Nadie duda que el sector de las telecomunicaciones es fundamental para cualquier país y que las autoridades son responsables de imprimir dinamismo o de la lentitud en su desarrollo. Desde su creación la Comisión Federal de Telecomunicaciones ha vivido y sobrevivido a pesar de los diversos enfrentamientos –unas veces declarados, otras disfrazados- desde la Subsecretaría de Comunicaciones y otras instancias. En vez de haberle otorgado desde sus inicios facultades plenas a Cofetel para actuar como regulador de telecomunicaciones, se le vio con recelo y se creó una especie de órgano especializado, pero cuyas acciones deben revisarse por la Subsecretaría. La “práctica de supervisión ministerial ha ensombrecido generalmente el rol de los reguladores” en México (OCDE).
Por si fuera poco, las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones de 2006 se encargaron de grabar en piedra las debilidades de la Cofetel como el sólo poder opinar que alguien debe ser sancionado, pero sin poder sancionar, que un solicitante puede recibir una concesión, pero sin que su opinión sea determinante porque el interesado tiene que ser evaluado nuevamente en la Subsecretaría, etc. La OCDE ha señalado que el que Cofetel no pueda sancionar “debilita al regulador de una manera que sus significativos recursos humanos y técnicos no pueden compensar”.
Esas reformas dieron lugar a un litigio que finalizó con la toma de protesta de Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous como comisionados de la Cofetel, en sustitución de los anteriores comisionados Gerardo González Abarca y Eduardo Ruiz Vega. A la incertidumbre de este litigio, el Presidente de Cofetel, Héctor Osuna, atribuyó el retraso en resolver temas cruciales para las telecomunicaciones como el plan de interconexión y las licitaciones de espectro. Dicen que después de la tormenta, siempre viene la calma, la interrogante que queda es ¿ya pasó la tormenta?
Rafael del Villar dejó la Subsecretaría de Comunicaciones después de una intensa labor buscando el interés público. Sus actos no buscaban quedar bien con los grupos de poder, sino con nuestro país en cumplimiento de la ley. Sin duda, Del Villar ahora como comisionado continuará contribuyendo para que algún día exista un mercado de competencia efectiva. Y como la transparencia y la disponibilidad de información es clave para ello, sería bueno que Cofetel por vez primera realice una consulta pública de las bases de licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico.
Gonzalo Martínez regresa a Cofetel, esta vez como Comisionado, lo que debe fortalecer las resoluciones del Pleno con su experiencia de muchos años en telecomunicaciones y en el sector público. Confío en que esta nueva integración del Pleno de Cofetel rendirá muchos frutos y podrá sentar la base para el fortalecimiento del regulador de telecomunicaciones.
Purificación Carpinteyro fue nombrada Subsecretaria de Comunicaciones. La primera mujer que ocupa ese puesto despierta esperanza en muchos y suspicacia en otros. Mujer polémica, a la que aún sus detractores le reconocen gran capacidad, tiene grandes retos. Quizá ella pueda dejar atrás la tradicional disputa por el “poder” entre la Cofetel y la Subsecretaría. Los pendientes no son pocos ni menores. La ausencia de una política de banda ancha está relegando a México frente a muchos países, los efectos perniciosos de esto no los veremos sino dentro de muchos años. Es como una enfermedad asintomática, como no nos duele, no nos cuidamos y cuando ya le prestamos atención puede ser demasiado tarde.
In memoriam. Don Gilberto Rincón Gallardo fue un luchador incansable, persona congruente y de solvencia moral intachable. Don Gilberto fue el impulsor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a nivel mundial y en México, él y su equipo han colaborado para que las telecomunicaciones sean accesibles a personas con discapacidad. Su ejemplo nos deja con la responsabilidad de seguir luchando contra la discriminación y la igualdad de oportunidades para todos.
Las telecomunicaciones y tecnologías de información tienen un alto impacto en la sociedad. Este es un espacio para la difusión de información objetiva y para el intercambio de opiniones en dichos temas. Por favor escriba su email cuando deje un comentario para poder responderle.
