Nunca se cumpliría con la fecha límite fijada por el Congreso de la Unión para registrar al menos a la mayor parte de los usuarios de teléfonos móviles, ¿cuál es la novedad? El problema en sí no es tanto si las personas se registran o no, sino que las reformas de 2009 obligan a los concesionarios de telefonía móvil a suspender el servicio a aquellas personas que no hayan registrado su celular en el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut). Esta pieza legislativa en un análisis de proporcionalidad no sobreviviría y sería un claro ejemplo de penalidad excesiva. Sin embargo, hoy día es la ley vigente.
El Renaut, por más que nos quieran convencer que es una medida para el combate al crimen organizado, no lo es, ni lo será. ¿Es justo cancelar el servicio de celular a una persona que no lo haya registrado por la incapacidad del Estado mexicano de detener la escalada de violencia y criminalidad? Al ordenar el Legislativo la suspensión de un servicio de interés público y el Ejecutivo Federal al no ejercer su poder de veto, asumieron que todos los que tenemos un teléfono celular somos sospechosos o culpables, cual si de delincuentes graves se tratara.
¿Cuáles son los escenarios para el desenlace de esta tragicomedia? Veamos.
Imposible. Todos los titulares de un teléfono móvil se registran en el Renaut, sin importarles que sus datos personales carezcan en nuestro país de protección a través de una ley.
Ideal. El Congreso de la Unión: (1) expide la ley de protección de datos personales que ya debería haber emitido, (2) amplía el plazo para el registro de teléfonos móviles, (3) elimina la sanción de suspensión del servicio móvil a aquellos que aún no se han registrado y (4) establece otros incentivos para que las personas registren su número.
El peor escenario. Los concesionarios de telefonía móvil cumplen al pie de la letra lo ordenado por la Ley Federal de Telecomunicaciones, suspenden el servicio de al menos 30´000,000 de teléfonos móviles en México con todas las afectaciones económicas a las finanzas de los concesionarios. Los 30´000,000 de personas a los que se les cancelaron sus teléfonos móviles, tendrán impactos negativos, algunos porque es un instrumento indispensable para trabajar, otros porque es su único medio de comunicación. ¿Qué pasará si una persona que sólo cuenta con el celular para comunicarse desde su hogar, se lo cancelan? Y si esta persona tiene una enfermedad o una emergencia que le impide comunicarse, ¿quién será el responsable?
Acción de la sociedad civil. La sociedad civil organizada está preparándose para presentar una demanda de amparo en contra de la ley. Seguramente se les concederá la suspensión provisional y definitiva por el Poder Judicial Federal. Sin embargo, esa suspensión solamente beneficiará a aquellos que estén representados en el amparo ante la prevalencia del principio de relatividad de las sentencias de amparo y la ausencia de acciones colectivas en nuestro país.
El mal menor. Si los concesionarios de telefonía móvil cumplieran con lo ordenado por la ley, perderán millones de pesos. Ello independientemente de la afectación significativa a toda la población y a la economía nacional. ¿Qué pasaría si los concesarionarios optaran por no suspender el servicio a pesar de que lo ordena la ley? Los usuarios de telefonía estarían profundamente agradecidos. Sin embargo, las consecuencias del incumplimiento de una ley –aun cuando sea desproporcionada e injusta- son la sanción. La sanción podría ser la más alta en telecomunicaciones que es de entre 10,000 y 100,000 salarios mínimos, esto es, entre 574,600 y 5´746,000 pesos. De acuerdo con Reforma, las pérdidas diarias por la suspensión de celulares sería de 243´000,000 de pesos diarios. Entonces, ¿será este escenario el mal menor?
Las telecomunicaciones y tecnologías de información tienen un alto impacto en la sociedad. Este es un espacio para la difusión de información objetiva y para el intercambio de opiniones en dichos temas. Por favor escriba su email cuando deje un comentario para poder responderle.
viernes, 2 de abril de 2010
Criterios no económicos, ¿novedad o maquillaje?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la acción de inconstitucionalidad en materia de telecomunicaciones determinó que en materia de radiodifusión (radio y televisión abierta), las licitaciones públicas no podrían regirse sólo por criterios económicos y declaró inconstitucional la subasta como el mecanismo para adjudicar concesiones para el uso de frecuencias de radiodifusión.
La argumentación de la Corte versó principalmente en la incidencia de la radio y televisión abierta en el ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión, así como su vínculo con la vida democrática. La Comisión Federal de Telecomunicaciones después de consultar a algunos abogados externos sobre su interpretación de esa resolución de la Corte, optó por seguir la opinión de que se tendrían que incluir criterios no económicos para las licitaciones de frecuencias para servicios conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT).
De una lectura integral y considerando las discusiones de los ministros, es debatible si la Corte al resolver la acción de inconstitucionalidad -concretamente en ese aspecto- tenía en mente las licitaciones de frecuencias conforme a la LFT. Los servicios que se prestan de acuerdo a esta ley difícilmente encuadrarían en las implicaciones con la libertad de expresión y vida democrática como lo reiteró la Corte una y otra vez por lo que hace a la radiodifusión. En realidad las comunicaciones derivadas de la LFT son privadas, excepto por lo que hace a televisión restringida.
En todo caso, Cofetel en las bases de licitación dijo que para armonizar los intereses pecuniarios de la Federación con las consideraciones de la Corte, sería ganador de la licitación el Participante (i) cuyo proyecto satisfaga los criterios no económicos, y (ii) además presente la propuesta económica más alta en uno o varios concursos conforme al “procedimiento de la propuesta económica”.
¿Cambió algo la manera de hacer las licitaciones o es sólo un juego de palabras? Veamos.
Criterios no económicos. Cofetel incluyó como criterios no económicos (1) tener capacidad jurídica (p. ej., nacionalidad, límite a la inversión extranjera), (2) contar con capacidad técnica (p. ej., principales servicios a prestar, currícula), (3) presentar carta manifestando que los recursos son de procedencia lícita, (4) entregar carta sobre el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica, (5) exhibir el Código de Prácticas Comerciales, y (6) lo relativo a los requisitos para los grupos de inversionistas.
