La iniciativa de reformas para una Ley Federal de Telecomunicaciones y de Contenidos Audiovisuales propuesta por el Diputado Javier Corral ha sido objeto de críticas y elogios, como si la iniciativa estuviera toda mal o toda bien. Ni una ni otra. Veamos.
Lo positivo de la iniciativa es que:
Espectro radioeléctrico. (1) Se crean nuevos tipos de uso como el privado y el protegido que vendrían a resolver problemáticas añejas. El uso privado por cuanto hace a la radiocomunicación privada, el uso protegido a las comunicaciones de indispensables para el servicio ferroviario, la radionavegación marítima y aeronáutica. (2) Se incorpora lo que establece el Reglamento de Radiocomunicación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones sobre los usos a título primario y secundario que pueden ser instrumento para un uso más eficiente del espectro. (3) el mercado secundario de espectro se instaura, lo cual puede remediar la acumulación de espectro y proveerles frecuencias a quienes las requieran sin necesidad de esperar a una licitación.
Por la igualdad. Propone el subtitulaje y lengua de señas de cierta programación en televisión para la igualdad de las personas con discapacidad auditiva. Aunque la iniciativa es limitada en cuanto a la obligación del subtitulaje, es mejor eso que como estamos hoy.
Inversión extranjera. Toda actividad de telecomunicaciones podría tener hasta el 100% de inversión extranjera, excepto para uso de frecuencias comerciales y para servicios de radiodifusión. En ambos casos se requeriría de autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras quien podría aprobar en el caso del uso comercial hasta el 100% y en radiodifusión hasta el 25%.
Lo que queda igual:
Red pública de telecomunicaciones. Aunque para operar una red pública se cambia de concesión a permiso, los requisitos son prácticamente los mismos que hoy. Es decir, se pierde la oportunidad de reducir los requisitos y el tiempo para obtener un permiso de red pública, así como para que existiera mayor competencia.
Licitaciones para prorrogar concesiones de radio y televisión abierta. Se requiere de una licitación pública en la cual el concesionario establecido tendrá derecho de preferencia en igualdad de condiciones.
Teledensidad. Se continúa con el concepto del pasado de medir la penetración de las telecomunicaciones con base en las líneas telefónicas, siendo que nuestro país debiera evaluarse con el número de accesos a banda ancha. Claro, esto implicaría evidenciar lo rezagado que está nuestro país, pero esto serviría para despertar a los responsables de la política pública de la necesidad urgente de tomar medidas inmediatas y certeras.
Lo regresivo es que:
Regulador. La facultad de decidir en definitiva en radio y televisión abierta de la Cofetel quedaría eliminada. La doble ventanilla y todos los lastres de carecer de un regulador autónomo permanecerían.
Disposiciones Administrativas. Desde 2004 la Suprema Corte resolvió que Cofetel tenía facultades para expedir disposiciones de carácter general, es decir, sin intervención de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Esta iniciativa sujeta la expedición de regulación por parte del Ifetel (regulador propuesto) a los programas y políticas de la SCT. Imagínense, si hoy no existe una política pública del sector, esto implicaría que Cofetel estaría impedido a regular el sector por una omisión de la SCT.
Lo que se puede hacer sin reformas legales:
Según convenga, las partes en disputa atribuyen a la Suprema Corte que dijo una cosa o la otra. Si hay tal debate tan contradictorio en lo que dijo la Corte, entonces que el Ejecutivo o el Legislativo soliciten una opinión consultiva a la Corte como aquella que hizo el Ejecutivo en 1996 respecto al derecho a la información.
El Ejecutivo Federal y la Cofetel desde 2006 pueden licitar frecuencias para concesiones de estaciones de radio y televisión abierta que pudiera reducir la concentración. ¿Por qué no lo han hecho? ¿Cuándo tienen pensado realizarlas?
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