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domingo, 14 de septiembre de 2008
martes, 5 de agosto de 2008
La recomposición de Cofetel
“Al haberse declarado inconstitucional la expedición de los nombramientos correspondientes, el efecto de este amparo es que cesen en sus funciones”, así lo dijo el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Ministro Ortiz Mayagoitia, respecto a los nombramientos de los actuales comisionados de la Comisión Federal de Telecomunicaciones Eduardo Ruiz Vega y Gerardo González Abarca. Sin importar las luces y sombras de sus respectivas labores en Cofetel, simplemente la suerte no les favoreció. Veamos por qué. Antes de haber sido nombrados, el Presidente Fox había designado a Rafael del Villar, Gonzalo Martínez Pous y Julio di-Bella para ocupar los cargos de comisionados. Sin embargo, la Ley Televisa -en uno más de los artículos que fueron declarados inconstitucionales-, señalaba que el Senado podría objetar los nombramientos. La Comisión Permanente sin justificar por qué los objetaba y haciendo caso omiso del artículo 16 constitucional que obliga a fundar y motivar los actos de autoridad, simplemente los rechazó.
Sólo del Villar y Martínez promovieron amparos para que se les respetaran sus derechos constitucionales, pero en el ínter el Presidente Fox nombró a Héctor Osuna, Ernesto Gil Elorduy, Ruiz Vega y González Abarca, quienes no fueron objetados. Cada uno de los nombramientos tenía un periodo distinto de años y a Ruiz Vega y González Abarca les correspondieron los mismos plazos que aquellos para los que fueron designados del Villar y Martínez Pous. Así que la semana pasada cuando la Corte les concedió a éstos el amparo, automáticamente los nombramientos de Ruiz y González cayeron.
Ahora surgen voces tipo profeta Jeremías, predicando la destrucción, el retraso de proyectos de Cofetel, la incertidumbre jurídica, la pérdida de la autonomía, etc. ¿Qué hay de cierto en esto?
1. No existe justificación para que los proyectos o asuntos de Cofetel se suspendan o retarden. El artículo 9-B de la Ley Federal de Telecomunicaciones señala que el Pleno de Cofetel puede sesionar con 3 comisionados, quienes decidirán los asuntos por mayoría. Entonces, no existe excusa, ni pretexto: el Pleno puede continuar deliberando y resolviendo.
2. ¿Por qué incertidumbre jurídica? Este término es muchas veces empleado y en pocas ocasiones se comprende. La Corte determinó expresamente que todos los actos de autoridad en los que hubieran participado los comisionados Ruiz y González se presumen válidos, es decir, el hecho de que a partir de esta sentencia desaparezcan sus nombramientos de ninguna manera le resta validez a todo lo que hayan realizado durante el plazo que duraron sus encargos que serán de alrededor de 2 años.
3. Tampoco debe haber incertidumbre en el sector, porque la Cofetel es mucho más que sólo el Pleno y está formada por diversas unidades que resuelven asuntos sin tener que pasar por éste. Además, en tanto se integran los nuevos comisionados y siempre que los 3 que quedan no se ausenten de la ciudad de México, el Pleno de Cofetel puede continuar sesionando.
4. La pérdida de autonomía la han pregonado algunos columnistas, porque –a su dicho-, el Secretario Luis Téllez tendrá injerencia en Cofetel si del Villar (hoy Subsecretario de Comunicaciones) y Martínez Pous (titular del jurídico de la SCT) aceptan ingresar a Cofetel. Esos columnistas olvidan o ignoran que mientras Cofetel siga siendo un órgano desconcentrado, jurídicamente Cofetel está subordinada a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
5. Del Villar y Martínez Pous conocen a la perfección el sector y sus trayectorias profesionales no indican que tengan algún conflicto de interés. Por el contrario, del Villar desde la Subsecretaría ha buscado el interés general y construir un sector de telecomunicaciones en competencia. Y Martínez Pous ha dado muestras claras de su pericia jurídica.
Dentro de esta recomposición de Cofetel y las reformas a la legislación de medios que hibernan, ¿podría el Congreso de la Unión al menos darle a Cofetel la facultad de sancionar directamente?