Podrían parecer innovadores y creativos los criterios no económicos, pero realmente esos mismos criterios ya se exigían en las anteriores licitaciones. Si tomamos como referencia la licitación 19 de 2005 los criterios no económicos estaban en el Anexo 3 en los numerales 10 sobre capacidad jurídica, 11 de capacidad técnica, 13 de recursos de procedencia lícita, 14 relativo a competencia ecónomica y 18 de grupos de inversionistas. Los anteriores elementos eran requisito para participar en la licitación, aun cuando no se les catalogara como criterios no económicos. Por su parte el Código de Prácticas Comerciales, es un requisito de las concesiones de redes públicas de telecomunicaciones. Entonces, ¿cuál es la novedad o el cambio a partir de la resolución de la Corte?
Procedimiento de la Propuesta Económica. La Cofetel cuidó muy bien las palabras que emplearía en los documentos de la licitación, donde ni por equivocación se encontrará la palabra “subasta”. Sin embargo, lo que esta vez denominó “Procedimiento de la propuesta económica” no es otra cosa que el procedimiento de subasta ascendente que se ha utilizado en la última década por Cofetel. Esto es, el cambiarle el nombre de Manual de Subasta a Manual del Procedimiento de la Propuesta Económica, en nada cambia la naturaleza misma del proceso de subasta que se está empleando. ¿Para qué el maquillaje?
No hay nada nuevo bajo el Sol. Lo discutible es decir que se está cambiando el sistema de adjudicaciones de frecuencias para cumplir con la resolución de la Corte, y simplemente cambiar palabras y refrasear para proceder de la misma manera que en antaño.
La argumentación de la Corte versó principalmente en la incidencia de la radio y televisión abierta en el ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión, así como su vínculo con la vida democrática. La Comisión Federal de Telecomunicaciones después de consultar a algunos abogados externos sobre su interpretación de esa resolución de la Corte, optó por seguir la opinión de que se tendrían que incluir criterios no económicos para las licitaciones de frecuencias para servicios conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT).
De una lectura integral y considerando las discusiones de los ministros, es debatible si la Corte al resolver la acción de inconstitucionalidad -concretamente en ese aspecto- tenía en mente las licitaciones de frecuencias conforme a la LFT. Los servicios que se prestan de acuerdo a esta ley difícilmente encuadrarían en las implicaciones con la libertad de expresión y vida democrática como lo reiteró la Corte una y otra vez por lo que hace a la radiodifusión. En realidad las comunicaciones derivadas de la LFT son privadas, excepto por lo que hace a televisión restringida.
En todo caso, Cofetel en las bases de licitación dijo que para armonizar los intereses pecuniarios de la Federación con las consideraciones de la Corte, sería ganador de la licitación el Participante (i) cuyo proyecto satisfaga los criterios no económicos, y (ii) además presente la propuesta económica más alta en uno o varios concursos conforme al “procedimiento de la propuesta económica”.
¿Cambió algo la manera de hacer las licitaciones o es sólo un juego de palabras? Veamos.
Criterios no económicos. Cofetel incluyó como criterios no económicos (1) tener capacidad jurídica (p. ej., nacionalidad, límite a la inversión extranjera), (2) contar con capacidad técnica (p. ej., principales servicios a prestar, currícula), (3) presentar carta manifestando que los recursos son de procedencia lícita, (4) entregar carta sobre el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica, (5) exhibir el Código de Prácticas Comerciales, y (6) lo relativo a los requisitos para los grupos de inversionistas.
Podrían parecer innovadores y creativos los criterios no económicos, pero realmente esos mismos criterios ya se exigían en las anteriores licitaciones. Si tomamos como referencia la licitación 19 de 2005 los criterios no económicos estaban en el Anexo 3 en los numerales 10 sobre capacidad jurídica, 11 de capacidad técnica, 13 de recursos de procedencia lícita, 14 relativo a competencia ecónomica y 18 de grupos de inversionistas. Los anteriores elementos eran requisito para participar en la licitación, aun cuando no se les catalogara como criterios no económicos. Por su parte el Código de Prácticas Comerciales, es un requisito de las concesiones de redes públicas de telecomunicaciones. Entonces, ¿cuál es la novedad o el cambio a partir de la resolución de la Corte?
Procedimiento de la Propuesta Económica. La Cofetel cuidó muy bien las palabras que emplearía en los documentos de la licitación, donde ni por equivocación se encontrará la palabra “subasta”. Sin embargo, lo que esta vez denominó “Procedimiento de la propuesta económica” no es otra cosa que el procedimiento de subasta ascendente que se ha utilizado en la última década por Cofetel. Esto es, el cambiarle el nombre de Manual de Subasta a Manual del Procedimiento de la Propuesta Económica, en nada cambia la naturaleza misma del proceso de subasta que se está empleando. ¿Para qué el maquillaje?
No hay nada nuevo bajo el Sol. Lo discutible es decir que se está cambiando el sistema de adjudicaciones de frecuencias para cumplir con la resolución de la Corte, y simplemente cambiar palabras y refrasear para proceder de la misma manera que en antaño.
Junta de aclaraciones de CFT, ¿qué hay detrás?
Las licitaciones convocadas por la Comisión Federal de Telecomunicaciones serán siempre polémicas. Las historias de pasadas licitaciones no debieran olvidarse, porque de hacerlo las actuales licitaciones podrían parecer sospechosas como en el caso de lo acontecido en las juntas de aclaraciones de la semana pasada. Estas licitaciones están siguiendo el patrón de las pasadas. ¿Por qué la sorpresa?
En diversos medios –como si les hubiesen distribuido un script- se dijo que funcionarios menores o de medio nivel habían sido los que respondieron las preguntas formuladas por los interesados en participar en la licitación, que sólo dieron respuesta a algunas preguntas, y que no se admitió la réplica por parte de éstos. Estas opiniones podrían parecer basadas en hechos, pero más bien son opiniones -en el mejor de los casos- desinformadas. Veamos.
Las bases expresamente en el numeral 9 señalaron que las preguntas debían referirse a las bases, el formulario de calificación y el formato de título de concesión. Por tanto, preguntas como, por ejemplo, por qué no firmó el comisionado Peralta, simplemente no son respecto a las bases, formulario y formato de concesión, por lo cual procede desechar la pregunta y no responderla.
Si Cofetel agrupó diversas preguntas sobre el mismo tema y dio una sola respuesta, debiera ser positivo porque con ello estaría garantizando uniformidad y evitando dobles o triples interpretaciones. Por ejemplo, si tres o cuatro interesados formularon preguntas similares respecto a la carta de crédito, procede la lectura de éstas y darles una sola respuesta. ¿Qué hay de malo en ello? ¿No será que algunos preparan su estrategia de litigio a la par del juicio mediático?
