lunes, 7 de abril de 2008

Cofetel y Unefon, ¿cuentas claras?

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) ha puesto de manifiesto lo ya sabido: el origen de la devolución a Unefon de $596 millones de pesos más actualizaciones e intereses estimados en $3,057 millones de pesos fue durante la gestión de Javier Lozano Alarcón como Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones en 1999.

En las licitaciones de espectro de 1997 se estableció un plazo para cubrir la contraprestación en dos fases y aquél que no pagara en tiempo sería descalificado. Sin embargo, Unefon solicitó que le ampliaran el plazo para pagar. Así, en vez de haber descalificado a Unefon, el Pleno de Cofetel presidido por Lozano Alarcón le hizo un favorzote (¿a cambio de qué?) y “autorizó indebidamente dicha prórroga pero condicionándola al pago de intereses… Antes del vencimiento de la prórroga concedida para el pago del 80.0% de la contraprestación, UNEFON solicitó directamente a la SCT [cuyo titular era Carlos Ruiz Sacristán] una segunda prórroga, la cual, nuevamente sin tener facultades, fue autorizada por dicha dependencia, condicionándola también al pago de intereses” concluye terminantemente el Informe de Resultados de la ASF de la Cuenta Pública del 2006.

Independientemente de la irregularidad en el otorgamiento de las concesiones de espectro a Unefon, el gran problema es que la Cofetel y la SCT de 1999 violentaron el principio de reserva de ley que exige que las contribuciones y sanciones estén establecidas en ley. Entonces, Cofetel y SCT sustituyeron al Poder Legislativo e impusieron intereses que carecían de fundamento legal. Era evidente que el acto que exigía intereses a Unefon iba a declararse nulo por los tribunales. ¿Alguien pudo haber previsto otra cosa?

El Auditor Superior de la Federación, Arturo González de Aragón, informó que debido a que la ASF por el principio de anualidad está limitada para actuar sobre estos resultados, dará vista a la Secretaría de la Función Pública para que proceda a fincar responsabilidades. ¿Actuará la Secretaría de la Función Pública? Aun siendo optimista, no creo que actúe o invocará alguna causa de prescripción o algún otro pretexto. Pero eso no quita que los mexicanos se merezcan una explicación, al menos, una comisión de la verdad en éste y otros casos similares. La Cámara de Diputados no debería por omisión dejar este caso al olvido. Los actores siguen estando en la escena pública.

La segunda parte de la historia del caso Unefon es la devolución de $550 millones de pesos en los últimos días de la administración del Presidente Fox. Las interrogantes son muchas.

1. ¿Estaba obligada la SCT a iniciar la devolución o no? Unos argumentan que sí había obligación, porque el tribunal decretó la nulidad de la resolución que dio origen a los intereses cobrados a Unefon. Otros dicen que la SCT habría cumplido con declarar la nulidad de sus actos, mas no tuvo que haber devuelto a Unefon ni un peso. Para esto, Unefon tenía que haber promovido un nuevo juicio para que se le reembolsara su dinero.

2. ¿Por qué la SCT no exigió un finiquito a Unefon por esa cantidad? Unos afirman que Unefon no tenía por qué dar finiquito porque todavía se le adeudaban $46 millones de pesos. Otros aseguran que pudo haber sido un finquito parcial.

3. Si se debió de haber descalificado a Unefon en 1999 y no se le debieron de entregar sus concesiones de frecuencias, ¿por qué no le retiran éstas? Unos dicen que se les deben revocar sus concesiones. Otros argumentan que ya existen derechos adquiridos de Unefon y si les dieron concesiones de manera irregular, esa es culpa del gobierno.

Para que se dé una idea, lo que se le tendría que devolver a Unefon son alrededor de 3,653 millones de pesos que son más que el presupuesto para 2008 de la Cámara de Senadores, de la Secretaría de Turismo o de la Secretaría del Trabajo de la cual es Secretario precisamente Lozano Alarcón (Revista etcétera). ¿Es justo que con nuestros impuestos se paguen este tipo de conductas? ¿Éstas se deben a negligencia, corrupción o ambas?