Sólo del Villar y Martínez promovieron amparos para que se les respetaran sus derechos constitucionales, pero en el ínter el Presidente Fox nombró a Héctor Osuna, Ernesto Gil Elorduy, Ruiz Vega y González Abarca, quienes no fueron objetados. Cada uno de los nombramientos tenía un periodo distinto de años y a Ruiz Vega y González Abarca les correspondieron los mismos plazos que aquellos para los que fueron designados del Villar y Martínez Pous. Así que la semana pasada cuando la Corte les concedió a éstos el amparo, automáticamente los nombramientos de Ruiz y González cayeron.
Ahora surgen voces tipo profeta Jeremías, predicando la destrucción, el retraso de proyectos de Cofetel, la incertidumbre jurídica, la pérdida de la autonomía, etc. ¿Qué hay de cierto en esto?
1. No existe justificación para que los proyectos o asuntos de Cofetel se suspendan o retarden. El artículo 9-B de la Ley Federal de Telecomunicaciones señala que el Pleno de Cofetel puede sesionar con 3 comisionados, quienes decidirán los asuntos por mayoría. Entonces, no existe excusa, ni pretexto: el Pleno puede continuar deliberando y resolviendo.
2. ¿Por qué incertidumbre jurídica? Este término es muchas veces empleado y en pocas ocasiones se comprende. La Corte determinó expresamente que todos los actos de autoridad en los que hubieran participado los comisionados Ruiz y González se presumen válidos, es decir, el hecho de que a partir de esta sentencia desaparezcan sus nombramientos de ninguna manera le resta validez a todo lo que hayan realizado durante el plazo que duraron sus encargos que serán de alrededor de 2 años.
3. Tampoco debe haber incertidumbre en el sector, porque la Cofetel es mucho más que sólo el Pleno y está formada por diversas unidades que resuelven asuntos sin tener que pasar por éste. Además, en tanto se integran los nuevos comisionados y siempre que los 3 que quedan no se ausenten de la ciudad de México, el Pleno de Cofetel puede continuar sesionando.
4. La pérdida de autonomía la han pregonado algunos columnistas, porque –a su dicho-, el Secretario Luis Téllez tendrá injerencia en Cofetel si del Villar (hoy Subsecretario de Comunicaciones) y Martínez Pous (titular del jurídico de la SCT) aceptan ingresar a Cofetel. Esos columnistas olvidan o ignoran que mientras Cofetel siga siendo un órgano desconcentrado, jurídicamente Cofetel está subordinada a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
5. Del Villar y Martínez Pous conocen a la perfección el sector y sus trayectorias profesionales no indican que tengan algún conflicto de interés. Por el contrario, del Villar desde la Subsecretaría ha buscado el interés general y construir un sector de telecomunicaciones en competencia. Y Martínez Pous ha dado muestras claras de su pericia jurídica.
Dentro de esta recomposición de Cofetel y las reformas a la legislación de medios que hibernan, ¿podría el Congreso de la Unión al menos darle a Cofetel la facultad de sancionar directamente?
sábado, 28 de junio de 2008
¿Suspendamos las licitaciones de frecuencias?
Los senadores Carlos Lozano (PRI) y Arturo Escobar (PVEM) han presentado un punto de acuerdo donde exhortan a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a que suspenda el procedimiento de licitación respecto a frecuencias del espectro radioeléctrico para telecomunicaciones, porque a su parecer existen irregularidades. Para interrumpir una licitación de frecuencias existen 3 razones y sólo 1 legítima.
1. Reducción del valor de la concesión. Existen ciertos concesionarios de frecuencias para servicios de telecomunicaciones que se dieron cuenta que mientras que el Gobierno Federal no hiciera licitaciones o las postergara, podrían vender sus concesiones a un precio elevado. Así que en cuanto se anuncia que se licitarán frecuencias, el valor de venta de su concesión se reduce significativamente porque a los potenciales compradores les saldrá infinitamente más barato comprarle al Gobierno que a ellos. Entonces el juicio de amparo se convierte en un instrumento para que no se desplome el precio de las concesiones, en perjuicio del interés general.
2. No querer competencia. Ha sido práctica constante que algunos concesionarios de frecuencias no deseen tener competencia. Ésta suena bien, pero les implica mejorar la calidad y reducir las tarifas a los usuarios. Así que para obstaculizar la entrada de competencia, estas empresas promueven amparos y buscan el apoyo mediático de periodistas afines. Pero, ¿podrían ahora actores públicos también contribuir con esta misma finalidad?
