir a la ciudadanía que confiemos en las autoridades? O quizá en un futuro el Congreso de la Unión haga deducible del ISR los pagos hechos por impuestos informales a los grupos. México ha salido adelante en otras ocasiones y saldrá esta vez también, la pregunta es ¿hasta cuándo?

A quién sirven, ¿a la sociedad o al crimen? [Seguridad y tecnología 1/2]

Las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y el Internet por sí mismos no son buenos, ni malos, sino que el ser humano es quien los pone al servicio de la sociedad o del crimen. El Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad que el Presidente Felipe Calderón presentó la semana pasada tiene aspectos positivos, otros parecieran más un elemento simbólico en el combate a la delincuencia como el “registro, establecimiento y acceso a bases de datos de los equipos de telefonía móvil y fija” (punto VII).

Los problemas permanentes y sistémicos en México son la corrupción y la impunidad. Muchas veces estos términos se emplean conjuntamente como si fueran uno mismo, pero la diferenciación es importante. La corrupción implica que los servidores públicos no cumplen con sus obligaciones y violan las leyes, aprovechando el cargo para su beneficio ya sea recibiendo un soborno en efectivo, en especie o en espera de favores futuros. Para que esto se dé, del otro lado está un particular que otorga el soborno al servidor público. Tanto peca el que mata a la vaca, como el que le agarra la pata. El ser humano es susceptible de ser corrupto y en todos los países existe corrupción en mayor o menor medida.

La impunidad se refiere a la actuación ilegal sin consecuencia alguna. Es decir, cuando una conducta a pesar de ser sancionada por las leyes, no recibe castigo o el castigo sólo es para algunos, entonces hay impunidad y no hay Estado de Derecho. Si en México no existiera impunidad, la corrupción automáticamente se reduciría. Pero en México, país sin consecuencias, la impunidad aviva el fuego de la corrupción que está asfixiando a nuestra sociedad. Si no se elimina la impunidad, ningún sistema, ninguna tecnología, podrá reducir la inseguridad en la que vivimos.

La Comisión Federal de Telecomunicaciones propuso un registro de usuarios de telefonía que “permitiría identificar en todo momento a cada uno de los adquirientes del servicio y su dirección física”. Cuando hay un secuestro, ¿llamarán los delincuentes con su celular? ¡Por supuesto que no! Hoy día, sin el Registro de Usuarios de Telefonía, los secuestradores ocupan el celular de la víctima o uno robado, entonces ¿para qué el Registro? Quizá lo quieran para saber el domicilio de la víctima del secuestro o de la víctima dueña del celular robado. ¿Este Registro combatirá a la delincuencia? No.

El Registro sería para las líneas telefónicas, fijas y móviles, que tienen números como las de los concesionarios Telmex, Maxcom, Telcel, Movistar, Axtel, Iusacell, etc. Pero en la actualidad se pueden realizar llamadas a través de Internet sin necesidad de número telefónico. ¿No se han dado cuenta de esto las autoridades? ¿O estarán pensando en un futuro implementar también un registro para los usuarios de Internet, los proveedores de servicios de Internet, los cafés Internet, etcétera? El Registro equivale a una aspirina cuando nuestro país sufre de pulmonía avanzada. México requiere que se combata la corrupción y la impunidad. El Registro no sirve para eso. Entonces, ¿será que la creación del Registro es sólo para dar una sensación de confort a la sociedad?

Los concesionarios de telefonía estarían obligados a recabar la información de sus usuarios nuevos. Cofetel propone que a los usuarios existentes de los cuales las empresas carezcan de información, se les conceda un plazo para ir a dar su nombre, domicilio, etcétera, “en la inteligencia de que, vencido el plazo sin que se les hubiere proporcionado la información, deberán suspender el servicio”. ¿Es proporcional esta medida? ¿Se justifica privar de un servicio básico de telecomunicaciones a los usuarios por no ir a dar sus datos a un Registro cuya utilidad es cuestionable? Además, ¿cuáles serán las medidas para proteger el derecho a la privacidad de los usuarios? No sabemos. Lo que sí es que el Registro de Usuarios de Telefonía podrá servir para otras cosas, pero no es eficaz para combatir la delincuencia.

