Con más
de 55 millones de personas en pobreza en México al tiempo que su primera dama
Angélica Rivera y su hija Sofía Castro posan para Marie Claire con ropa que en
lugar de buscar una austeridad republicana refleja lo más insultante de las
monarquías francesas previas a la Revolución del 14 de julio, México decide si
continúa con la construcción de la democracia o si les da más favores a
Televisa y TV Azteca. Desafortunadamente los borradores de leyes que circulan
dan a la esperanza poco espacio: los regalos a las televisoras son evidentes,
los beneficios a la sociedad ausentes. Veamos.
Regalo
1. Sector, servicio, ¿qué no es lo mismo? No para este caso. La Constitución
señala que (1) se determinará preponderante en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones, (2) será
preponderante el que tenga una participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o
telecomunicaciones mayor al 50%, y (3) las obligaciones impuestas se
extinguirán cuando exista competencia efectiva en el mercado de que se trate. Si se dice que los preponderantes son por sector, entonces Televisa no será
preponderante en TV abierta, ni tampoco en TV de paga. Si es por servicio, Televisa sí será preponderante
en ambos servicios y recibirá medidas para que no abuse de su poder. ¿Cómo
puede el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal Humberto Castillejos o el
Senador Javier Lozano argumentar que la intención de la reforma fue la de
combatir a los grupos de poder y al mismo tiempo justificar el regalo a
Televisa con la palabra “sector” para que no se le considere preponderante? No
importa lo que haya dicho el Instituto Federal de Telecomunicaciones en sus
resoluciones, porque la Constitución está por encima de éstas. Adicionalmente,
la Constitución habla del “mercado de que se trate” y eso forzosamente esta
implicado con un servicio, porque nunca se define un mercado por sector sino
solamente por producto o servicio.
Regalo
2. Se incrementa en un 2% el tiempo de publicidad si las televisoras tienen
producción nacional. Dicho de otra manera, con que Televisa y TV Azteca
produzcan sus noticiarios y una que otra telenovela en la República Mexicana,
ya pueden tener más ingresos. Nótese que este 2% es en adición del 5% de
publicidad que también pueden incrementar si tienen 20% o más de producción
nacional independiente. En otros
países se obliga a un % de producción nacional sin penalizar a la audiencia y
se les obliga también a adquirir producción independiente. Aquí, el mundo al
revés.
Regalo 3.
El capítulo “Tiempos gratuitos” es el nuevo Decretazo que en 2002 estuvo a
cargo de Santiago Creel. Los tiempos fiscales y los tiempos de Estado son
espacios para difundir temas de interés públicos y en tiempos electorales se
utilizan para spots y campañas políticas a través de la administración del
Instituto Nacional Electoral (INE). Esta ley puede eliminar los tiempos
fiscales e incluso reducir los hasta 30 minutos diarios de tiempos fiscales con
el Himno Nacional. ¿Consecuencia? El Estado mexicano tendrá que comprarles a
los radiodifusores espacios como un anunciante más.
Regalo
4. En las facultades al INE se confirma otro regalo. Las televisoras por años
han argumentado que no se pueden bloquear
señales y transmitir diferente contenido en las ciudades, porque su señal
es nacional. Así que si el Canal 2 se
transmite en San Luis Potosí, aquí y allá tienen que ver lo mismo. ¿Por qué sí
pueden diferenciar en anuncios comerciales entre el DF y SLP y no pueden hacer
lo mismo para los spots de campañas políticas? “Es que nuestras formas de operación no lo permiten”,
pero por si hubiera dudas, mejor se busca justificar que la decisión de los
spots políticos esté a cargo de las televisoras y no del INE y lo que la
tecnología permite. ¿Para qué? Continuar con el mercado de “venta” de
entrevistas y demás.
Regalo 5.
A pesar de que la reforma constitucional ofrecía una democratización a través
de verdaderos medios públicos y el surgimiento de medios comunitarios e
indígenas, nada hay para ello. Lo más que hay es un proceso burocrático que en
nada cambia la situación histórica. ¿Permitir ingresos por publicidad como lo
exige la Relatoría de la OEA o lo ordenó la Suprema Corte de Justicia de la
Nación? ¡Nunca! ¡Eso no lo permitiría la Cámara Nacional de la Industria de la
Radio y Televisión!
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