3. Licitar frecuencias ya asignadas a otros. Ni la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ni la Cofetel cuentan –o al menos eso dicen-, con una base de datos actualizada que identifique a todas las personas que tengan un derecho legítimo de uso de las frecuencias. Por lo cual cuando dichas autoridades lanzan una licitación, siempre incluyen una que otra frecuencia que previamente ya ha sido asignada a otra persona. En breve, la autoridad quiere “vender” lo que ya es “propiedad” de otro. El amparo en estos casos es legítimo y de interés general en aras de la seguridad jurídica.
Analicemos ahora lo expuesto por el senador Lozano al presentar el punto de acuerdo.
El programa de licitación debió de haber pasado por el procedimiento ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por ser un acto de carácter general. ¿Es el programa de licitación un acto de carácter general o más bien una invitación a participar? Porque si es un acto sujeto a mejora regulatoria, entonces todas las licitaciones de cualquier naturaleza debieran de pasar por la Cofemer. En vez de ello, lo más indicado es que la Cofetel realizara una consulta no sobre el programa de licitaciones, sino de las bases de licitación como sucede en EUA. Las bases son donde se ejerce la discrecionalidad y donde están los puntos finos.
A decir del legislador, el Subsecretario Rafael del Villar tiene un conflicto de interés que “violenta el principio de imparcialidad” porque quiere formar parte de Cofetel. Primero, Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous fueron designados por el Presidente de la República para ser comisionados de la Cofetel y, en base a un artículo declarado inconstitucional por la Suprema Corte, fueron objetados por la Comisión Permanente. Si se les llegan a respetar sus garantías constitucionales, tendrán que ser reconocidos como comisionados. Segundo, conflicto de interés es cuando existen intereses que interfieren o están en oposición con los de la sociedad. Si la Cofetel y la SCT tienen esencialmente la misma pretensión de licitar frecuencias del espectro radioeléctrico, ¿existe este tipo de conflicto?
¿Cuál es el móvil de este punto de acuerdo? Sorprende que a pesar de la amplia experiencia de los senadores Lozano y Escobar en diversas áreas, la información del Senado no refleja ninguna en el sector de telecomunicaciones y tampoco pertenecen ni a la comisión de comunicaciones y transportes, ni a la de radio, televisión y cinematografía. ¿Se estará buscando retardar las licitaciones desde el Congreso?
1. Reducción del valor de la concesión. Existen ciertos concesionarios de frecuencias para servicios de telecomunicaciones que se dieron cuenta que mientras que el Gobierno Federal no hiciera licitaciones o las postergara, podrían vender sus concesiones a un precio elevado. Así que en cuanto se anuncia que se licitarán frecuencias, el valor de venta de su concesión se reduce significativamente porque a los potenciales compradores les saldrá infinitamente más barato comprarle al Gobierno que a ellos. Entonces el juicio de amparo se convierte en un instrumento para que no se desplome el precio de las concesiones, en perjuicio del interés general.
2. No querer competencia. Ha sido práctica constante que algunos concesionarios de frecuencias no deseen tener competencia. Ésta suena bien, pero les implica mejorar la calidad y reducir las tarifas a los usuarios. Así que para obstaculizar la entrada de competencia, estas empresas promueven amparos y buscan el apoyo mediático de periodistas afines. Pero, ¿podrían ahora actores públicos también contribuir con esta misma finalidad?
3. Licitar frecuencias ya asignadas a otros. Ni la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ni la Cofetel cuentan –o al menos eso dicen-, con una base de datos actualizada que identifique a todas las personas que tengan un derecho legítimo de uso de las frecuencias. Por lo cual cuando dichas autoridades lanzan una licitación, siempre incluyen una que otra frecuencia que previamente ya ha sido asignada a otra persona. En breve, la autoridad quiere “vender” lo que ya es “propiedad” de otro. El amparo en estos casos es legítimo y de interés general en aras de la seguridad jurídica.
Analicemos ahora lo expuesto por el senador Lozano al presentar el punto de acuerdo.