¿Responsabilidad administrativa de Cofetel?

Todo servidor público está obligado a “cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio”, pudiendo ser suspendido de su cargo, destituido del puesto o inhabilitado si no lo realizare (artículos 8 y 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos). ¿Se estará infringiendo esta ley por el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones?

El Pleno de Cofetel está formado por 5 comisionados. La regla general es que las decisiones del Pleno sean en sesión en la que estén presentes los 5, pero el propio legislador previó que existirían circunstancias que impidieran que estuvieran todos. Por tanto, la Ley Federal de Telecomunicaciones estableció que con al menos 3 comisionados el Pleno podría discutir y resolver los temas de la regulación de las telecomunicaciones, de la radio y la televisión, estableciendo además que los comisionados pueden ser removidos por causa grave (arts. 9-B y 9-D de la LFT).

De las secuelas que dejaron las reformas conocidas como Ley Televisa, estuvo la integración del Pleno de Cofetel. La Suprema Corte resolvió en junio pasado que 2 de los comisionados actuales deberían dejar sus lugares para que aquellos que habían sido nombrados originalmente, Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous, pudieran ocupar sus cargos. Ésta es una razón, según Osuna, del rezago en la realización de la licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico y del “impasse” en el que están porque aunque “los tres que nos quedamos somos suficientes para emitir un dictamen; sin embargo, también decidimos esperar” (Milenio). ¿Puede un servidor público negarse a actuar? La respuesta es no. De otra manera, incurre en responsabilidad administrativa. ¿Es suficiente decir que “no tuvimos la culpa, por lo que estamos con una mano cuidándonos y con la otra avanzando” (Milenio)? Eso lo deberá decidir la Secretaría de la Función Pública.

¿Para qué previó el legislador que con 3 comisionados podrían actuar si cuando está ese quórum los que están prefieren esperar a que “estemos todos juntos”? Además, recuérdese que 2 de los 3 comisionados que ahora están “esperando” eran senadores precisamente cuando el Congreso de la Unión estableció ese quórum mínimo. ¿Qué hubiera pasado en la Corte si cuando el Ministro Gudiño Pelayo estuvo de incapacidad los demás Ministros hubieran seguido la lógica de Cofetel? Simplemente habría un rezago de varios meses en perjuicio de la justicia. ¿Qué sucedería si la Junta de Gobierno de Banxico -con el argumento Cofetel- dejara de sesionar mientras algún subgobernador estuviera de comisión en otro país por algunos días? Estaría en riesgo la estabilidad financiera del país.

Los afectados con la omisión del Pleno de Cofetel son directamente los concesionarios de telecomunicaciones, pero también todos los ciudadanos mexicanos. La última sesión del Pleno de Cofetel en su página de Internet es de 9 de julio pasado, están pendientes temas vitales como la expedición del Plan de Interconexión y, siguiendo la lógica de que mientras no estén todos los comisionados, no actuarán, ¿qué va a pasar, quién pagará por el tiempo perdido y por los platos rotos?

En otros temas, en estos últimos días y resultado de la implementación de la portabilidad, empresas como Telcel y Telefónica Movistar han estado ofertando paquetes dirigidos a atraer clientes de sus competidores. Sus paquetes darán, al que se pase con ellos, ciertos regalos como minutos gratis de llamadas y mensajes de texto. Los concesionarios de telecomunicaciones tienen prohibido adoptar prácticas discriminatorias en la aplicación de tarifas (art. 61 de la LFT). Esos paquetes sólo para clientes nuevos, ¿son prácticas discriminatorias contra los usuarios que ya son cliente de estas empresas o es mercadotecnia permisible? Las ofertas están revelando que prefieren atraer clientes de la competencia que dar mejores tarifas a los que ya tienen. ¿Hará algo Cofetel?