¿Quién será la tercera cadena de TV?

Existen implicaciones significativas de corto, mediano y largo plazo de la alianza estratégica entre Televisa y Telemundo anunciada la semana pasada. Telemundo creada en 1954 en Puerto Rico, es hoy la red de televisión estadounidense con cobertura en el 93% de los hogares de hispanos en EUA. Telemundo es subsidiaria de NBC propiedad en un 80% de General Electric y su acuerdo con Televisa establece que: (1) el canal 9 de Televisa de televisión abierta incluirá 1000 horas de programación de Telemundo al año, (2) Televisa creará un nuevo canal de televisión de paga para distribuir contenido de Telemundo a través de Sky y Cablevisión, y (3) esperan negociar contratos para distribuir contenido a través de plataformas emergentes como el Internet y teléfonos móviles.

Corto Plazo. (1) Recordará que hace más de un año Telemundo declaró que buscaría convertirse en la tercera cadena de televisión en la República Mexicana, en unión con Grupo Xtra de Isaac Saba. Ello bastó para que se desencadenara una guerra mediática. ¿Realmente tenía Telemundo la intención de invertir en una tercera cadena o fue una estrategia de negociación? Lo cierto es que el único grupo que ha presentado formalmente su intención de ser una tercera cadena, ahora -tras fumar la pipa de la paz con Televisa con esta alianza-, parece imposible que retome su pretensión en los próximos 10 años que es el plazo inicial de la alianza. Claro, se cierra una puerta, pero se abre una ventana de oportunidad para que el Estado mexicano se aboque a formar una tercera cadena que sea un verdadero medio público como lo es la BBC de Reino Unido.

Mediano Plazo. La alianza estratégica concentra aún más la oferta de contenidos, por lo que se dificultará a los competidores de Televisa el acceso a aquéllos. Aún no se hacen públicos los detalles de la alianza estratégica que más parece un acuerdo de distribución de programación. ¿Habrá otorgado Telemundo exclusividad a Televisa para su programación o podrá Telemundo ofrecerla a otras empresas mexicanas? Sabemos que Telmex tiene la mayor red de telecomunicaciones con acceso a los usuarios finales, pero que aún no recibe la autorización para prestar televisión. Telmex aún no es un productor de contenidos y para dar televisión necesita de esa materia prima. Por lo que esta alianza afecta o, al menos, encarece a Telmex su posición de negociación frente a Televisa para obtener programación.

Largo Plazo. Los efectos más graves de las concentraciones suelen ser los de largo plazo. Por eso la ley sujeta a autorización de la Comisión Federal de Competencia (CFC) las concentraciones superiores a determinado monto. La alianza estratégica Televisa/Telemundo, ¿es un acto que conforme al artículo 16 de la Ley Federal de Competencia Económica deba notificarse previamente? Porque esta disposición es amplia y establece como concentración “cualquier acto por virtud del cual se concentren … activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualesquiera otros agentes económicos”. ¿No son los contratos de distribución de programación activos valiosísimos de las empresas?

La televisión abierta está altamente concentrada en dos grupos corporativos, mientras que el mercado de televisión por cable había estado históricamente segmentado por regiones con coberturas en ciudades y áreas metropolitanas lo que generó monopolios locales. La CFC condicionó a Televisa la adquisición de Televisión Internacional (TVI) de Monterrey y de Cablemas, ambas empresas de televisión por cable. Precisamente el 30 de marzo próximo, Televisa debe acreditar ante la CFC haber cumplido con las condiciones impuestas. Si Televisa que tiene la más alta audiencia de televisión abierta (69% de la audiencia en horario prime, IBOPE) concentra el mercado, los riesgos para la competencia son elevadísimos. La gran pregunta es ¿actuará la CFC respecto a esta alianza estratégica o será simplemente un ingrediente a considerar para futuras adquisiciones de Televisa?