El programa de licitación debió de haber pasado por el procedimiento ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por ser un acto de carácter general. ¿Es el programa de licitación un acto de carácter general o más bien una invitación a participar? Porque si es un acto sujeto a mejora regulatoria, entonces todas las licitaciones de cualquier naturaleza debieran de pasar por la Cofemer. En vez de ello, lo más indicado es que la Cofetel realizara una consulta no sobre el programa de licitaciones, sino de las bases de licitación como sucede en EUA. Las bases son donde se ejerce la discrecionalidad y donde están los puntos finos.
A decir del legislador, el Subsecretario Rafael del Villar tiene un conflicto de interés que “violenta el principio de imparcialidad” porque quiere formar parte de Cofetel. Primero, Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous fueron designados por el Presidente de la República para ser comisionados de la Cofetel y, en base a un artículo declarado inconstitucional por la Suprema Corte, fueron objetados por la Comisión Permanente. Si se les llegan a respetar sus garantías constitucionales, tendrán que ser reconocidos como comisionados. Segundo, conflicto de interés es cuando existen intereses que interfieren o están en oposición con los de la sociedad. Si la Cofetel y la SCT tienen esencialmente la misma pretensión de licitar frecuencias del espectro radioeléctrico, ¿existe este tipo de conflicto?
¿Cuál es el móvil de este punto de acuerdo? Sorprende que a pesar de la amplia experiencia de los senadores Lozano y Escobar en diversas áreas, la información del Senado no refleja ninguna en el sector de telecomunicaciones y tampoco pertenecen ni a la comisión de comunicaciones y transportes, ni a la de radio, televisión y cinematografía. ¿Se estará buscando retardar las licitaciones desde el Congreso?
lunes, 7 de abril de 2008
¿Qué pasará con la Cofetel?
En estos días la Suprema Corte decidirá un asunto que tendrá impacto en la actual configuración del órgano máximo de decisión de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Sus orígenes están en la Ley Televisa cuyos principales preceptos fueron declarados inconstitucionales por la Corte el año pasado. En 2006 Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous fueron nombrados por el Presidente Fox como comisionados, comparecieron a las audiencias frente a la Comisión Permanente del Congreso y ésta objetó sus nombramientos sin dar explicación alguna. ¿Está exento el Congreso de fundar y motivar sus actos respecto a particulares? No. Pero independientemente de ello, la objeción del Senado fue declarada inconstitucional por la Corte.
Entretanto, del Villar y Martínez Pous presentaron amparos contra la objeción de que fueron objeto. ¿Si la objeción del Senado es inconstitucional se les debe respetar el nombramiento que se les hizo? Ahí se centra el debate. La semana pasada corrieron versiones de que la propuesta del Ministro Gudiño Pelayo, ponente del caso, sería negar el amparo. Recordemos que en la Corte se utilizan los “problemarios” que son documentos de trabajo elaborados por los proyectistas para facilitar el análisis del caso por el Ministro. Los problemarios son un apoyo que no define la discusión, incluso, puede contener una propuesta de solución del proyectista, mas eso no implica que sea necesariamente la postura que adopte ni el Ministro ponente, ni el resto de los Ministros.
El caso es que trascendió que la negativa de amparo a del Villar y Martínez Pous sería porque éstos carecen de interés jurídico. El argumento podría ser que no aceptaron el nombramiento. Si hubieran declinado el nombramiento como lo hizo Fernando Lerdo de Tejada, ¿se habrían presentado ante la Comisión Permanente para ser cuestionados? Bajo este argumento el actual comisionado José Luis Peralta que compareció con ellos pero que no fue objetado, ¿tampoco aceptó el nombramiento?
Ahora que si la Corte refiere que además el artículo que generó las designaciones de los quejosos es inconstitucional, entonces ¿cómo reconocer que los actuales comisionados tienen un nombramiento válido? Y si al mismo tiempo no se pronuncia sobre la validez de éstos, ¿qué señal se está mandando al sector? La peor posible, porque entonces ninguno de los nombrados por el Presidente Fox como comisionados tendrían un nombramiento válido por haberse basado en un precepto inconstitucional, hayan sido objetados como Del Villar y Martínez Pous, o no objetados como los actuales comisionados.
