Por ilógico e incongruente que parezca, el Senado encargado de la elaboración de leyes y la ratificación de tratados internacionales a favor de los habitantes de la República Mexicana, con 55 votos a favor, 18 en contra y 3 abstenciones, está exhortando a que dos ciudadanos renuncien a los derechos que tienen consagrados en la Constitución Federal, en tratados internacionales y en la Ley de Amparo. La represión otrora ejercida por el Poder Ejecutivo la podría estar ahora asumiendo de manera sutil el Poder Legislativo. Vale la precisión que el que un cuerpo colegiado como la Cámara de Senadores o la de Diputados apruebe cierto punto de acuerdo o ley, de ninguna manera implica que se pueda juzgar a todos los legisladores por igual. Muchos legisladores alzan sus voces contra las injusticias y contra aquello contrario al Derecho y a la Ética.
Las reformas a las leyes federales de Telecomunicaciones y de Radio y Televisión de 2006 (conocidas como la Ley Televisa) establecen que el Presidente de la República propone al Senado las personas para ser comisionados de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), teniendo el Senado la facultad de objetar dichas propuestas. Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous fueron propuestos por el Presidente Fox y objetados por la Comisión Permanente sin mencionar las razones de dicha objeción.
Del Villar y Martínez Pous consideraron que dicha objeción vulneraba sus garantías individuales y promovieron amparos en contra del Senado y otras autoridades. Al inicio de este sexenio Del Villar y Martínez Pous fueron nombrados respectivamente Subsecretario de Comunicaciones y titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. En este contexto, el 13 de marzo de 2007 el Senado aprobó un punto de acuerdo en el que se exhorta a Del Villar y Martínez Pous a desistirse de dichos amparos que interpusieron durante el 2006 contra la objeción para que ocuparan los puestos de comisionados de la Cofetel.
El debate en el Senado fue por demás interesante. Los que apoyaban el exhorto referían que se trataba de “crear un sistema eficiente de frenos y contrapesos” (Sen. Sacramento G.), “que el Senado debe buscar ser respetado en sus facultades” (Sen. Rueda Sánchez), y que “es la frontera entre lo público y lo privado ... de las cosas que hacen los particulares cuando acceden a una responsabilidad pública … este es un litigio de particulares” (Sen. Döring). Por su parte, los senadores que se pronunciaron en contra del exhorto del Senado, de manera puntual llevaron la discusión al aspecto de fondo: “lo que se pretende es que el Senado intente negarle una garantía constitucional a dos ciudadanos” (Sen. Sotelo García), “no se le puede pedir a un ciudadano que abdique en sus derechos” (Sen. Navarrete Ruiz), y “los exhorto a que se dejen de andar exhortando a funcionarios a que cometan ilícitos y nos pongamos a hacer lo nuestro que es legislar” (Sen. Gómez Álvarez).
Me parece que los argumentos a favor del exhorto olvidan que la razón misma de ser de la Constitución y del principio de división de poderes es el freno del poder (incluyendo del Legislativo) y la protección de los gobernados. El Senado debe buscar el respeto a la Constitución, en vez de buscar que los gobernados renuncien a los derechos consagrados en ella. Si bien es cierto que una persona que accede a un puesto público tiene nuevas responsabilidades, de ninguna manera se refiere a que deba abstenerse de ejercer derechos constitucionales como el juicio de amparo. Es una contradicción con la razón de ser del Senado y contrario a un Estado de Derecho que se erija en impulsor de que los ciudadanos renuncien a sus derechos fundamentales so pretexto de que está haciendo respetar sus facultades. Precisamente para eso está el Poder Judicial quien resolverá si el Senado tiene facultades para objetar nombramientos o si se vulneraron las garantías de estos dos ciudadanos.
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