Telecomunicaciones: sus orígenes y actualidad

Benito Juárez, prócer de la historia de la República Mexicana, también jugó un rol importante para el desarrollo de las telecomunicaciones. Regresémonos en el tiempo al siglo XIX cuando se otorga la primera concesión de comunicaciones a distancia a Juan de la Granja en 1849 para instalar telégrafos eléctricos. Los telégrafos fueron instrumento clave para liberales y conservadores en las guerras intestinas, así como ante la ocupación francesa.

Ignacio Zaragoza envío, por ejemplo, un telegrama al Presidente Benito Juárez respecto a la batalla del 5 de Mayo de 1862 diciendo: “Las armas del Supremo Gobierno se han cubierto de gloria; el enemigo ha hecho esfuerzos supremos por apoderarse del Cerro de Guadalupe que atacó por el oriente a derecha e izquierda durante tres horas, fue rechazado tres veces en completa dispersión y en estos momentos está formado en batalla fuerte de 4,000 hombres y pico frente al cerro fuera de tiro; no lo bato como desearía porque el Gobierno sabe no tengo para ello fuerza bastante…” (Telecom. Telégrafos).

Maximiliano de Habsburgo reconociendo la importancia del telégrafo, expidió una ley y reglamento sobre telégrafos en 1865, y otorgó concesiones a particulares. Al caer Maximiliano, siendo Presidente Juárez se intervino en 1867 la línea telegráfica del interior para convertirla en el sistema de telégrafos públicos nacionales bajo la denominación de Líneas Telegráficas del Supremo Gobierno (García Benavides). El primer enlace telefónico se efectuó en 1878 entre las oficinas de correos de la ciudad de México y la de la población de Tlalpan. La primera línea telefónica fue instalada entre el Castillo de Chapultepec y el Palacio Nacional el 16 de septiembre de ese mismo año. La novedad e importancia del teléfono fue tal que se construyó un salón para el teléfono que hoy se puede visitar en el Castillo de Chapultepec.

El servicio telefónico inicia con una elevada competencia entre particulares que instalan sus compañías en sus poblaciones. Las más destacadas por su tamaño y alcance fueron la Compañía Telefónica Mexicana (La Mexicana) del grupo Bell de EUA y la Empresa de Teléfonos Ericsson, S.A. (Mexeric) filial del grupo Ericsson de Suecia. La Mexicana y Mexeric no estaban interconectadas y cada una tenía su propia numeración, una con letras y números y otra sólo con números. Así que se requería contar con un teléfono de cada compañía para poderse comunicar con los que tenían teléfono. Ninguna de las leyes de vías generales de comunicación de 1931, de 1932 y de 1940 lograron que se interconectaran.

Para 1947 se constituyó Teléfonos de México, S.A. quien recibió los bienes de Mexeric y posteriormente fusionó a La Mexicana. La unificación de los sistemas telefónicos fue en 1948 ante la presencia del Presidente Miguel Alemán. En la actualidad la interconexión de redes sigue siendo un desafío para la Comisión Federal de Telecomunicaciones, porque a pesar de que la ley prevé la revocación de la concesión de un concesionario que se niegue a interconectar, en la práctica esa disposición legal ni siquiera inhibe ese comportamiento. Quizá piensen que si en el siglo pasado se tardó la interconexión tantas décadas, ¿cuál es la prisa ahora?

Las tarifas antes de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se determinaban conforme a unas bases que “no sólo circunscriben el margen de lucro a los límites hasta los cuales el propio Estado lo considera lícito y honesto, sino que tienden a garantizar, científicamente, el ingreso indispensable para la subsistencia y eficacia de los mismos servicios…pues salta a la vista lo antieconómico e inconveniente del libre juego de los intereses privados en tratándose de servicios públicos” (Diarios de los Debates, Diputados). ¡Qué distancia con lo de hoy! Algunas tarifas de servicios de celular o de mensajes de texto (SMS) exceden por mucho un margen de lucro razonable, que refleja lo lejos que estamos de un mercado en competencia y el parecido con uno oligopólico de concertación tácita de tarifas.

