¿Estará nuestro país encaminándose a las leyes secretas como aquellas de la dictadura del General Videla de Argentina? Esperemos que no, pero el Acuerdo relativo a estaciones de radio AM del Secretario Luis Téllez del pasado 15 de septiembre, preocupa profundamente por la manera en que fue expedido. Ello, independientemente de todos los cuestionamientos legales de fondo que existen.
Cuando México decidió transitar hacia la democracia y cuando optó por un sistema de libre mercado, se tuvieron que cambiar las típicas prácticas de los regímenes autoritarios. Una de ellas era la de sacar sorpresivamente regulación, porque esto, por una parte, elimina la posibilidad de que la ciudadanía se exprese y, por otra, genera incertidumbre en el mercado que nunca sabe si a la mañana siguiente amanecerá con un acuerdo secretarial. México estableció el proceso de mejora regulatoria que obliga a realizar una consulta pública a toda autoridad que pretenda expedir una disposición de carácter general como el Acuerdo AM (Ley Federal de Procedimiento Administrativo). Además, debe darse publicidad a los anteproyectos de este tipo de acuerdos con 20 días hábiles de anticipación a que se expidan (Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental).
¿Por qué el Acuerdo AM nunca siguió el proceso de ley y salió de la noche a la mañana? La Secretaría de Comunicaciones y Transportes sí presentó el Acuerdo AM a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) el 11 de septiembre solicitando que no fuera publicado el anteproyecto, ni tampoco su manifestación de impacto regulatorio “ya que su difusión podría comprometer los efectos que se pretenden lograr con el instrumento normativo, en el sentido de generar un entorno adverso para su oportuna aplicación y en los hechos, podría generarse un entorno de presión de diversa índole para detener su publicación al considerar erróneamente que los derechos de los concesionarios se afectarían, aunado a que se evitaría obtener la eficacia en su aplicación”. Así lo dijo el Director General Adjunto Normativo, Gerardo Sánchez Henkel, y la Oficial Mayor, María Fernanda Casanueva.
¿Era justificación suficiente la de la SCT para restringir el derecho a la información consagrado en la Constitución? La ley prevé como excepción a la publicidad previa, cuando la Cofemer determine que dicha publicidad “pudiera comprometer los efectos que se pretendan lograr con la disposición”. Con lo argumentado por la SCT, ¿se demostró que podría darse ello? El actuar de las autoridades siempre está sujeto a situaciones adversas y a presiones diversas, ¿cuál es la diferencia entre el actuar cotidiano y el Acuerdo AM? Al día siguiente de la solicitud de la SCT, la Cofemer en un acto insólito de rapidez, autorizó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo AM.
¿Existía una situación extraordinaria para justificar la opacidad y la celeridad con que se expidió el Acuerdo AM? ¿No dice el dicho no hagas cosas buenas que parezcan malas? ¿Era ésta una situación de emergencia? Recordemos que el Senador Manlio Fabio Beltrones había presentado hace meses una iniciativa con los mismos efectos de este Acuerdo AM. ¿Existió algún estallido social? ¿Hubieron manifestaciones o bloqueos al Congreso de la Unión por esa iniciativa? ¿Fueron amenazados los legisladores por el atrevimiento de ser transparentes y presentar la iniciativa públicamente? No.
Las críticas al Acuerdo de AM han estado más enfocadas a por qué se “colgó la medalla” él (Ejecutivo Federal) y no yo (Congreso de la Unión). Pero existen dos problemas mayores de fondo. El primero es el procedimiento fast track sin transparencia que en nada contribuye a tener confianza en las instituciones. El segundo es si lo apropiado es otorgar frecuencias FM a las estaciones de AM, en vez de licitar conforme a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Nadie resta importancia a las estaciones AM, pero ¿es éste el camino? El Acuerdo de AM nació torcido, ¿logrará enderezarse?
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