lunes, 11 de agosto de 2008

Zares antimonopolios (2/2)

Ausencia de políticas públicas, marco jurídico ineficiente, autoridades ineficaces, carencia de transparencia, etcétera. Esto es aplicable –desafortunadamente- a muchos sectores en nuestro país, del cual el de telecomunicaciones no escapa. Telmex tiene una red casi omnipresente en el país y ésta “constituye un insumo fundamental para los demás concesionarios” (Cofeco). En la colaboración pasada, se expuso sobre la declaratoria de dominancia a Telmex en enlaces dedicados y su trascendencia. Sin embargo, no fue la única declaratoria que realizó la Comisión Federal de Competencia. Veamos las restantes.

Tránsito local. Telmex tiene conexión con todos sus competidores de servicio local, en cambio éstos sólo tienen conexión directa con Telmex y con alguno que otro concesionario. ¿Por qué? Porque para una conexión directa se requiere considerar si el tráfico en minutos es suficiente para justificar el costo de su instalación. De otra manera, conviene más establecer una conexión indirecta –a través de Telmex normalmente-, para llegar a las otras empresas de telecomunicaciones y pagar por tránsito local.

Originación. Un derecho de los usuarios es el de presuscripción, es decir, el seleccionar la empresa que le proporcione el servicio de larga distancia. Telmex es el único que tiene esa obligación, porque a sus competidores se les ha exentado. Estas exenciones de alguna manera son base de que sólo a Telmex se le haya declarado dominante. Entonces, ¿Telmex es la víctima? Tampoco es para tanto.

La tarifa de originación de llamada de un usuario de Telmex para su entrega a la empresa de larga distancia seleccionada por dicho usuario (p. ej., Maxcom) no ha variado en los últimos años y permanece –según lo reportado-, en .975 centavos de dólar por minuto. La Cofetel determinó su reducción a .80 centavos de dólar y Megacable -férreo competidor de Telmex-, argumenta que la tarifa debiera de ser de .03 centavos de peso. Si Telmex ha venido reduciendo sus tarifas a usuarios y no ha disminuido los costos intermedios como la originación, ¿será ésta una medida para ahorcar a la competencia?

Terminación. Los argumentos por los cuales Cofeco declaró dominantes a los móviles explicados en este mismo espacio el 17 de junio pasado, son esencialmente los mismos que para esta dominancia de todas las empresas de telefonía fija como Axtel, Alestra y Maxcom.

Algunas reflexiones quedan de estos procesos de dominancia.

1. La inversión en redes de telecomunicaciones no es sólo una decisión del sector privado, sino que precisa la implementación de políticas públicas –a esta fecha inexistentes- que incentiven el despliegue de banda ancha. Además, se requiere de autoridades sólidas, eficaces y que actúen oportunamente.
2. Un mercado en competencia requiere transparencia. “La apertura y transparencia en la información relativa a la topología de las redes … son factores indispensables … las respuestas a los requerimientos de información y documentación [a las empresas de telecomunicaciones] … muestran que tal apertura es inexistente o parcial” (Cofeco).
3. La Comisión Federal de Telecomunicaciones tendrá que imponer obligaciones específicas a las empresas que se declaren dominantes. ¿Lo podrá hacer eficazmente si ni siquiera tiene facultades para sancionar a dichas empresas?
4. Los tribunales tendrán la última palabra en la regulación y el combate a monopolios. ¿Está preparado el Poder Judicial Federal? En otros países existe un tribunal especializado en temas de telecomunicaciones que analiza las circunstancias de hecho y derecho del órgano regulador. En México se justifica la especialización de tribunales en competencia económica, telecomunicaciones y energético.