El Pleno de Cofetel revisó las preguntas formuladas por los interesados y en sesión de los comisionados presentes aprobó las respuestas que se dieron en la junta de aclaraciones. Esto es, el órgano máximo de decisión de Cofetel autorizó las respuestas que deberían de darse. El Pleno no tiene que estar en cada acto de la licitación, de serlo así se llegaría al absurdo que estarían los comisionados encargados de estar presentes en el acto de recepción de los documentos de cada interesado, en cada ronda de la subasta, etcétera.
Los mal llamados “funcionarios menores o de nivel medio” en realidad se trata de servidores públicos de amplia trayectoria en Cofetel y que –sin ser comisionados- cuentan con el primer nivel después de éstos como es el caso de Rafael Eslava, Zeferino Sánchez y Carlos Silva, o de aquellos cuya especialidad es insustituible como la de Enrique Sclar en aspectos financieros y la de Luz María Saldaña en temas de espectro. ¿Por qué denostar a los funcionarios públicos? Lo que se está revelando nuevamente son las impugnaciones que se pretenden realizar en tribunales.
En las anteriores licitaciones de 2004-2005 el procedimiento fue el mismo, la única diferencia es que en éstas existieron dos juntas de aclaraciones una respecto a bases y formulario y otra respecto al formato de título. Además, en estas bases se señaló expresamente el proceso de la junta de aclaraciones, ¿por qué la sorpresa?
En las bases se estableció que las respuestas a las preguntas se realizarían en forma oral y se registrarían en una grabación misma que estará en Cofetel a disposción de los interesados en participar en la licitación. Esas fueron las reglas del juego, aunque debieran cambiar en aras de la transparencia y ponerse una transcripción a las respuestas en el sitio web de Cofetel. ¿Lo hará?
Los retos para el éxito de estas licitaciones no son despreciables, porque los grupos corporativos interesados en boicotearlas se han ido sofisticando con el tiempo en cuanto a sus estrategias litigiosas. Aun cuando pierdan en última instancia, la incertidumbre que generan es significativa. Los resultados de los litigios pueden generar incluso distorsiones al mercado en competencia y para muestras basta con los resultados de los amparos promovidos por Telcel, Movistar y Iusacell contra las licitaciones 2004-2005 en las que a los primeros les negaron el amparo y a Iusacell se lo concedieron. Un ejemplo de que aunque lo regulatorio esté bien, la conclusión puede afectar al sector por litigios fuera del control de la SCT y Cofetel. En la próxima colaboración se analizarán los criterios no económicos de la licitación.
En diversos medios –como si les hubiesen distribuido un script- se dijo que funcionarios menores o de medio nivel habían sido los que respondieron las preguntas formuladas por los interesados en participar en la licitación, que sólo dieron respuesta a algunas preguntas, y que no se admitió la réplica por parte de éstos. Estas opiniones podrían parecer basadas en hechos, pero más bien son opiniones -en el mejor de los casos- desinformadas. Veamos.
Las bases expresamente en el numeral 9 señalaron que las preguntas debían referirse a las bases, el formulario de calificación y el formato de título de concesión. Por tanto, preguntas como, por ejemplo, por qué no firmó el comisionado Peralta, simplemente no son respecto a las bases, formulario y formato de concesión, por lo cual procede desechar la pregunta y no responderla.
Si Cofetel agrupó diversas preguntas sobre el mismo tema y dio una sola respuesta, debiera ser positivo porque con ello estaría garantizando uniformidad y evitando dobles o triples interpretaciones. Por ejemplo, si tres o cuatro interesados formularon preguntas similares respecto a la carta de crédito, procede la lectura de éstas y darles una sola respuesta. ¿Qué hay de malo en ello? ¿No será que algunos preparan su estrategia de litigio a la par del juicio mediático?
El Pleno de Cofetel revisó las preguntas formuladas por los interesados y en sesión de los comisionados presentes aprobó las respuestas que se dieron en la junta de aclaraciones. Esto es, el órgano máximo de decisión de Cofetel autorizó las respuestas que deberían de darse. El Pleno no tiene que estar en cada acto de la licitación, de serlo así se llegaría al absurdo que estarían los comisionados encargados de estar presentes en el acto de recepción de los documentos de cada interesado, en cada ronda de la subasta, etcétera.
Los mal llamados “funcionarios menores o de nivel medio” en realidad se trata de servidores públicos de amplia trayectoria en Cofetel y que –sin ser comisionados- cuentan con el primer nivel después de éstos como es el caso de Rafael Eslava, Zeferino Sánchez y Carlos Silva, o de aquellos cuya especialidad es insustituible como la de Enrique Sclar en aspectos financieros y la de Luz María Saldaña en temas de espectro. ¿Por qué denostar a los funcionarios públicos? Lo que se está revelando nuevamente son las impugnaciones que se pretenden realizar en tribunales.
En las anteriores licitaciones de 2004-2005 el procedimiento fue el mismo, la única diferencia es que en éstas existieron dos juntas de aclaraciones una respecto a bases y formulario y otra respecto al formato de título. Además, en estas bases se señaló expresamente el proceso de la junta de aclaraciones, ¿por qué la sorpresa?
En las bases se estableció que las respuestas a las preguntas se realizarían en forma oral y se registrarían en una grabación misma que estará en Cofetel a disposción de los interesados en participar en la licitación. Esas fueron las reglas del juego, aunque debieran cambiar en aras de la transparencia y ponerse una transcripción a las respuestas en el sitio web de Cofetel. ¿Lo hará?
Los retos para el éxito de estas licitaciones no son despreciables, porque los grupos corporativos interesados en boicotearlas se han ido sofisticando con el tiempo en cuanto a sus estrategias litigiosas. Aun cuando pierdan en última instancia, la incertidumbre que generan es significativa. Los resultados de los litigios pueden generar incluso distorsiones al mercado en competencia y para muestras basta con los resultados de los amparos promovidos por Telcel, Movistar y Iusacell contra las licitaciones 2004-2005 en las que a los primeros les negaron el amparo y a Iusacell se lo concedieron. Un ejemplo de que aunque lo regulatorio esté bien, la conclusión puede afectar al sector por litigios fuera del control de la SCT y Cofetel. En la próxima colaboración se analizarán los criterios no económicos de la licitación.
