La Constitución con la reforma de telecomunicaciones de
junio pasado estableció la obligación de los empresarios de televisión abierta
como Televisa y TV Azteca de ofrecer gratuitamente sus señales de todos sus
canales incluyendo el 2, 5, 7 y 13 para que los concesionarios de televisión de
paga los incluyan en sus paquetes de programas. No olvidemos que esta
obligación es también un derecho de los habitantes de la República Mexicana
para que no se les prive de la programación de televisión abierta por tener
servicios de televisión de paga. Al tiempo que acababa de integrarse el nuevo
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Dish inició la retransmisión de
los canales de televisión abierta. Ello ha generado y seguirá generando
polémica y litigios. Veamos.
1.
Dish tenía que esperar que el IFT emitiera los lineamientos
antes de iniciar la transmisión. Mentira. Esta interpretación carece de
sustento y sólo beneficiaría a Televisa y TV Azteca, porque haría que la
ciudadanía se privara de uno de los pocos beneficios tangibles de la reforma
constitucional. ¿Comprará el IFT este argumento que busca patear la pelota
inundando aún más al recién creado regulador con una obligación adicional?
2.
Televisa y TV Azteca tienen la misma posición. Falso.
Televisa tiene evidente dominancia en televisión de paga vía satelital y muy
probablemente también en TV por cable, entonces de no existir el must offer realmente Televisa y sus
empresas de TV de paga sólo cambiaban dinero de un bolsillo a otro. Todo lo
contrario con TV Azteca que sólo tiene a TotalPlay que aunque podría ser un
agente económico disruptivo de acuerdo a la vieja Comisión Federal de Competencia,
realmente sí tiene una afectación directa a sus finanzas porque no podrá ya
vender sus canales 7 y 13 a los concesionarios de TV de paga.
3.
Telmex está aprovechando la gratuidad del must offer a través de Dish y por tanto
procede la revocación de su concesión. Es cierto que la alianza de Dish/MVS con
Telmex ha sido indispensable para su rápida penetración en el mercado, pero no
olvidemos que la oferta de Dish vino a ser una alternativa barata de Sky y de
la TV por cable. Telmex proporciona facturación y cobranza que no es poca cosa
por su base instalada de clientes, sin embargo, de ahí a poder -legalmente y
cumpliendo el principio de exacta aplicación de la ley aplicable al derecho
administrativo sancionador-, afirmar que Telmex infringe ese precepto, se
antoja una dura tarea difícil de sostener en tribunales. La pregunta será,
¿actuará el IFT contra Dish/MVS y Telmex?
4.
Los programas de TV son creaciones protegidas por el marco
jurídico nacional e internacional de derechos de autor, lo cual incluye derechos
de retransmisión. El must offer implica
la retransmisión y mientras Televisa y TV Azteca tengan los derechos
patrimoniales absolutos no habrá problemas, pero ¿si sólo tuvieran derechos
patrimoniales para transmitir por TV abierta? ¿Habría una demanda legítima de
los autores por violación a sus derechos? Recuérdese que el derecho de autor es
un derecho a nivel constitucional también, ¿qué prevalecerá el derecho de autor
o el must offer o un poco y un poco?
Al haber derechos de autor involucrados, ¿quién debe pagar? ¿Televisa y TV
Azteca? ¿Los Dish, Axtel y demás? ¿Quién resolverá esta controversia? ¿El IFT?
¿La Suprema Corte de Justicia de la Nación?
5.
Si las fallas que presuntamente tuvo Dish durante la pelea
del Canelo afectaron sólo a Dish y fue una falla dirigida, ¿se tratará de una
práctica anticompetitiva de Televisa? ¿Quién investigará y resolverá? ¿Será el
IFT?
Los que deben estar felices con el must offer son los grandes anunciantes como Bimbo, Sabritas, Pepsi,
Coca Cola y demás, porque sus anuncios contratados sólo para verse en TV
abierta ahora se verán en TV de paga. ¿Se atreverá Televisa y TV Azteca a
desafiar en tribunales el must offer y
con ello generar la antipatía de la sociedad y de sus anunciantes? Veremos.
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