La discusión pública se ha centrado en si Telmex es el villano de la película o no, de si el Congreso de la Unión debe o no cambiar la ley, etcétera. Pero ni el mejor comportamiento empresarial, ni la ley más perfecta, podrán suplir la debilidad de las instituciones y la incapacidad del Estado por hacer cumplir la ley.

martes, 5 de agosto de 2008

Zares antimonopolios (1/2) (Dominancia en telefonía fija - México)

México, país en el que 1 de cada 6 de sus habitantes vive en extrema pobreza (OCDE), ha estado bajo el yugo de los monopolios y oligopolios en las áreas de mayor importancia como las telecomunicaciones. Monopolios públicos o privados por igual aprovechan su posición y afectan a la sociedad. La Comisión Federal de Competencia ha estado en los últimos meses muy activa en sus investigaciones sobre dominancia en telecomunicaciones. Las de la semana pasada determinaron preliminarmente que Teléfonos de México es dominante en 4 mercados de enlaces dedicados, de originación, terminación y tránsito local en redes fijas. Las declaraciones de dominancia no son un castigo, sino un reflejo de fallas del mercado y del marco jurídico que demandan atención especial por la autoridad. Este artículo es el primero de dos partes en la que se reflexionará sobre las resoluciones de Cofeco.

La construcción de redes de telecomunicaciones es muy costosa y requiere de fuertes inversiones consideradas como costos hundidos. Esto es, en el supuesto de que el proyecto fracase, gran parte de la inversión no es recuperable. Otras barreras a la entrada al sector de telecomunicaciones son “la existencia de economías de escala y alcance, el alto grado de integración vertical del operador tradicional [Telmex] y la existencia de altos costos financieros … las barreras económicas efectivamente restringen la entrada de nuevos participantes en los mercados relevantes” (Cofeco).

Además, los trámites burocráticos de permisos y licencias son un calvario por la ausencia de requisitos uniformes y procedimientos transparentes, en especial a nivel municipal. Por ejemplo, un municipio puede pedir que para instalar una radiobase o para tender cables, además del pago de derechos, se pinte una escuela o se haga un “donativo” al municipio.

Enlaces dedicados. Los enlaces dedicados son canales o “cables” que se destinan al uso exclusivo de una persona que puede ser un usuario final (p. ej., banco) o de un concesionario de telecomunicaciones denominados de mayorista. Los enlaces pueden ser locales, de larga distancia, de cruce fronterizo y aquellos dedicados a la interconexión. La Cofeco determinó que Telmex es dominante en el arrendamiento de mayorista de todos esos tipos de enlace, excepto en el de cruce transfronterizo.

¿Por qué es relevante esto de los enlaces dedicados? Porque todos los competidores de Telmex dependen de los enlaces que éste les arrienda para complementar su infraestructura y proveer servicios a sus usuarios finales, y gran parte de sus costos operativos son para el pago de estos enlaces.

¿Por qué no invierten los competidores de Telmex en infraestructura? Telmex y sus competidores presentan argumentos distintos, quizá cada quien con una parte de razón. A decir de Telmex es porque prefieren ocupar su red en vez de construir la suya. La competencia señala que las prácticas contrarias a la competencia de Telmex son reiteradas y las autoridades son ineficaces en hacer cumplir el marco jurídico. Entonces estamos en un círculo vicioso del que difícilmente se saldrá.

¿Se imagina darle información a su competidor sobre dónde está el cliente de usted, qué y cuánto le va a comprar? Esa información sensible la tienen que dar a Telmex sus competidores para que les den los enlaces “lo que provoca que [Telmex] tenga información privilegiada sobre el cliente objetivo mucho antes de que el operador demandante pueda tener físicamente los enlaces y proporcionar el servicio”. ¿Qué pasaría si el competidor no quiere darle esa información a Telmex? Telmex seguramente le dirá que no le da el enlace y que busque otro, mismo que probablemente no encontrará en diversas zonas del país.

¿Qué tanto impacta a la sociedad? Las tarifas de cierto tipo de enlace (34 Mbps) en México son las más caras en un comparativo internacional de 25 países de primer mundo. La afectación última es a la economía nacional por los elevados precios de servicios de telecomunicaciones que son un insumo de todas las actividades.