CFE, ¿el regreso del Estado empresario?
La Comisión Federal de Electricidad a través de su unidad de negocios CFE Telecom es el nuevo entrante al sector de telecomunicaciones que quizá pueda impulsar la competencia. Por un momento olvidemos que CFE es una empresa paraestatal y veamos qué tan factible es que se constituya como un actor de peso en el sector.
CFE tiene una red de fibra óptica que ha empleado para la operación del sistema eléctrico nacional, contando actualmente con 22 mil kilómetros a lo largo y ancho de la República Mexicana. Como las comunicaciones internas de CFE a través de la fibra óptica son críticas para la debida distribución y despacho de energía eléctrica, entonces su red es de vanguardia y de alta capacida. El 10 de noviembre de 2006 CFE recibió una concesión para red pública de telecomunicaciones que lo autoriza a prestar servicios como provisión y arrendamiento de capacidad de su propia red, y comercialización de la capacidad adquirida de otros concesionarios.
Hoy por hoy CFE Telecom está ofertando al público:
(1) enlaces dedicados clear channel (el cliente utiliza el protocolo que quiera) y Ethernet, pudiendo ser enlaces locales (misma área metropolitana) o nacional y garantizando una disponibilidad de 99.92%. Para los concesionarios del sector que arriendan sus enlaces dedicados, CFE Telecom puede representar una amenaza a sus ingresos por clientes que decidan probar con la red de CFE.
(2) hoteles telecom que son sitios para interconectar redes de telecomunicaciones y éstos pueden ser hasta en 111 lugares de la República. Los hoteles telecom pueden ser una alternativa a la eterna lucha de los concesionarios de telecom por encontrar una coubicación de equipos para la interconexión en un sitio cercano a sus centrales y evitar tener que desplegar red sólo para llegar al sitio de interconexión señalado por los operadores de mayor tamaño.
(3) Internet con conexión dedicada de hasta 1 Gbps, proveyendo seguridad, sin sobresuscripción y servicio simétrico. Esta oferta de CFE es muy interesante, porque en el mercado lo que ofrecen las empresas es acceso a Internet de cierta velocidad, pero en la letra chiquita se dice que una es la velocidad para descargar información y otra para enviar información, es decir, el servicio es asimétrico. Además, en horas pico la velocidad del Internet se reduce significativamente. CFE está ofreciendo banda ancha donde antes no había esa oferta. ¡Ojalá es contribuya a combatir el rezago en banda ancha! Interesante además es que las condiciones y precios son para todos los clientes, independientemente de si están en Monterrey o en la huasteca potosina.
Sorprende también que los precios y los contratos para el sector público y privado sean públicos en Internet. Recuérdese que uno de los principios para una sana competencia es la disponibilidad de información completa y oportuna, situación que ha estado ausente en México desde que se abrió el sector de telecomunicaciones a la competencia a fines del siglo pasado.
Todo lo maravilloso que aparenta será CFE Telecom y los servicios que prestará, ¿representará el regreso del Estado empresario y una amenaza para el liberalismo? ¿Estará condenada a vivir como en el pasado lo fueron las empresas públicas sujetas a los botines políticos y compradrazgos? No creo en el determinismo y las empresas públicas si se manejan con criterios del sector privado en cuanto a eficiencia, racionalidad en el uso de recursos y calidad en el servicio, pueden ser tan exitosas como las empresas privadas. Mientras la clase política no interfiera en el desarrollo de CFE Telecom, ésta puede convertirse en factor para la competencia en México. El tiempo nos dirá si CFE Telecom es un caso déjà vu de empresas públicas setenteras o si el éxito marcará un nuevo paradigma.
¡Viva el consumidor! Nada más de pensar en ir a la Profeco, hacer fila, presentarse personalmente para la conciliación en diversas ocasiones para que al final, nos diga Profeco “dejamos a salvo sus derechos para ir a tribunales”, preferimos no quejarnos. En este caso una buena noticia, Profeco y Telcel arreglarán las diferencias con los consumidores a través de Internet en un sistema de conciliación inmediata Concilianet. Con este ejemplo de atención a cliente, ¿seguirán el resto de las empresas de telecomunicaciones?
CFE tiene una red de fibra óptica que ha empleado para la operación del sistema eléctrico nacional, contando actualmente con 22 mil kilómetros a lo largo y ancho de la República Mexicana. Como las comunicaciones internas de CFE a través de la fibra óptica son críticas para la debida distribución y despacho de energía eléctrica, entonces su red es de vanguardia y de alta capacida. El 10 de noviembre de 2006 CFE recibió una concesión para red pública de telecomunicaciones que lo autoriza a prestar servicios como provisión y arrendamiento de capacidad de su propia red, y comercialización de la capacidad adquirida de otros concesionarios.
Hoy por hoy CFE Telecom está ofertando al público:
(1) enlaces dedicados clear channel (el cliente utiliza el protocolo que quiera) y Ethernet, pudiendo ser enlaces locales (misma área metropolitana) o nacional y garantizando una disponibilidad de 99.92%. Para los concesionarios del sector que arriendan sus enlaces dedicados, CFE Telecom puede representar una amenaza a sus ingresos por clientes que decidan probar con la red de CFE.
(2) hoteles telecom que son sitios para interconectar redes de telecomunicaciones y éstos pueden ser hasta en 111 lugares de la República. Los hoteles telecom pueden ser una alternativa a la eterna lucha de los concesionarios de telecom por encontrar una coubicación de equipos para la interconexión en un sitio cercano a sus centrales y evitar tener que desplegar red sólo para llegar al sitio de interconexión señalado por los operadores de mayor tamaño.
(3) Internet con conexión dedicada de hasta 1 Gbps, proveyendo seguridad, sin sobresuscripción y servicio simétrico. Esta oferta de CFE es muy interesante, porque en el mercado lo que ofrecen las empresas es acceso a Internet de cierta velocidad, pero en la letra chiquita se dice que una es la velocidad para descargar información y otra para enviar información, es decir, el servicio es asimétrico. Además, en horas pico la velocidad del Internet se reduce significativamente. CFE está ofreciendo banda ancha donde antes no había esa oferta. ¡Ojalá es contribuya a combatir el rezago en banda ancha! Interesante además es que las condiciones y precios son para todos los clientes, independientemente de si están en Monterrey o en la huasteca potosina.
