Tal como se pronosticó en este espacio a principios de año, México perdió el derecho de colocar un satélite en la órbita 109.2° Oeste y con ello la oportunidad de proveer servicios de banda ancha satelital en la República Mexicana, el continente americano y el archipiélago de Hawai. Este caso revela una vez más lo inadecuado del marco jurídico nacional para otorgar concesiones para satélites mexicanos y además es propicio para poner en la agenda otro tema para potenciar las comunicaciones vía satélite: la reutilización de frecuencias. Veamos.
1. Para obtener el derecho a la 109.2° Oeste, el Gobierno Mexicano gestionó durante años ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). La UIT determinó que a más tardar el 5 de marzo de 2008 debía colocar un satélite en dicha posición, de lo contrario México perdería su derecho y el siguiente país de la lista, sería quien podría ocupar la órbita. Esta órbita geoestacionaria utilizaría la banda Ka que permitiría servicios de banda ancha y comunicación casi en tiempo real, además de que es una banda de la nueva generación de tecnología satelital y que no está saturada como la banda Ku.
México estaba ante una gran oportunidad, pero la ley tiene un esquema que olvida los plazos fatales de la UIT y también el que los sistemas satelitales demandan una planeación de varios años porque la construcción y lanzamiento de un satélite puede tomar en promedio 2 años. La ley ordena llevar a cabo una licitación que, ante los términos improrrogables de la UIT, originan que los posibles interesados en recibir la concesión sean en el mejor de los casos un par o ninguno como en la licitación de la 109.2° que se tuvo que declarar desierta 2 veces. Pero si la órbita era de las mejores y con posibilidad de prestar servicios de nueva generación en todo el continente, ¿por qué nadie participó en la licitación? Por falta de tiempo para que el 5 de marzo pasado estuviera un satélite en la órbita. Recordemos que en 2005 también la órbita 77° Oeste estuvo a punto de perderse. En este caso, Quetzsat obtuvo la concesión y llevó un satélite que ya estaba en el espacio a ocupar la órbita dentro del plazo de la UIT.
En otros países, el operador privado interesado en cualquier órbita es quien a través de su gobierno presenta la solicitud a la UIT. En cuanto la UIT da la autorización, el operador está listo para lanzar su satélite en el plazo fijado. En México se debiera establecer un procedimiento similar para evitar que México malgaste tiempo, dinero y esfuerzo en obtener órbitas que luego perderá. La industria satelital es intensiva en capital y su retorno a la inversión es de largo plazo. Por lo que el gobierno mexicano debiera privilegiar la existencia de satélites mexicanos como los de Satmex y olvidar el pago de contraprestaciones por las concesiones de órbitas asignadas a México. De otra manera, México pierde la órbita y ni para Dios, ni para el diablo… otro país será el beneficiario y nos venderá sus servicios satelitales en vez de que fuera al revés.
2. Uno de los objetivos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Comisión Federal de Telecomunicaciones es hacer un uso eficiente del espectro radioeléctrico. Los satélites ocupan bandas de frecuencias en sus enlaces de Tierra-espacio-Tierra, es decir, en los “hilos” de aire que conducen las comunicaciones entre la Tierra y el satélite. En México se otorgan concesiones para usar esos “hilos”, pero ¿se pueden utilizar esas mismas bandas por el concesionario en las comunicaciones en la Tierra? Aún no está definido, pero sí existe fundamento jurídico para ello. Los beneficios serían numerosos, porque los concesionarios satelitales podrían prestar también servicios móviles con sus mismas frecuencias como sucede en EUA. Podríamos tener a Satmex, W Com, Hispasat, MVS o Spacenet proveyendo servicios móviles satelitales. En resumen, habría más competencia y más servicios, ocupando el mismo espectro. ¿Lo veremos en un futuro próximo?
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