Foreign Investment in Mexico Telecommunications Market

Mexico would benefit from the elimination of the 49% limit to foreign investment in the telecommunication market, provided that the legal framework strengthens the Mexican telecommunication regulator (Cofetel). The historical reasons for such a limit are no longer applicable. The amendment of the foreign investment provisions on fixed-line market has been subject to severe critics. The debate has been centered between a nationalistic approach that apparently defends “sovereignty” and is aligned with Telmex interests, and a liberal viewpoint that has been linked to Telefonica from Spain. Neither perspective has assessed objectively the public interest of admitting or not more foreign investment.

Telmex labor union leader has also expressed his concerns, but they appear to be the company´s message, not the workers´. Others demand reciprocity which could be difficult to assess, and might have effect on other countries pursuant to World Trade Organization´s agreements.

Mexico´s fixed-line telecommunications market is attractive to foreign investment, and could trigger major infrastructure deployment. However, opening the fixed-line market to full foreign investment will not have significant impact on competition unless it is accompanied by other regulatory measures. These should at least grant Cofetel the power to assure timely interconnection, to sanction and revoke licenses. Also, there should be ex–ante regulations to those operators that have 25% or more market participation. Full foreign investment in fixed-line is unlikely to be approved without other conditions (i.e., demanding reciprocity), and relevant regulatory reforms might be on hold for some time.

(These comments were published in Inter-American Dialogue´s – Latin America Advisor Telecom, July 21, 2008)

Televisa / Telemundo Strategic Alliance - Comments

Televisa-Telemundo strategic alliance allows Telemundo to distribute its content in Mexico, without confronting the two major TV broadcasters: Televisa and TV Azteca. Telemundo was perhaps lobbying for a TV license as a negotiating instrument rather than for the license itself. Telemundo had a major legal obstacle to enter into the Mexican TV broadcasting regarding foreign investment. Foreign investment for both radio and television broadcast are prohibited by law, whereas other telecommunication services allow up to 49% (i.e., pay TV) or up to 100% foreign investment (i.e., cellular services).

Telemundo´s incentives to deploy a network and to market its brand are outweighed by this alliance: effective content delivery with no network investment. Televisa and Telemundo will essentially be complementing their distribution channels without directly competing in each others market. The pressure of Telemundo, backed by GE, could have triggered in the near future the television spectrum bid in Mexico. Although the Telemundo-Televisa alliance does not cancel the possibility of a new entrant on the Mexican television market, the date for the public bid could be in several years from today. Moreover, the bid will likely be of regional channels licenses instead of a nationwide license. This increases the cost and the risks of acquiring a real tercera cadena.

(Comentarios publicados en Inter-American Dialogue´s – Latin America Advisor Telecom, March 24-28, 2008)

La dominancia de los celulares

La Comisión Federal de Competencia (Cofeco) ha determinado inicialmente que Telcel, Telefónica Movistar, Iusacell y Unefon, son dominantes en el mercado de terminación de llamadas en los teléfonos de sus usuarios. Podría parecer incongruente que la Cofeco considere igual de dominante a Telcel -con alrededor del 71% de participación de mercado-, y a Movistar, con aproximadamente el 12%. Sin embargo, existen razones técnicas y económicas que justifican el dictamen preliminar como se expondrá a continuación.

 Mercado relevante. Para este procedimiento, la Cofeco estableció como mercado relevante la terminación de llamadas dentro de la modalidad El Que Llama Paga en los teléfonos de los usuarios de Telcel, Movistar, Iusacell y Unefon (los “Móviles”). La terminación de llamadas de El Que Llama Paga en las redes de los Móviles es un cargo de interconexión que cobran éstos a las empresas de telefonía fija (p. ej., Axtel, Maxcom, Telmex) cuando los usuarios de éstas realizan llamadas a un celular marcando el prefijo 044 ó 045. Las empresas de telefonía fija trasladan a sus usuarios dicho cargo más otro por facturación y cobranza. Un usuario, por ejemplo, paga por minuto en cada llamada a celular 1.72 pesos que se compone de 1.31 pesos por terminación de llamada en la red móvil de que se trate y .40 por facturación y cobranza. Así que, aun cuando parezca un tema lejano, todos los que utilizamos teléfonos fijos somos clientes cautivos e indefensos ante estos dos cobros.