Sorprende también que los precios y los contratos para el sector público y privado sean públicos en Internet. Recuérdese que uno de los principios para una sana competencia es la disponibilidad de información completa y oportuna, situación que ha estado ausente en México desde que se abrió el sector de telecomunicaciones a la competencia a fines del siglo pasado.
Todo lo maravilloso que aparenta será CFE Telecom y los servicios que prestará, ¿representará el regreso del Estado empresario y una amenaza para el liberalismo? ¿Estará condenada a vivir como en el pasado lo fueron las empresas públicas sujetas a los botines políticos y compradrazgos? No creo en el determinismo y las empresas públicas si se manejan con criterios del sector privado en cuanto a eficiencia, racionalidad en el uso de recursos y calidad en el servicio, pueden ser tan exitosas como las empresas privadas. Mientras la clase política no interfiera en el desarrollo de CFE Telecom, ésta puede convertirse en factor para la competencia en México. El tiempo nos dirá si CFE Telecom es un caso déjà vu de empresas públicas setenteras o si el éxito marcará un nuevo paradigma.
¡Viva el consumidor! Nada más de pensar en ir a la Profeco, hacer fila, presentarse personalmente para la conciliación en diversas ocasiones para que al final, nos diga Profeco “dejamos a salvo sus derechos para ir a tribunales”, preferimos no quejarnos. En este caso una buena noticia, Profeco y Telcel arreglarán las diferencias con los consumidores a través de Internet en un sistema de conciliación inmediata Concilianet. Con este ejemplo de atención a cliente, ¿seguirán el resto de las empresas de telecomunicaciones?
Reformas legales, ¿para qué? [publicado en la revista etcétera]
En telecomunicaciones no se requieren reformas legales, sino cumplimiento de la ley vigente. Hacer realidad el Estado de Derecho en México es lo que sigue siendo una utopía. Es cierto que el marco jurídico es perfectible y que con algunas adecuaciones sin duda se mejoraría, pero de nada servirá una ley de telecomunicaciones perfecta si su inobservancia es la regla.
Con las leyes actuales de telecomunicaciones, de radio y televisión el Ejecutivo Federal -a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Telecomunicaciones-: (1) podría haber al menos emitir una política de telecomunicaciones que no existe, (2) podría realizar licitaciones para la existencia de nuevos radiodifusores y para incentivar la pluralidad, sin que a la fecha se vislumbre que en algún momento de este sexenio se darán, (3) para que existiera más competencia podría expedir nuevas concesiones de redes públicas de telecomunicaciones en el plazo de 120 días que establece la ley en lugar de tardarse más de 1 año si tiene suerte (o contactos) el solicitante, (4) podría decretar más bandas de frecuencia de uso libre para que se aprovechara este bien de la Nación por todos y se incentivara la creatividad tecnológica en México, (5) etcétera…
Si México fuera el mundo ideal, y el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal trabajaran por el interés público, ¿cuáles serían las reformas convenientes al marco legal de las telecomunicaciones?
1. Convergencia o divergencia. Aunque la radio y la televisión abierta han estado sujetas a su propia ley desde 1960, son parte de las telecomunicaciones.
Si se pretende apostar a la convergencia, las leyes deben dejar de ser divergentes. Una ley para las telecomunicaciones (excepto telegrafía) y una ley para lo relativo a contenidos, de tal suerte que la ley de telecomunicaciones regulara infraestructura y los operadores del sector (p. ej., obligaciones de interconexión), en tanto que lo aplicable a contenidos fuera neutro tecnológicamente.
2. Usuario. A pesar de ser la justificación de la importancia de las telecomunicaciones, el gran ausente en la aplicación del marco jurídico ha sido el usuario. ¿En qué momento se escucha la voz del ciudadano de a pie y de sus necesidades cuando se emite regulación de telecomunicaciones? Nunca, salvo raras excepciones como cuando organizaciones como Alconsumidor formula comentarios o denuncia abusos a los usuarios. Por lo que una reforma legal debe establecer un consejo consultivo de usuarios de telecomunicaciones como existe en Reino Unido o en EUA. Este consejo será el responsable de hacer análisis de los proyectos de regulación y emitir comentarios desde la perspectiva de los usuarios, estando las autoridades obligadas a tomar en consideración los comentarios del consejo.
3. Usuarios con discapacidad. México incumple la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que es parte de la ley suprema de nuestro país, en cuanto a telecomunicaciones se refiere. Para que al menos el Estado mexicano no violentara la Convención, la ley debiera de prever que los programas y anuncios gubernamentales en televisión contengan subtítulos, así como que gradualmente las productoras de contenido televisivo produjeran programas con subtítulos. Además, los demás servicios de telecomunicaciones debieran prever funcionalidad para que sean accesibles y asequibles a personas con discapacidad.
4. Cofetel. Cofetel es parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y es el regulador de telecomunicaciones. Sin embargo, carece de facultades para sancionar, por lo cual sólo emite opiniones de sanción. Si se pretende fortalecer (o más bien disminuir su debilidad) a Cofetel, debe tener facultad de sancionar directamente y bajo un procedimiento de sanción sumario. Además, deberá poder realizar verificaciones de la calidad de servicios y publicar los resultados para que la población pueda contar con la información necesaria para contrar o no a una empresa de telecomunicaciones. En el mundo ideal también sería conveniente que Cofetel tuviera otra figura jurídica como puede ser de organismo descentralizado.
5. Transparencia. Cofetel y la SCT deben ser transparentes. Las sesiones del Pleno de Cofetel deben ser públicas y transmitidas vía internet. Los trámites tanto en Cofetel como en la SCT deben ser públicos en el sentido de que un particular pueda conocer en qué estado se encuentra su solicitud, sin tener que recurrir a contactos o a información extraoficial. Además, las bases de licitación de concesiones para frecuencias de uso determinado deben ser públicas, porque al ser las frecuencias un bien de dominio público de la Nación, todos los mexicanos tenemos derecho a sabes los términos y condiciones bajo los cuales el gobierno está ofertando el uso de frecuencias. Por lo cual, una reforma a la ley exigiría la transparencia al menos de las sesiones del Pleno de Cofetel, en el proceso de resolución de los trámites y de las bases de licitación de concesiones para uso de frecuencias.