De pérdidas y oportunidades

Tal como se pronosticó en este espacio a principios de año, México perdió el derecho de colocar un satélite en la órbita 109.2° Oeste y con ello la oportunidad de proveer servicios de banda ancha satelital en la República Mexicana, el continente americano y el archipiélago de Hawai. Este caso revela una vez más lo inadecuado del marco jurídico nacional para otorgar concesiones para satélites mexicanos y además es propicio para poner en la agenda otro tema para potenciar las comunicaciones vía satélite: la reutilización de frecuencias. Veamos.

1. Para obtener el derecho a la 109.2° Oeste, el Gobierno Mexicano gestionó durante años ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). La UIT determinó que a más tardar el 5 de marzo de 2008 debía colocar un satélite en dicha posición, de lo contrario México perdería su derecho y el siguiente país de la lista, sería quien podría ocupar la órbita. Esta órbita geoestacionaria utilizaría la banda Ka que permitiría servicios de banda ancha y comunicación casi en tiempo real, además de que es una banda de la nueva generación de tecnología satelital y que no está saturada como la banda Ku.

México estaba ante una gran oportunidad, pero la ley tiene un esquema que olvida los plazos fatales de la UIT y también el que los sistemas satelitales demandan una planeación de varios años porque la construcción y lanzamiento de un satélite puede tomar en promedio 2 años. La ley ordena llevar a cabo una licitación que, ante los términos improrrogables de la UIT, originan que los posibles interesados en recibir la concesión sean en el mejor de los casos un par o ninguno como en la licitación de la 109.2° que se tuvo que declarar desierta 2 veces. Pero si la órbita era de las mejores y con posibilidad de prestar servicios de nueva generación en todo el continente, ¿por qué nadie participó en la licitación? Por falta de tiempo para que el 5 de marzo pasado estuviera un satélite en la órbita. Recordemos que en 2005 también la órbita 77° Oeste estuvo a punto de perderse. En este caso, Quetzsat obtuvo la concesión y llevó un satélite que ya estaba en el espacio a ocupar la órbita dentro del plazo de la UIT.

En otros países, el operador privado interesado en cualquier órbita es quien a través de su gobierno presenta la solicitud a la UIT. En cuanto la UIT da la autorización, el operador está listo para lanzar su satélite en el plazo fijado. En México se debiera establecer un procedimiento similar para evitar que México malgaste tiempo, dinero y esfuerzo en obtener órbitas que luego perderá. La industria satelital es intensiva en capital y su retorno a la inversión es de largo plazo. Por lo que el gobierno mexicano debiera privilegiar la existencia de satélites mexicanos como los de Satmex y olvidar el pago de contraprestaciones por las concesiones de órbitas asignadas a México. De otra manera, México pierde la órbita y ni para Dios, ni para el diablo… otro país será el beneficiario y nos venderá sus servicios satelitales en vez de que fuera al revés.

2. Uno de los objetivos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Comisión Federal de Telecomunicaciones es hacer un uso eficiente del espectro radioeléctrico. Los satélites ocupan bandas de frecuencias en sus enlaces de Tierra-espacio-Tierra, es decir, en los “hilos” de aire que conducen las comunicaciones entre la Tierra y el satélite. En México se otorgan concesiones para usar esos “hilos”, pero ¿se pueden utilizar esas mismas bandas por el concesionario en las comunicaciones en la Tierra? Aún no está definido, pero sí existe fundamento jurídico para ello. Los beneficios serían numerosos, porque los concesionarios satelitales podrían prestar también servicios móviles con sus mismas frecuencias como sucede en EUA. Podríamos tener a Satmex, W Com, Hispasat, MVS o Spacenet proveyendo servicios móviles satelitales. En resumen, habría más competencia y más servicios, ocupando el mismo espectro. ¿Lo veremos en un futuro próximo?

