El servicio de larga distancia en telefonía tiende a desaparecer. En algunos países el costo de una llamada es el mismo independientemente de si se realiza entre teléfonos de la misma ciudad o de ciudades alejadas por cientos de kilómetros. En México el país se encuentra dividido en 397 áreas de servicio local (ASL), por lo que cualquier llamada entre ASLs se considera larga distancia. La vecindad o distancia entre poblaciones no es el criterio para formar una ASL. Históricamente se puede decir que las ASLs fueron determinadas con criterios geográficos y económicos. De ahí que existen hasta esta fecha ciudades contiguas, con vínculos comerciales y sociales que les dan unidad, como Córdoba y Orizaba en el estado de Veracruz, pero que pertenecen a distintas ASLs y cuyas llamadas entre sí (así sea de un par de metros) se cobran como larga distancia. ¿Por qué mantenerlas separadas? Por razones comerciales que benefician únicamente a las empresas de telefonía.
Es por ello que en noviembre de 2005, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) expidió los lineamientos para modificar las ASLs y precisamente el 20 de marzo pasado resolvió consolidar 70 ASLs a más tardar para marzo de 2008. Aunque el listado final aún no se ha hecho público, se informó que dentro de los beneficiarios están Progreso, Motul y Celestún que formarán parte del ASL de Mérida; Coyuca de Benítez y San Marcos se consolidan con Acapulco; Los Reyes Acozac, Acolman y Huehuetoca con el Distrito Federal; Las Choapas con Coatzacoalcos, Veracruz; Valle de Mexicali con Mexicali, Baja California. A pesar de la necesidad de dicha consolidación, su justificación técnica y social, Telmex ha interpuesto un recurso de revisión contra la consolidación de ASLs que puede retrasar su implementación.
Otro suceso importante aconteció la semana pasada en cuanto a la determinación de los precios tope de Telmex. Telmex es la única empresa de telecomunicaciones sujeta a un sistema de regulación tarifaria que pretende (1) impedir que reduzca sus precios por debajo de costos para eliminar a su competencia, (2) evitar que incremente injustificadamente sus precios en donde no tiene competencia, (3) fomentar una mejora en la calidad de sus servicios, y (4) generar incentivos para mejorar su eficiencia y productividad.
La canasta de servicios sujetos a ese sistema son los de telefonía local, larga distancia nacional e internacional, tanto residencial como comercial. Nótese que el servicio de acceso a Internet (Prodigy) no está dentro de esta canasta de servicios, porque al privatizarse Telmex en 1990 no existía dicho servicio. Ahora bien, cada 4 años la Cofetel establece cuál es límite máximo del precio de la canasta de servicios (“precios tope”) y cuál es el factor de productividad que Telmex debe ir teniendo para incrementar su rentabilidad y reducir los precios al usuario. La Cofetel determinó el 15 de marzo pasado que Telmex no podría incrementar sus precios en los próximos 4 años y además que debería tener un factor de productividad 3.32% anual.
Desde 1998, la Cofetel ha venido determinando los precios tope para Telmex y Telmex los había cumplido sin impugnarlos. Sin embargo, en esta ocasión Telmex cuestiona la facultad de Cofetel para determinar los precios tope. A primera vista se pensaría que está fuera de lugar la pretensión de Telmex quien previa y reiteradamente había aceptado la competencia de Cofetel para ello. No obstante, los efectos de la Ley Televisa empiezan a aflorar. Ésta omitió la facultad prevista otrora en reglamentos administrativos, para que Cofetel pueda determinar las tarifas a Telmex. En base a los principios de legalidad que implica que las autoridades sólo pueden realizar aquello para lo que estén expresamente facultadas, y de jerarquía de leyes que le da preeminencia a lo establecido en la ley sobre aquello que está en los reglamentos, Telmex tiene muchas posibilidades de ganar, el tiempo lo dirá.
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