Existen muchos aspectos a considerar en una reforma en el sector de telecomunicaciones. El escepticismo del sector sobre si habrá o no modificaciones legales, sobre si serán en beneficio de un grupo o del interés público, no es gratuito. La experiencia al menos de este siglo es que las discusiones en el Congreso de la Unión han sido, en el mejor de los casos, infructíferas. Para muestras bastan dos botones: la Conferencia Parlamentaria de Telecomunicaciones (2002) y el Grupo Plural del Senado (2008). Una reforma legal a las telecomunicaciones debe ser incluyente y exigir el compromiso de los legisladores con el interés general, ¿sucederá?
Con las leyes actuales de telecomunicaciones, de radio y televisión el Ejecutivo Federal -a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Telecomunicaciones-: (1) podría haber al menos emitir una política de telecomunicaciones que no existe, (2) podría realizar licitaciones para la existencia de nuevos radiodifusores y para incentivar la pluralidad, sin que a la fecha se vislumbre que en algún momento de este sexenio se darán, (3) para que existiera más competencia podría expedir nuevas concesiones de redes públicas de telecomunicaciones en el plazo de 120 días que establece la ley en lugar de tardarse más de 1 año si tiene suerte (o contactos) el solicitante, (4) podría decretar más bandas de frecuencia de uso libre para que se aprovechara este bien de la Nación por todos y se incentivara la creatividad tecnológica en México, (5) etcétera…
Si México fuera el mundo ideal, y el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal trabajaran por el interés público, ¿cuáles serían las reformas convenientes al marco legal de las telecomunicaciones?
1. Convergencia o divergencia. Aunque la radio y la televisión abierta han estado sujetas a su propia ley desde 1960, son parte de las telecomunicaciones.
Si se pretende apostar a la convergencia, las leyes deben dejar de ser divergentes. Una ley para las telecomunicaciones (excepto telegrafía) y una ley para lo relativo a contenidos, de tal suerte que la ley de telecomunicaciones regulara infraestructura y los operadores del sector (p. ej., obligaciones de interconexión), en tanto que lo aplicable a contenidos fuera neutro tecnológicamente.
2. Usuario. A pesar de ser la justificación de la importancia de las telecomunicaciones, el gran ausente en la aplicación del marco jurídico ha sido el usuario. ¿En qué momento se escucha la voz del ciudadano de a pie y de sus necesidades cuando se emite regulación de telecomunicaciones? Nunca, salvo raras excepciones como cuando organizaciones como Alconsumidor formula comentarios o denuncia abusos a los usuarios. Por lo que una reforma legal debe establecer un consejo consultivo de usuarios de telecomunicaciones como existe en Reino Unido o en EUA. Este consejo será el responsable de hacer análisis de los proyectos de regulación y emitir comentarios desde la perspectiva de los usuarios, estando las autoridades obligadas a tomar en consideración los comentarios del consejo.
3. Usuarios con discapacidad. México incumple la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que es parte de la ley suprema de nuestro país, en cuanto a telecomunicaciones se refiere. Para que al menos el Estado mexicano no violentara la Convención, la ley debiera de prever que los programas y anuncios gubernamentales en televisión contengan subtítulos, así como que gradualmente las productoras de contenido televisivo produjeran programas con subtítulos. Además, los demás servicios de telecomunicaciones debieran prever funcionalidad para que sean accesibles y asequibles a personas con discapacidad.
4. Cofetel. Cofetel es parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y es el regulador de telecomunicaciones. Sin embargo, carece de facultades para sancionar, por lo cual sólo emite opiniones de sanción. Si se pretende fortalecer (o más bien disminuir su debilidad) a Cofetel, debe tener facultad de sancionar directamente y bajo un procedimiento de sanción sumario. Además, deberá poder realizar verificaciones de la calidad de servicios y publicar los resultados para que la población pueda contar con la información necesaria para contrar o no a una empresa de telecomunicaciones. En el mundo ideal también sería conveniente que Cofetel tuviera otra figura jurídica como puede ser de organismo descentralizado.
5. Transparencia. Cofetel y la SCT deben ser transparentes. Las sesiones del Pleno de Cofetel deben ser públicas y transmitidas vía internet. Los trámites tanto en Cofetel como en la SCT deben ser públicos en el sentido de que un particular pueda conocer en qué estado se encuentra su solicitud, sin tener que recurrir a contactos o a información extraoficial. Además, las bases de licitación de concesiones para frecuencias de uso determinado deben ser públicas, porque al ser las frecuencias un bien de dominio público de la Nación, todos los mexicanos tenemos derecho a sabes los términos y condiciones bajo los cuales el gobierno está ofertando el uso de frecuencias. Por lo cual, una reforma a la ley exigiría la transparencia al menos de las sesiones del Pleno de Cofetel, en el proceso de resolución de los trámites y de las bases de licitación de concesiones para uso de frecuencias.
Existen muchos aspectos a considerar en una reforma en el sector de telecomunicaciones. El escepticismo del sector sobre si habrá o no modificaciones legales, sobre si serán en beneficio de un grupo o del interés público, no es gratuito. La experiencia al menos de este siglo es que las discusiones en el Congreso de la Unión han sido, en el mejor de los casos, infructíferas. Para muestras bastan dos botones: la Conferencia Parlamentaria de Telecomunicaciones (2002) y el Grupo Plural del Senado (2008). Una reforma legal a las telecomunicaciones debe ser incluyente y exigir el compromiso de los legisladores con el interés general, ¿sucederá?
Licitaciones: ¿se avecina una tormenta?
Las licitaciones de concesiones para el uso de frecuencias para servicios móviles de banda ancha se espera sean un éxito de acuerdo con la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Independientemente de los escándalos como aquel de las prórrogas a Unefon autorizadas por el actual Secretario del Trabajo, Javier Lozano, cuando era presidente de Cofetel y que al finalizar los litigios le pueden costar a todos los mexicanos más de 3,000 millones de pesos (Revista etcetera), la historia de las licitaciones ha mostrado el camino tortuoso que éstas son por los litigios de los que buscan evitar tener más competencia y también de aquellos que han ofrecido pagar cierta contraprestación al gobierno federal y después la impugnan judicialmente.