Abismo entre la ley y la realidad

, La contratación de personal en el sector público históricamente ha sido instrumento para asegurar un régimen de lealtades de los servidores públicos. Lealtad al grupo y no a México, ni a las instituciones. “Si perteneces al grupo, estarás con nosotros estemos donde estemos”. No era extraño que el grupo estuviera un día en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otro día en la Secretaría del Trabajo y después en la Secretaría de Turismo, ¿por qué no? “¡Qué importa la materia si lo importante es mantenernos unidos!”.

En 1934 se expidió el Acuerdo sobre Organización y Funcionamiento del Servicio Civil y en 1983 se creó la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil, pero no fue sino hasta el 2003 con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal cuando se instaura un sistema que pretende garantizar el “ingreso, desarrollo y permanencia en la Administración Pública Federal a través del mérito y la igualdad de oportunidades; en un marco de transparencia y legalidad”. Empero, este sistema ha dejado mucho que desear. En algunos casos ha provocado la parálisis en la contratación de recursos humanos, en muchos otros los concursos tienen destinatario con nombre y apellido. Mucho queda por hacer a nivel federal y no se diga en las entidades federativas en las que el compadrazgo y la pertenencia al grupo son los criterios de selección.

La Comisión Federal de Telecomunicaciones ha iniciado concursos para muchas plazas que van desde direcciones generales hasta auxiliares de analistas. Está pendiente que se emita el Reglamento Interior de la Comisión que por ley debió de haberse realizado hace casi 20 meses. ¿Cuándo saldrá el Reglamento? ¿Qué pasará con el personal que ahora se contrate con la estructura vieja? ¿Serán concursos objetivos y transparentes o ya se sabe quiénes quedarán en esas plazas? Porque el servicio profesional ofreció a los servidores públicos que no serían removidos si venían nuevos jefes o por no pertenecer al grupo. Se les hizo presentar exámenes para obtener la titularidad, pero cuando la nueva administración quiso ocupar sus plazas, ¿sirvió el servicio profesional? No. Al viejo estilo se pidieron renuncias y como dicen “antes se sabía que llegaba nuevo grupo y uno presentaba su renuncia, pero con el servicio profesional nos convencieron que ya no sucedería y no fue así”. La ley cambió, la antigua práctica persiste.

Otra práctica que se resiste a desaparecer es el respeto a lo prometido a los consumidores. Sky ofreció a sus suscriptores del paquete Fun (o paquetes superiores) en agosto de 2007 que transmitiría en exclusiva la Liga Española de Futbol, lo cual implicaría que cada fin de semana sus clientes podrían ver alrededor de 10 partidos de futbol español. En la fecha de inicio, sólo se transmitieron 3 partidos. Sky anunció esencialmente que problemas de las transmisoras españolas impidieron pasar todos los partidos.

La Procuraduría Federal del Consumidor, tras una denuncia telefónica de la asociación de consumidores Alconsumidor, A.C., investigó si Sky había realizado publicidad engañosa, toda vez que por algunos días siguió ofertando en su programación la Liga Española a pesar de haber reconocido que temporalmente no se podría llevar cabo cabalmente. El 31 de enero pasado, la Profeco sancionó a Sky por publicidad engañosa.

Paralelamente, 3 ciudadanos entre ellos Adriana Labardini de dicha asociación civil, presentaron quejas ante Profeco por considerar que Sky (Corporación Novavisión) no había cumplido con lo ofrecido respecto a la Liga Española. En la etapa de conciliación, se llegó a un acuerdo por el que Sky les dará 2 meses de servicio gratis. Alconsumidor en www.alconsumidor.org.mx está ofreciendo a los suscriptores de Sky que hayan padecido lo mismo que estos ciudadanos, a realizar por ellos los trámites para que se les compense por la oferta incumplida. Ante la inexistencia de acciones colectivas, Alconsumidor está buscando remedios como éste en beneficio de los consumidores.

