La polémica desatada por el servicio de HiTV de Grupo Salinas está lejos de finalizar. Se presenta como un dilema, ¿el beneficio tecnológico debe ceder al marco jurídico o éste a aquél? TV Azteca está haciendo un uso más eficiente de las frecuencias que recibió como canal espejo o digital. ¿No debería mejor premiársele en vez de condenarla? Si un mexicano por comprar un equipo de 1,999 pesos puede ver los canales de televisión abiertos 2, 4, 5, 7, 9, 13, 28 y 40 (“HiTV clásico”), los canales de “HiTV evolución” (p. ej., Pambol) y otros en “HiTV plus” (públicamente no se sabe cuáles serán), ¿por qué estar en contra de ello? Si esa misma persona quisiera gozar de esa cantidad de canales digitales tendría al menos que pagar 399 pesos por instalación y mensualmente 149 pesos.
La transición a la TV digital lleva tiempo. Ningún país puede de la noche a la mañana cambiar todos los televisores de su población para que ésta cuente con televisores digitales. Durante el plazo que requiera ese cambio, los países han otorgado a las televisoras dos canales, uno analógico (tradicional) y otro canal adicional para transmitir el contenido con tecnología digital. A este último se le conoce como canal espejo. Canal espejo no es un término caprichoso, sino que refiere a que el contenido programático y de publicidad del canal analógico (p. ej., Canal 13), debe reflejarse idéntico –como un espejo- en el canal digital (p. ej., Canal 1 que es el mismo Canal 13, pero en señal digital).
El Acuerdo para la transición a la televisión digital terrestre en México estableció expresamente que se asignaría temporalmente un canal adicional “para realizar transmisiones digitales simultáneas de la programación transmitida por cada canal analógico” (numeral 3 y 6.2). Además, reiteró el contenido del artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones en su numeral 7.3 al señalar que el concesionario que “preste un servicio de telecomunicaciones sin contar con la concesión o permiso en términos de lo que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y las disposiciones legales aplicables, perderá en beneficio de la Nación los bienes, instalaciones y equipos empleados en la comisión de dichas infracciones”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que “la concesión se encuentra, en todos los casos, sujeta a un uso específico y determinado, además de suponer la adjudicación de una zona geográfica de cobertura”, y que era inconstitucional un artículo que permitía prestar servicios adicionales de telecomunicaciones en la frecuencia asignada mediante una solicitud (Considerando Décimo Cuarto y Décimo Quinto).
TV Azteca argumenta que con HiTV está haciendo un uso más eficiente de las frecuencias. Cierto, pero si el marco jurídico no se lo permite, ¿debe prevalecer la tecnología o el Estado de Derecho?
TV Azteca dice que no tiene prohibido dar HiTV y que no está comercializando el servicio. Olvida que usar una frecuencia no es un derecho que le corresponda a TV Azteca. El que no esté prohibido, tampoco quiere decir que le esté permitido, toda vez que es en virtud de la concesión que recibe el derecho de usar la frecuencia conforme a las condiciones de la concesión.
Si la Cofetel y la SCT encuadran a HiTV como TV de paga, entonces la consecuencia para TV Azteca será perder “en beneficio de la Nación los bienes, instalaciones y equipos empleados en la comisión de dichas infracciones”.
Cofetel tiene la facultad de ordenar la suspensión de HiTV, lo cual se confirma con la tesis jurisprudencial “Comisión Federal de Telecomunicaciones. Su Presidente está facultado para suspender la comercialización, publicidad y facturación de un servicio de telecomunicaciones que no ha sido aprobado y registrado por dicho órgano”. ¿Por qué Cofetel no lo ha hecho?
Si en el canal digital TV Azteca puede transmitir 20 o más canales, ¿por qué el Secretario Molinar Horcasitas mejor no rescata una parte de los 6 MHz del canal espejo para crear un canal de TV con contenidos de interés público?
Si el expediente de sanción no se integra debidamente por las autoridades, TV Azteca triunfará. El caso HiTV mostrará la fortaleza o debilidad de la SCT y la Cofetel al hacer cumplir el Estado de Derecho. ¡Hagan sus apuestas!
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