 Agentes económicos. Los agentes económicos son Telcel, Movistar, Iusacell y Unefon, por ser concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones autorizados para prestar el servicio local móvil. Iusacell y Unefon son considerados un solo grupo económico por la Cofeco.

 Monopolios en sus redes. Los Móviles “son los únicos oferentes en los mercados relevantes… tienen participaciones del 100% en dichos mercados… no compiten entre sí” (Cofeco). Cuando una persona realiza una llamada desde un teléfono fijo, ya sea local (044) o de larga distancia (045), técnicamente cada uno de los Móviles es el único que puede conducir la comunicación hasta su usuario de celular. Esto es, no existe un servicio, ni un proveedor sustituto de la terminación de llamada. Por su parte, las barreras de entrada al mercado relevante son absolutas.

 Tarifas. (1) Una práctica que puede hacer sentido de negocios, pero que es discriminatoria es cuando los Móviles establecen tarifas diferenciadas para llamadas entre sus propios usuarios (on-net) y para aquellas con usuarios de otras redes (off-net). Un sistema de redes con tarifas on-net y off-net puede distorsionar aún más el mercado de Móviles, desplazando indebidamente a la competencia y generando incentivos para los subsidios cruzados. Además, México asumió compromisos en la Organización Mundial de Comercio respecto a que la interconexión (p. ej., la terminación de llamadas) con el proveedor principal debe llevarse a cabo conforme a “tarifas basadas en costos que sean transparentes, razonables, económicamente factibles y que sean lo suficientemente desagregadas” (Documento de Referencia). ¿Se cumple esto en México? (2) Los Móviles tienen tal poder en el mercado en cuestión, que fijan libremente sus tarifas, sin que ninguna otra empresa de telecomunicaciones pueda contrarrestar como lo que sucedería en un mercado en competencia. Cofeco destaca que todos los Móviles cobran la misma tarifa para terminar llamadas en su red (off-net). Con cuatro empresas de Móviles, ¿es posible que éstas de manera independiente hayan llegado a determinar que sus respectivas tarifas son exactamente las mismas para terminación de llamada?

 Usuarios. Los usuarios son los perjudicados y la competitividad de México. Todos los cargos excesivos de interconexión se trasladan a los usuarios (grandes empresas, PYMEs, ciudadanos de a pie, Cámara de Diputados), afectando todas las actividades económicas por lo cual los precios de los productos y los servicios finales se elevan. Los usuarios carecen de información sencilla y transparente para la toma de decisiones. Ni siquiera saben de qué elementos se compone la tarifa que se les cobra por “llamadas a celulares ´el que llama paga´” y –como lo señala la Cofeco-, tampoco tienen alternativa porque los Móviles tienen el 100% de participación en el mercado relevante. ¿Qué esperanza tienen los usuarios? Que algún día se reduzcan las tarifas por terminación de llamada. ¿Pasaría esto sin la intervención de Cofeco y de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel)? Difícilmente. En los últimos años las reducciones a la tarifa de terminación de llamada han sido pequeñas y sujetas a muchas controversias tanto entre las empresas de telecomunicaciones como entre éstas y la Cofetel.

 ¿Qué sigue? Las personas con interés jurídico pueden presentar a la Cofeco la información y documentación que crean pertinente, tras lo cual Cofeco emitirá su dictamen final. Enseguida, la Cofetel deberá iniciar el procedimiento para imponer obligaciones específicas a cada uno de los Móviles en cuanto a tarifas, información y calidad. En estos procesos, la Cofetel debe analizar la situación de cada Móvil, porque las diferencias de participación en el mercado Móvil pueden originar distintas obligaciones específicas según el operador de que se trate.

Este es el inicio de una larga batalla legal y, sobretodo, mediática. El tema nos atañe a todos por ser nosotros, los usuarios, los que estamos pagando por las deficiencias del mercado.

