“(…) la Ley actualmente en vigor limita innecesariamente las posibilidades de participación de la inversión extranjera en algunos sectores y establece requisitos de desempeño que son contrarios al proceso de globalización y distorsionan las actividades económicas del país (…)”. Esta frase sigue siendo aplicable en las telecomunicaciones en México, aun cuando es de 1993 cuando el entonces Presidente Salinas de Gortari presentó la iniciativa de la Ley de Inversiones Extranjeras. Sin duda ésta representó un gran cambio al establecer que la inversión extranjera podría participar en cualquier sector al 100%, excepto en aquellos sectores en los que se señalara un límite (p. ej., telecomunicaciones) o se reservara sólo para mexicanos (p. ej., radiodifusión).
Debiera existir alguna racionalidad para tener límites a la inversión extranjera en determinado sector. En especial porque éstos pueden ser el disfraz de la protección de una o varias empresas, sin que ello se traduzca en un beneficio a la sociedad. Los motivos para el límite en telecomunicaciones del 49% a la inversión extranjera no están explicitados ni en la iniciativa de la Ley de Inversiones Extranjeras, ni en la exposición de motivos de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Dicho límite carecía y carece de justificación, y por mucho tiempo fue impensable que pudiera reformarse.
Ahora, diversos diputados han presentado una iniciativa que propone remover el límite de inversión extranjera para concesiones de redes públicas de telecomunicaciones y para bandas de frecuencias, siempre y cuando se obtenga aprobación de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE) y prevalezcan condiciones similares de apertura en el país de origen del capital extranjero. El eliminar estas restricciones es positivo, porque (i) los concesionarios podrán obtener financiamiento en mejores condiciones, (ii) podrá existir más competencia y en mejores condiciones, y (iii) los usuarios podremos aspirar a tener mejores tarifas. No obstante, la iniciativa requiere enriquecerse en dos aspectos.
Primero, suprimir la aprobación de la CNIE y que sea la autoridad de comunicaciones que verifique si existe reciprocidad del país de origen respecto a inversiones en telecomunicaciones. Esto mismo es lo que se realiza hoy día en concesiones sobre satélites extranjeros, cuando la Cofetel verifica que exista un acuerdo internacional en el que se otorgue reciprocidad a los satélites mexicanos. Además, la iniciativa señala que la resolución favorable de la CNIE “debe ser vista como un paso importante en un proceso continuo de atención de las demandas sociales y del aparato productivo en materia de telecomunicaciones”. Sin embargo, esto no justifica añadir actividad burocrática, además ¿cuál es la relación de la CNIE, las demandas sociales y el aparato productivo?
Segundo, la iniciativa deja fuera las concesiones en materia satelital. ¿Por qué? Los satélites tienen la capacidad de prestar servicios sobre la “huella” que abarca territorios de varios países, de ahí su naturaleza internacional. Más aún, sería incongruente eliminar el límite de inversión extranjera a ciertas concesiones de telecomunicaciones, pero no a aquellas que son de satélites extranjeros. Los concesionarios satelitales cuentan, injustificadamente, con el marco regulatorio más restrictivo de todo el sector de telecomunicaciones lo que se traduce en lastres para que sean competitivos. Si se va a permitir 100% de inversión extranjera, se debe incluir a las concesiones de satélites nacionales y extranjeros.
Finalmente, la iniciativa refiere que dentro de las voces que se han manifestado por cambios en inversión extranjera está la del Ing. Slim Helú, lo cual está plasmado como una justificación de la propuesta de reformas. Inevitablemente surge la pregunta, ¿deben los legisladores justificar una iniciativa por el visto bueno que den los empresarios o debieran basarse en lo que demanda el interés general?
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