Para poder participar en la licitación es requisito adquirir las bases de licitación. La Cofetel anunció que 49 personas habían adquirido las bases de la frecuencia 1.7 GHz y 44 la de 1.9 GHz. Cofetel explicó “que espera que el proceso sea exitoso debido a que el alto precio de las bases (20 mil pesos) garantiza que los interesados que las han adquirido tienen una meta firme de poder participar en el proceso” (Excélsior). Sin contar que dicha explicación refleja que el derecho a saber de los mexicanos de los términos en que se licitará un bien de dominio de la Nación sólo estaría limitado a aquellos que tengan recursos económicos, el número de adquirentes de las bases más que una garantía de participación en el proceso como lo expone Cofetel, puede ser el primer paso para justificar el interés jurídico en los litigios que se avecinan.
¿Por qué un grupo corporativo adquirió 12 bases de licitación a través de sus diferentes empresas? ¿Les sobra el dinero y/o no existe coordinación entre ellas o participarán algunas de esas empresas y otras litigarán? No deja de llamar la atención que Grupo Salinas haya adquirido de ambas licitaciones 12 bases a través de empresas que conforme a la Comisión Federal de Competencia deben considerarse como un solo agente económico como es el caso de Iusacell PCS de México, Iusacell PCS, Comunicaciones Celulares de Occidente, Operadora Unefón, Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, Portatel del Sureste, Telecomunicaciones del Golfo y SOS de Telecomunicaciones. Recuérdese que en las últimas licitaciones de este tipo que iniciaron en 2004, entre otras empresas, Iusacell PCS, Comunicaciones Celulares de Occidente y Operadora Unefón promovieron amparos en contra del programa de licitación.
En las anteriores licitaciones el mecanismo para seleccionar al ganador de la licitación fue el de seguir una subasta simultánea ascendente como se ha hecho en EUA. El principio subyacente es que aquél que estuviera dispuesto a pagar el precio más alto, sería aquél que pretendiera darle un mejor uso al espectro. Sin embargo, en la práctica se ha dado que algunos operadores adquieren más espectro no por una necesidad en cuanto al número de usuarios o de los servicios de banda ancha que están proveyendo, sino como una manera de limitar la entrada de nuevos competidores y de artificialmente hacer escaso el espectro como una práctica anticompetitiva.
En estas licitaciones los criterios para seleccionar a los ganadores serán ecónmicos y no económicos. El establecer criterios no económicos ha sido realizado en otros países. Sin embargo, la gran pregunta es, ¿cómo se realizará la evaluación de los criterios no económicos y cuánto margen de discrecionalidad habrá? Este asunto es delicado porque cuando el criterio para seleccionar al ganador es económico, es fácil determinar quién fue el que ofreció la puja más alta. En cambio, en un proceso de licitación excluido del escrutinio público mientras se lleva a cabo el mismo, ¿cómo garantizar a la ciudadanía que el proceso es íntegro, transparente y que el ganador fue aquél que lo merecía?
Con todos los pormenores y cuestionamientos que puedan haber, las licitaciones han comenzado lo cual es una excelente noticia. El éxito de éstas podrá beneficiar al país con más competencia, mejores servicios, mayor cobertura y –esperemos- menores precios.
Para poder participar en la licitación es requisito adquirir las bases de licitación. La Cofetel anunció que 49 personas habían adquirido las bases de la frecuencia 1.7 GHz y 44 la de 1.9 GHz. Cofetel explicó “que espera que el proceso sea exitoso debido a que el alto precio de las bases (20 mil pesos) garantiza que los interesados que las han adquirido tienen una meta firme de poder participar en el proceso” (Excélsior). Sin contar que dicha explicación refleja que el derecho a saber de los mexicanos de los términos en que se licitará un bien de dominio de la Nación sólo estaría limitado a aquellos que tengan recursos económicos, el número de adquirentes de las bases más que una garantía de participación en el proceso como lo expone Cofetel, puede ser el primer paso para justificar el interés jurídico en los litigios que se avecinan.
¿Por qué un grupo corporativo adquirió 12 bases de licitación a través de sus diferentes empresas? ¿Les sobra el dinero y/o no existe coordinación entre ellas o participarán algunas de esas empresas y otras litigarán? No deja de llamar la atención que Grupo Salinas haya adquirido de ambas licitaciones 12 bases a través de empresas que conforme a la Comisión Federal de Competencia deben considerarse como un solo agente económico como es el caso de Iusacell PCS de México, Iusacell PCS, Comunicaciones Celulares de Occidente, Operadora Unefón, Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, Portatel del Sureste, Telecomunicaciones del Golfo y SOS de Telecomunicaciones. Recuérdese que en las últimas licitaciones de este tipo que iniciaron en 2004, entre otras empresas, Iusacell PCS, Comunicaciones Celulares de Occidente y Operadora Unefón promovieron amparos en contra del programa de licitación.
En las anteriores licitaciones el mecanismo para seleccionar al ganador de la licitación fue el de seguir una subasta simultánea ascendente como se ha hecho en EUA. El principio subyacente es que aquél que estuviera dispuesto a pagar el precio más alto, sería aquél que pretendiera darle un mejor uso al espectro. Sin embargo, en la práctica se ha dado que algunos operadores adquieren más espectro no por una necesidad en cuanto al número de usuarios o de los servicios de banda ancha que están proveyendo, sino como una manera de limitar la entrada de nuevos competidores y de artificialmente hacer escaso el espectro como una práctica anticompetitiva.
En estas licitaciones los criterios para seleccionar a los ganadores serán ecónmicos y no económicos. El establecer criterios no económicos ha sido realizado en otros países. Sin embargo, la gran pregunta es, ¿cómo se realizará la evaluación de los criterios no económicos y cuánto margen de discrecionalidad habrá? Este asunto es delicado porque cuando el criterio para seleccionar al ganador es económico, es fácil determinar quién fue el que ofreció la puja más alta. En cambio, en un proceso de licitación excluido del escrutinio público mientras se lleva a cabo el mismo, ¿cómo garantizar a la ciudadanía que el proceso es íntegro, transparente y que el ganador fue aquél que lo merecía?
Con todos los pormenores y cuestionamientos que puedan haber, las licitaciones han comenzado lo cual es una excelente noticia. El éxito de éstas podrá beneficiar al país con más competencia, mejores servicios, mayor cobertura y –esperemos- menores precios.
