La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó la discusión en torno a la Ley Televisa, declarando contrarios a la Constitución sus aspectos medulares. A diferencia del sometimiento generalizado durante la aprobación de la Ley Televisa por el Congreso con el aval del Presidente Fox, la Corte cumplió con su función de velar por la Constitución sin dejarse presionar por nadie, devolviéndosenos la confianza en las instituciones públicas a todos los habitantes de este país.
En la recta final, la Corte confirmó que son constitucionales las licitaciones públicas para el otorgamiento de concesiones para radio y televisión al público. Sin embargo, el criterio económico que implica la subasta pública es inconstitucional porque se estaría privilegiando a los grupos económicos más poderosos en lugar de favorecer la pluralidad. Entonces cuando declaran políticos mexicanos que “se está dando mayor discrecionalidad al Presidente Calderón que la que tiene hoy el Presidente Chávez de Venezuela”, lo que están reflejando -en el mejor de los casos-, es desconocimiento absoluto de lo resuelto por la Corte. La Corte dijo sí a las licitaciones públicas que son un mecanismo transparente, pero no a la subasta que pondría bienes indispensables para la libertad de expresión al servicio del dinero.
El pase automático de los concesionarios de televisión comercial para prestar servicios adicionales de telecomunicaciones fue declarado inconstitucional. Recuérdese que los actuales concesionarios no tuvieron que pasar por licitación, ni tampoco pagaron por el uso del espectro, mientras que los concesionarios de telecomunicaciones sí tuvieron que licitar y pagar una contraprestación. Por ello la Corte determinó que es una discriminación injustificada que para prestar servicios de telecomunicaciones unos paguen y otros no. Ahora difunden los defensores de la Ley Televisa que México se retrasará tecnológicamente y la modernización de la radio puede suspenderse por la decisión de la Corte. Falso. Ni antes de la Ley Televisa, ni con ella, ni tras la resolución de la Corte, se beneficiaba u obstaculizaba la modernización y convergencia. Nunca se pronunció la Corte contra la convergencia tecnológica, sino únicamente contra la violación del principio de igualdad.
Respecto al plazo fijo de 20 años para concesiones de radio y televisión comercial, la Corte determinó que es inconstitucional establecer un plazo fijo, toda vez que se perdería la rectoría del Estado sobre bienes públicos. Además, los Ministros expresaron sus inquietudes respecto a plazos tan largos para bienes que son indispensables para la función social de radiodifusión. Hoy día los que preferirían que la Ley Televisa estuviera por encima de la Constitución difunden presagios de repercusiones negativas para concesiones de otros sectores y desincentivos para la inversión. ¿Es continuación de su campaña de distorsión de la información? Porque, si hubieran seguido las discusiones de los Ministros, se darían cuenta de que es infundado lo que dicen.
Una y otra vez se puso de relieve la importancia de la radio y televisión al público por estar vinculadas a la libertad de expresión y al régimen democrático, lo cual no sería aplicable a los demás sectores. De acuerdo a las argumentaciones de la Corte, ni siquiera el sector de las telecomunicaciones sería comparable en lo resuelto respecto a la inconstitucionalidad de la subasta, del trato discriminatorio para que los radiodifusores incursionen con privilegios a las telecomunicaciones o del plazo fijo de las concesiones.
En cuanto a los Comisionados de la Cofetel, la Corte declaró inválidos diversos preceptos vinculados con sus nombramientos sin establecer los efectos. Esta incertidumbre sin duda generará inestabilidad y litigios en contra de Cofetel. La pregunta ahora es: ¿debe el Presidente Calderón ratificar a los actuales Comisionados o nombrar nuevos? Por certeza jurídica, así como legal y éticamente, sí debe.
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