Mientras
se discute la reforma constitucional en telecomunicaciones en el Senado, la
vida sigue. Se exige que los concesionarios desplieguen redes, que den calidad,
pero nunca se ponen a pensar que la complejidad de las telecomunicaciones
trasciende por mucho el ámbito federal. ¿Lo considerará el Congreso de la Unión
en sus reformas?
Despliegue de red. Los concesionarios cuando necesitan
una licencia de construcción, una autorización de uso de suelo o similar, para
instalar sus redes, tienen que pasar por trámites más lentos que aquellos de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Cada municipio les pide requisitos
diversos algunos razonables, otros no. “(…) i) el gran número de procedimientos,
permisos y requisitos necesarios previos a la instalación de infraestructura en
un lugar dado; ii) las enormes diferencias entre las reglas escritas y no
escritas de un municipio a otro en este tema, y iii) la extorsión o la
corrupción para la obtención de derechos de vía (…)” (OCDE 2012), son
padecimientos diarios de las empresas.
La
Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en contra del municipio de
Culiacán y a favor de Nextel, cuando Culiacán conforme a su Plan de Desarrollo
Urbano imposibilitaba la existencia de radiobases dentro de la ciudad. La Corte
reconoció que los municipios están facultados constitucionalmente para
determinar lo necesario en desarrollo urbano, pero deben considerar lo que señalen las leyes federales y estatales. En síntesis, los
municipios sí son competentes para desarrollo urbano (y por tanto decidir sobre
la instalación de antenas y construcciones de telecomunicaciones), sólo que
tienen que ver que no impidan el despliegue de redes. Esto lleva a pensar que
se requiere un liderazgo desde el Ejecutivo Federal (o próximamente del
Instituto Federal de Telecomunicaciones) y un compromiso de los municipios,
para no afectarse sus competencias constitucionales y permitir la existencia de
las telecomunicaciones. Valdría la pena pensar en un modelo de requisitos y
procedimientos para el despliegue de redes que sirva a todos los municipios del
país, los grandes y los pequeños, los sofisticados y los sencillos.
Publicidad o información. La semana pasada la sociedad mexicana
recibió mensajes encontrados sobre si Telmex había perdido o no en contra del
municipio de San Luis Potosí. Los litigios nunca son fáciles para socializarse
en los medios, porque es distinto ganar un amparo para que reponga el
procedimiento que un amparo sobre la resolución final. Lo que sí cobra relieve
es que nuevamente hay un tema entre empresas de concesiones federales y
municipios. ¿Pueden los municipios cobrarle a los concesionarios de
telecomunicaciones por la información que pongan en sus casetas telefónicas o
en sus otros equipos de telecomunicaciones?
Depende. Si la información en las casetas telefónicas es de información
del servicio que prestan (p. ej., números de la operadora, cómo marcar llamadas
de larga distancia) y está dentro de la caseta, eso no debe considerarse como
anuncios o publicidad y por tanto, no debieran estar sujetos al cobro de
derechos municipales. Pero, si en las casetas se anuncian otros servicios que
no se prestan a través de esa caseta (p. ej., Prodigy), entonces sería publicidad
tal como si esa misma caseta telefónica incluyera un anuncio de unas papas
fritas.
Independientemente
de si San Luis Potosí le gana o no a Telmex al final del litigio que todavía le
faltarán varios meses, el ayuntamiento de San Luis Potosí puede ser responsable
de violación de derechos humanos. De acuerdo a E. Villanueva (Proceso
14.04.13), el ayuntamiento no les da seguridad social a sus empleados desde
2009 con lo cual quedan en total indefensión, no se les reconoce su antigüedad,
y si requieren servicios médicos precisan de la autorización del jefe para ir a
un hospital con quien el ayuntamiento tiene un convenio y un sinfín de
irregularidades. Además de que valdría la pena que los empleados demanden al
ayuntamiento por violaciones a sus derechos fundamentales por negarles lo
mínimo que como trabajadores se merecen, ¿se fincarán responsabilidades a los
servidores públicos y/o regidores que en el ayuntamiento a cargo de Mario
García Valdez y en el anterior de Labastida Aguirre negaron la seguridad social
a sus propios empleados?
1 comentario:
Doctora, ¿y que hay con los compromisos de expansión de cobertura en áreas rurales que algunos concesionarios adquieren? ¿se estarán cumpliendo?
Publicar un comentario