La portabilidad en su laberinto (Comparativo Internet y Telefonía en México)

Una de las vulnerabilidades más grandes del Internet acaba de resolverse en silencio, pasando desapercibida y sin que nadie buscara la gloria por salvar al Internet de los riesgos más grandes en seguridad que ha enfrentado. Esto contrasta con muchos meses de bombo y platillo -a veces entonando melodías, otras más bien ruido-, tanto de la Comisión Federal de Telecomunicaciones como de los concesionarios de telecomunicaciones y medios de comunicación en el tema de portabilidad. Veamos por qué.

La operación del Internet es posible gracias al sistema de nombres de dominio (Domain Name System o DNS). Para el ser humano es mucho más fácil recordar un nombre que una serie de números, mientras que las computadoras requieren de la dirección IP formada por números para encontrar la ubicación del sitio web o del servidor que se está buscando. El DNS es como un servicio de directorio que utiliza muchos servidores de nombres en todo el mundo para traducir un nombre de dominio (p. ej., www.informa.com.mx) a una dirección IP (p. ej., 65.38.180.4). Cada vez que usamos el correo electrónico o el World Wide Web, requerimos del DNS.

Dan Kaminsky identificó una vulnerabilidad del DNS a principios de este año. Por el riesgo a la seguridad del DNS y, por tanto, del Internet, se formó discretamente un grupo de trabajo entre investigadores y fabricantes de tecnología para encontrar una solución. El punto frágil era que “un intruso con la habilidad para lanzar exitosamente un ataque “cache poisoning” puede lograr que los clientes de un servidor de nombres sean redirigidos hacia sitos erróneos y posiblemente maliciosos o hacia sitios especialmente modificados en ciertos servicios. En consecuencia, el tráfico web, correo electrónico y otros datos importantes de la red pueden ser redirigidos hacia sistemas controlados por un intruso” (UNAM-CERT). De esta manera, una persona podría lanzar un ataque y reemplazar por completo el sitio de un proveedor de servicios de Internet (ISP) con contenido malicioso. En este caso, cuando un usuario accediera de manera normal a los servicios del ISP, sin saberlo, se le estaría redireccionando al sitio del intruso quien tendría control sobre su correo electrónico e información de su red, entre otros.

¿Cuáles son las diferencias entre este asunto del Internet y la portabilidad?

Primero, el grupo Kaminsky tenía un objetivo común: resolver el problema y proteger a los usuarios de Internet. Con la portabilidad, la Cofetel formó el Comité Técnico de Portabilidad donde todos los operadores podían participar, pero el objetivo no era compartido. Unos querían la portabilidad inmediata, otros la preferían para el siglo próximo.

Segundo, el grupo Kaminsky trabajó silenciosa y eficazmente, evitando por completo los reflectores y únicamente se reveló la información cuando se había encontrado la solución. En contraste, las empresas de telecomunicaciones y algunos periodistas para la portabilidad han lanzado defensivas y ofensivas -según convenga-, en una suerte de espectáculo mediático. La Cofetel ha dicho que (casi) todo está listo, pero los usuarios siguen confundidos de si ya pueden o no cambiarse de empresa sin perder su número telefónico.

Tercero, el grupo Kaminsky logró que simultáneamente el mismo día los fabricantes de tecnología del mundo liberaran un parche y proveyeran soluciones para enfrentar la vulnerabilidad del Internet. Además, se proporciona en doxpara.com un verificador para que cada uno de nosotros pueda comprobar la seguridad de su sitio. En portabilidad el 5 de julio de este año todos los “Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones que tengan asignados Números Geográficos están obligados a ofrecer la Portabilidad del Número Geográfico” y… ¡sorpresa! No se pudo.

¿Qué se puede aprender de este comparativo? Que mientras en el Internet el interés público juega un papel importante, en la portabilidad telefónica lo de menos son los consumidores y lo relevante es la ventaja política y/o económica que se pueda alcanzar.