Claroscuros del 2009 en telecomunicaciones
El 2009 ha sido un año de claroscuros en el sector de telecomunicaciones. Con aciertos y desaciertos está a punto de finalizar otro año sin que México tenga una política pública de telecomunicaciones. Hagamos un recuento y recuérdese que algunos temas pueden ser al mismo tiempo positivos para unos y negativos para otros.
Las tan anunciadas licitaciones para concesiones de frecuencias de uso determinado de telecomunicaciones, cuyo primer programa de licitación fue publicado en 2007, se realizarán hasta el 2010. Muchas pueden ser las justificaciones del retraso de este tipo de licitaciones, sin embargo, un análisis objetivo concluiría que todos esos años de retraso han sido tiempo perdido innecesariamente.
La Cámara de Diputados aprobó asignar recursos para la creación del Sistema Satelital para Seguridad Nacional y Conectividad México. Aunque su creación llevará algunos años, resultaba impostergable su establecimiento.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de diversos preceptos del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. A la Comisión Federal de Telecomunicaciones se le devolvieron facultades que jamás debieron de habérsele quitado por el simple hecho de que la ley se las concedió y que, por jerarquía de normas, un reglamento no puede modificar.
La Comisión Federal de Electricidad y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes anunciaron que se licitará un par de hilos de fibra oscura del sistema eléctrico nacional. El debate se ha centrado en por qué sólo un par de hilos y no más hilos, lo cierto es que todos coinciden que será un medida positiva para el sector. Ojalá se trasladen los beneficios al consumidor.
Telmex continúa sin que se le modifique su concesión para permitirle prestar video. La gran pregunta es, ¿hasta cuándo se le resolverá la modificación solicitada? Por declaraciones oficiales, pareciera que esto tardará. Los consumidores sin duda no son los beneficiados de esta falta de resolución, pero ¿a quién beneficia la no modificación de la concesión de Telmex?
La Comisión Federal de Competencia estuvo muy activa en el sector de telecomunicaciones, declarando dominante en diversos mercados a Telmex y Telcel.
El Fondo de Cobertura Social de Telecomunicaciones (Focosote) sigue en espera que se definan nuevos proyectos para llevar telecomunicaciones a poblaciones alejadas o grupos marginados. En lo que va del sexenio del Presidente Felipe Calderón, el Focosote ha estado inmóvil, lo cual implica una pérdida en términos reales, toda vez que personas y localidades que pudieron beneficiarse de contar con tecnologías de información y comunicaciones, no lo fueron por omisión del poder público.
No ha habido –ni se vislumbran en el futuro próximo- licitaciones para nuevas estaciones de televisión y radio abierta. ¿Hasta cuándo continuará la inmovilidad en este tema?
Los refrendos de muchos radiodifusores de radio abierta siguen en espera de acción por parte de la SCT. Se puede decir que están en el limbo: presentaron solicitud para que se les refrendaran sus concesiones, venció la vigencia de sus concesiones y no saben, ni se sabe qué pasará. La incertidumbre jurídica en la que viven es un pésimo indicador para la inversión privada en el sector de telecomunicaciones.
La corriente de trasparencia no ha llegado a las sesiones del Pleno de Cofetel, ni a las bases de licitación de espectro radioeléctrico. ¿Llegará algún día?
No hubo las tan necesarias reformas legislativas en el sector, pero ya existen iniciativas y los encontronazos no esperaron los festejos decembrinos.
Las tan anunciadas licitaciones para concesiones de frecuencias de uso determinado de telecomunicaciones, cuyo primer programa de licitación fue publicado en 2007, se realizarán hasta el 2010. Muchas pueden ser las justificaciones del retraso de este tipo de licitaciones, sin embargo, un análisis objetivo concluiría que todos esos años de retraso han sido tiempo perdido innecesariamente.
La Cámara de Diputados aprobó asignar recursos para la creación del Sistema Satelital para Seguridad Nacional y Conectividad México. Aunque su creación llevará algunos años, resultaba impostergable su establecimiento.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de diversos preceptos del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. A la Comisión Federal de Telecomunicaciones se le devolvieron facultades que jamás debieron de habérsele quitado por el simple hecho de que la ley se las concedió y que, por jerarquía de normas, un reglamento no puede modificar.
La Comisión Federal de Electricidad y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes anunciaron que se licitará un par de hilos de fibra oscura del sistema eléctrico nacional. El debate se ha centrado en por qué sólo un par de hilos y no más hilos, lo cierto es que todos coinciden que será un medida positiva para el sector. Ojalá se trasladen los beneficios al consumidor.
Telmex continúa sin que se le modifique su concesión para permitirle prestar video. La gran pregunta es, ¿hasta cuándo se le resolverá la modificación solicitada? Por declaraciones oficiales, pareciera que esto tardará. Los consumidores sin duda no son los beneficiados de esta falta de resolución, pero ¿a quién beneficia la no modificación de la concesión de Telmex?
La Comisión Federal de Competencia estuvo muy activa en el sector de telecomunicaciones, declarando dominante en diversos mercados a Telmex y Telcel.
El Fondo de Cobertura Social de Telecomunicaciones (Focosote) sigue en espera que se definan nuevos proyectos para llevar telecomunicaciones a poblaciones alejadas o grupos marginados. En lo que va del sexenio del Presidente Felipe Calderón, el Focosote ha estado inmóvil, lo cual implica una pérdida en términos reales, toda vez que personas y localidades que pudieron beneficiarse de contar con tecnologías de información y comunicaciones, no lo fueron por omisión del poder público.
No ha habido –ni se vislumbran en el futuro próximo- licitaciones para nuevas estaciones de televisión y radio abierta. ¿Hasta cuándo continuará la inmovilidad en este tema?
Los refrendos de muchos radiodifusores de radio abierta siguen en espera de acción por parte de la SCT. Se puede decir que están en el limbo: presentaron solicitud para que se les refrendaran sus concesiones, venció la vigencia de sus concesiones y no saben, ni se sabe qué pasará. La incertidumbre jurídica en la que viven es un pésimo indicador para la inversión privada en el sector de telecomunicaciones.
La corriente de trasparencia no ha llegado a las sesiones del Pleno de Cofetel, ni a las bases de licitación de espectro radioeléctrico. ¿Llegará algún día?
No hubo las tan necesarias reformas legislativas en el sector, pero ya existen iniciativas y los encontronazos no esperaron los festejos decembrinos.
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