¿Qué pasará con la Cofetel?

En estos días la Suprema Corte decidirá un asunto que tendrá impacto en la actual configuración del órgano máximo de decisión de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Sus orígenes están en la Ley Televisa cuyos principales preceptos fueron declarados inconstitucionales por la Corte el año pasado. En 2006 Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous fueron nombrados por el Presidente Fox como comisionados, comparecieron a las audiencias frente a la Comisión Permanente del Congreso y ésta objetó sus nombramientos sin dar explicación alguna. ¿Está exento el Congreso de fundar y motivar sus actos respecto a particulares? No. Pero independientemente de ello, la objeción del Senado fue declarada inconstitucional por la Corte.

Entretanto, del Villar y Martínez Pous presentaron amparos contra la objeción de que fueron objeto. ¿Si la objeción del Senado es inconstitucional se les debe respetar el nombramiento que se les hizo? Ahí se centra el debate. La semana pasada corrieron versiones de que la propuesta del Ministro Gudiño Pelayo, ponente del caso, sería negar el amparo. Recordemos que en la Corte se utilizan los “problemarios” que son documentos de trabajo elaborados por los proyectistas para facilitar el análisis del caso por el Ministro. Los problemarios son un apoyo que no define la discusión, incluso, puede contener una propuesta de solución del proyectista, mas eso no implica que sea necesariamente la postura que adopte ni el Ministro ponente, ni el resto de los Ministros.

El caso es que trascendió que la negativa de amparo a del Villar y Martínez Pous sería porque éstos carecen de interés jurídico. El argumento podría ser que no aceptaron el nombramiento. Si hubieran declinado el nombramiento como lo hizo Fernando Lerdo de Tejada, ¿se habrían presentado ante la Comisión Permanente para ser cuestionados? Bajo este argumento el actual comisionado José Luis Peralta que compareció con ellos pero que no fue objetado, ¿tampoco aceptó el nombramiento?

Ahora que si la Corte refiere que además el artículo que generó las designaciones de los quejosos es inconstitucional, entonces ¿cómo reconocer que los actuales comisionados tienen un nombramiento válido? Y si al mismo tiempo no se pronuncia sobre la validez de éstos, ¿qué señal se está mandando al sector? La peor posible, porque entonces ninguno de los nombrados por el Presidente Fox como comisionados tendrían un nombramiento válido por haberse basado en un precepto inconstitucional, hayan sido objetados como Del Villar y Martínez Pous, o no objetados como los actuales comisionados.

De espectro y otros demonios… A fines de la semana pasada se refirió que ya existía un acuerdo para redefinir el programa de licitaciones de frecuencias del espectro. Aparentemente el problema se centraba en que la Subsecretaría de Comunicaciones había incluido una cobertura municipal en la banda de 3.6-3.7 GHz para servicios de banda ancha. Sin embargo, esto podría ser una cortina de humo para distraer la atención de la banda de 1710-1770/2110-2170 MHz que es propia para servicios móviles de tercera generación. ¿Qué pasaría si esta banda se licita con cobertura nacional en vez de por regiones? ¿Quién estaría impulsando esto? Podría ser un grupo con presencia en medios, sin frecuencias para móviles y con deseos de entrar a competir en todos los mercados de telecomunicaciones contra Telmex, por ejemplo. ¿A quiénes se estaría desplazando? Muy probablemente a todos los concesionarios de celulares. Si se determina una cobertura nacional para esta banda, difícilmente cualquiera de éstos podría recibir una opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia, mientras que si se licitara por regiones, quizá en algunas de éstas sí podrían participar. ¿Podría venir un nuevo inversionista quizá extranjero? Es posible, mas poco probable. El ambiente regulatorio mexicano y tener instituciones débiles no es propicio para los nuevos entrantes, en cambio otros países pueden ser más atractivos para la inversión extranjera.