Portabilidad, ¿con qué se come?

A partir del 5 de julio –en teoría-, cualquier persona podía cambiar de compañía telefónica, sin cambiar de número a lo que se le conoce como la portabilidad. La semana pasada fue de dimes y diretes en el que se dijo que las pruebas técnicas aún no estaban concluidas, que no estaban listas algunas telefónicas y éstas a su vez lo desmentían, etcétera. Pero más allá de si efectivamente alguna persona pudo portar su número, la portabilidad como instrumento a favor de la competencia ya dejó ver sus luces. Recientemente los consumidores estamos viendo paquetes de servicios más atractivos con llamadas ilimitadas dentro y fuera de México, por ejemplo. No obstante, debemos estar atentos por al menos tres cosas: las prácticas de las telefónicas, el respeto efectivo de los derechos de los consumidores y la actuación de las autoridades.

Recordemos que todas las empresas que presten servicio de telefonía local, ya sean las tradicionales (p. ej., Telmex, Maxcom, Axtel), las celulares y las de televisión por cable que prestan telefonía (p. ej., Cablevisión, Megacable), están obligadas a dar portabilidad. Con la portabilidad un usuario podrá conservar su número cuando: (1) se cambie de empresa dentro de la misma área de servicio local fijo, o (2) entre números móviles dentro de la misma área y modalidad (p. ej., El que llama paga).

Las compañías están haciendo mejores ofertas al público para retener a sus clientes y para allegarse de los de sus competidores. Está demostrado que muchos se quedaban con su compañía telefónica por no perder su número, aun cuando estuvieran a disgusto con el servicio que recibían. El incentivo para mejorar sus tarifas era reducido, pero ahora ante la mera posibilidad de que un usuario conserve su número telefónico, el contexto cambia. Pareciera que la portabilidad es la panacea y que con ella ni siquiera se requerirían las acciones de la Comisión Federal de Competencia. Sin embargo, la portabilidad puede eventualmente evidenciar prácticas contrarias al usuario como las ventas atadas. Éstas siempre han existido y quizá los usuarios no percibieran sus efectos. Ahora se darán cuenta que la compañía XYZ les ofreció un teléfono “gratis”, siempre que no cambiaran de empresa en 18 meses y esto -en el fondo-, no es otra cosa que una venta a plazos del celular, por ejemplo. Otras les vendían los equipos receptores de señales, así que si desean irse con el competidor, quizá pierdan lo invertido en dichos equipos.

Las ofensivas comerciales de las empresas, la poca información que éstas proveen a los consumidores y las letras chiquitas de los contratos, hacen de los consumidores los grandes perdedores. La Procuraduría General del Consumidor y la Comisión Federal de Telecomunicaciones lanzan campañas para alertar a los consumidores de su derecho de portabilidad y les pedirán que tengan cuidado. Pero, ¿por qué no mejor obligan a las empresas a ser transparentes en su actuar y a dar la máxima información a los consumidores en términos sencillos y comprensibles? ¿Por qué en otros países esto es la regla y en México la excepción? ¿O será que es obligación de los usuarios convertirse en gurús de los cientos de planes tarifarios ofrecidos y que varían frecuentemente?

Sorprende, por ejemplo, lo dicho por el Presidente de la Cofetel, Héctor Osuna, cuando asevera que el usuario tiene derecho a cambiarse de compañía celular y conservar su número, pero que si un usuario quiere simplemente cambiar de esquema de prepago a pospago (renta) o viceversa, entonces eso “dependerá de la decisión comercial de la firma” (El Universal). ¿Dónde quedaron los derechos del usuario? El principio jurídico de “quien puede lo más, puede lo menos”, en estos casos parece que no aplica y que el usuario debe resignarse.

El arranque de la portabilidad quizá tenga contratiempos, pero sin duda es una acción que nos está beneficiando. Ahora lo que resta ver es que tan eficaces y oportunas son la Profeco y la Cofetel en contrarrestar las prácticas contrarias a los usuarios.