De espectro y otros demonios… A fines de la semana pasada se refirió que ya existía un acuerdo para redefinir el programa de licitaciones de frecuencias del espectro. Aparentemente el problema se centraba en que la Subsecretaría de Comunicaciones había incluido una cobertura municipal en la banda de 3.6-3.7 GHz para servicios de banda ancha. Sin embargo, esto podría ser una cortina de humo para distraer la atención de la banda de 1710-1770/2110-2170 MHz que es propia para servicios móviles de tercera generación. ¿Qué pasaría si esta banda se licita con cobertura nacional en vez de por regiones? ¿Quién estaría impulsando esto? Podría ser un grupo con presencia en medios, sin frecuencias para móviles y con deseos de entrar a competir en todos los mercados de telecomunicaciones contra Telmex, por ejemplo. ¿A quiénes se estaría desplazando? Muy probablemente a todos los concesionarios de celulares. Si se determina una cobertura nacional para esta banda, difícilmente cualquiera de éstos podría recibir una opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia, mientras que si se licitara por regiones, quizá en algunas de éstas sí podrían participar. ¿Podría venir un nuevo inversionista quizá extranjero? Es posible, mas poco probable. El ambiente regulatorio mexicano y tener instituciones débiles no es propicio para los nuevos entrantes, en cambio otros países pueden ser más atractivos para la inversión extranjera.
Entretanto, del Villar y Martínez Pous presentaron amparos contra la objeción de que fueron objeto. ¿Si la objeción del Senado es inconstitucional se les debe respetar el nombramiento que se les hizo? Ahí se centra el debate. La semana pasada corrieron versiones de que la propuesta del Ministro Gudiño Pelayo, ponente del caso, sería negar el amparo. Recordemos que en la Corte se utilizan los “problemarios” que son documentos de trabajo elaborados por los proyectistas para facilitar el análisis del caso por el Ministro. Los problemarios son un apoyo que no define la discusión, incluso, puede contener una propuesta de solución del proyectista, mas eso no implica que sea necesariamente la postura que adopte ni el Ministro ponente, ni el resto de los Ministros.
El caso es que trascendió que la negativa de amparo a del Villar y Martínez Pous sería porque éstos carecen de interés jurídico. El argumento podría ser que no aceptaron el nombramiento. Si hubieran declinado el nombramiento como lo hizo Fernando Lerdo de Tejada, ¿se habrían presentado ante la Comisión Permanente para ser cuestionados? Bajo este argumento el actual comisionado José Luis Peralta que compareció con ellos pero que no fue objetado, ¿tampoco aceptó el nombramiento?
Ahora que si la Corte refiere que además el artículo que generó las designaciones de los quejosos es inconstitucional, entonces ¿cómo reconocer que los actuales comisionados tienen un nombramiento válido? Y si al mismo tiempo no se pronuncia sobre la validez de éstos, ¿qué señal se está mandando al sector? La peor posible, porque entonces ninguno de los nombrados por el Presidente Fox como comisionados tendrían un nombramiento válido por haberse basado en un precepto inconstitucional, hayan sido objetados como Del Villar y Martínez Pous, o no objetados como los actuales comisionados.
De espectro y otros demonios… A fines de la semana pasada se refirió que ya existía un acuerdo para redefinir el programa de licitaciones de frecuencias del espectro. Aparentemente el problema se centraba en que la Subsecretaría de Comunicaciones había incluido una cobertura municipal en la banda de 3.6-3.7 GHz para servicios de banda ancha. Sin embargo, esto podría ser una cortina de humo para distraer la atención de la banda de 1710-1770/2110-2170 MHz que es propia para servicios móviles de tercera generación. ¿Qué pasaría si esta banda se licita con cobertura nacional en vez de por regiones? ¿Quién estaría impulsando esto? Podría ser un grupo con presencia en medios, sin frecuencias para móviles y con deseos de entrar a competir en todos los mercados de telecomunicaciones contra Telmex, por ejemplo. ¿A quiénes se estaría desplazando? Muy probablemente a todos los concesionarios de celulares. Si se determina una cobertura nacional para esta banda, difícilmente cualquiera de éstos podría recibir una opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia, mientras que si se licitara por regiones, quizá en algunas de éstas sí podrían participar. ¿Podría venir un nuevo inversionista quizá extranjero? Es posible, mas poco probable. El ambiente regulatorio mexicano y tener instituciones débiles no es propicio para los nuevos entrantes, en cambio otros países pueden ser más atractivos para la inversión extranjera.
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